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Pago de pensión, custodia compartida y gasto ordinario.

2 Comentarios
 
Pago de pensión, custodia compartida y gasto ordinario.
22/01/2018 00:08
Estoy cansado de pagar todo en mi vida,los hijos son de los padres ylas madres.
Tengo una cuatodia compartida , mi nominano esconde nada porque todo es legal pero mi ex trabaja y le dan dinero en B y una nomina pequeña por lo que cuando mi dieron la compratida me impusieron pagar 100 euros por niña.
La cosa es q llega septiembre y me pide la mitad de los materiales y libros asi como la mitad de lasextraesxolares que lasapunta sin mi consentimiento.
Hacen escursiones o le piden algun material en clase para untrabajo y Se hace la tonta para yo pagarselo.
Mi pregunta es...si paso una pensiondealimentos no son gastos ordinarios??me parece injusto cuando ella realmente tiene unabuena economia viajando cada tres meses comprandose ropa....que hago??
22/01/2018 00:10
Callmejusticia
Tengo dos niñas osea 200 euros mensuales pago seme olvido mencionar que eran dos niñas
22/01/2018 14:45
Callmejusticia
En custodia exclusiva y custodia compartida es diferente. Al ejercer los dos la custodia por igual el gasto de ropa, educación, vivienda, alimentos, etc., está a cargo de los dos por igual. La pensión tiene como objetivo equilibrar lo que cada uno aporta en función de sus capacidades económicas, sobre el cálculo de que los gastos se asumirán al 50% (o el porcentaje que se pacte). Si la custodia fuera exclusiva efectivamente estaría incluido en la pensión de alimentos, pero la pensión sería quizá 3 o 4 veces mayor.
Todos los gastos tipo material escolar, libros, excursiones, etc., debéis pagarlos a medias, faltaría más. Eso es lo que significa la custodia compartida, compartir tiempo con el menor y gastos ordinarios.
Que los apunte a extraescolares sin consultarte ya es otra cosa, eso no puede hacerlo (o bien debe asumirlo ella).
Todo esto es independiente de que esté cobrando mucho más de lo que se ha tenido en cuenta. Esto lo que tienes que hacer es justificarlo ante juez (si puedes), y se tendrá en cuenta para la pensión de alimentos, pero es otro tema distinto a que, si estáis en compartida, los gastos ordinarios se asumen todos a medias.
Pago de pensión, custodia compartida y gasto ordinario. | PorticoLegal
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Pago de pensión, custodia compartida y gasto ordinario.
22/01/2018 00:08
Estoy cansado de pagar todo en mi vida,los hijos son de los padres ylas madres.
Tengo una cuatodia compartida , mi nominano esconde nada porque todo es legal pero mi ex trabaja y le dan dinero en B y una nomina pequeña por lo que cuando mi dieron la compratida me impusieron pagar 100 euros por niña.
La cosa es q llega septiembre y me pide la mitad de los materiales y libros asi como la mitad de lasextraesxolares que lasapunta sin mi consentimiento.
Hacen escursiones o le piden algun material en clase para untrabajo y Se hace la tonta para yo pagarselo.
Mi pregunta es...si paso una pensiondealimentos no son gastos ordinarios??me parece injusto cuando ella realmente tiene unabuena economia viajando cada tres meses comprandose ropa....que hago??
22/01/2018 00:10
Callmejusticia
Tengo dos niñas osea 200 euros mensuales pago seme olvido mencionar que eran dos niñas
22/01/2018 14:45
Callmejusticia
En custodia exclusiva y custodia compartida es diferente. Al ejercer los dos la custodia por igual el gasto de ropa, educación, vivienda, alimentos, etc., está a cargo de los dos por igual. La pensión tiene como objetivo equilibrar lo que cada uno aporta en función de sus capacidades económicas, sobre el cálculo de que los gastos se asumirán al 50% (o el porcentaje que se pacte). Si la custodia fuera exclusiva efectivamente estaría incluido en la pensión de alimentos, pero la pensión sería quizá 3 o 4 veces mayor.
Todos los gastos tipo material escolar, libros, excursiones, etc., debéis pagarlos a medias, faltaría más. Eso es lo que significa la custodia compartida, compartir tiempo con el menor y gastos ordinarios.
Que los apunte a extraescolares sin consultarte ya es otra cosa, eso no puede hacerlo (o bien debe asumirlo ella).
Todo esto es independiente de que esté cobrando mucho más de lo que se ha tenido en cuenta. Esto lo que tienes que hacer es justificarlo ante juez (si puedes), y se tendrá en cuenta para la pensión de alimentos, pero es otro tema distinto a que, si estáis en compartida, los gastos ordinarios se asumen todos a medias.