Actualmente con mi exppareja abono las clases particulares de mi hija que esta en 2º de BUP. En su sentencia de fecha 15 de octubre de 2014 el Tribunal Supremo aclara de forma rotunda que los gastos ocasionados al inicio del curso escolar, deben ser considerados ordinarios, quedando así incluidos en la pensión de alimentos. Estos incluyen los gastos de universidad para el futuro año???
Parece que en su sentencia de divorcio no se contemplaban los gastos universitarios. Al haber cambiado las circunstancias de forma significativa, puede iniciar un procedimiento de modificación de medidas, para variar la pensión de alimentos y poder pagar gastos de universidad de forma equitativa.
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