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Pago de procurador a la parte demandante en deuda inferior a 2000€

1 Comentarios
 
Pago de procurador a la parte demandante en deuda inferior a 2000€
29/03/2018 18:01
Hola, hice una conciliación en el juzgado de paz , Este juzgado de Paz es el de mi partido judicial, próximo a mi domicilio. La parte demandante es de otro partido judicial.
He de pagar una cuantía inferior a 2000 euros, total son 1700 euros.
Pago tres meses consecutivos un total de 300 euros y dejo de pagar.
Me reclaman en mi partido judicial el resto a través de ejecución y me embargan los 1400 euros que debo mas 420 euros en concepto de costas y de intereses.
La secretaria judicial una vez pagado el total, envía a la otra parte de que solo le pagarán los 1400 euros más 36 euros de intereses y de que me devolverán el resto de costas de abogado y procurador.
El tema es que la otra parte, han recurrido esa decisión, ya que aunque no sea la cuantía superior a los 2000 euros, si que está fuera de su municipio y por eso reclaman.
La pregunta es si la parte demandante podría haber hecho la ejecución en su partido judicial o se han visto obligados a hacerlo en el mío? otra pregunta es si aunque les han dado la razón a ellos y de nuevo me notifican que le pagarán el total de costas, me indica en el certificado recibido que puedo hacer un recurso de revisión en los 5 días después de haber recibido la notificación. Tengo alguna posibilidad de que no deba pagar esa deuda de procurador, al no estar obligados de hacerlo con abogados o de caso de poder haberlo realizado en el juzgado del demandante?
30/03/2018 09:43
Javierqp
La ejecución la debían hacer y la hicieron donde ustedes llegaron a conciliación.

Puede usted recurrir las costas.
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Pago de procurador a la parte demandante en deuda inferior a 2000€
29/03/2018 18:01
Hola, hice una conciliación en el juzgado de paz , Este juzgado de Paz es el de mi partido judicial, próximo a mi domicilio. La parte demandante es de otro partido judicial.
He de pagar una cuantía inferior a 2000 euros, total son 1700 euros.
Pago tres meses consecutivos un total de 300 euros y dejo de pagar.
Me reclaman en mi partido judicial el resto a través de ejecución y me embargan los 1400 euros que debo mas 420 euros en concepto de costas y de intereses.
La secretaria judicial una vez pagado el total, envía a la otra parte de que solo le pagarán los 1400 euros más 36 euros de intereses y de que me devolverán el resto de costas de abogado y procurador.
El tema es que la otra parte, han recurrido esa decisión, ya que aunque no sea la cuantía superior a los 2000 euros, si que está fuera de su municipio y por eso reclaman.
La pregunta es si la parte demandante podría haber hecho la ejecución en su partido judicial o se han visto obligados a hacerlo en el mío? otra pregunta es si aunque les han dado la razón a ellos y de nuevo me notifican que le pagarán el total de costas, me indica en el certificado recibido que puedo hacer un recurso de revisión en los 5 días después de haber recibido la notificación. Tengo alguna posibilidad de que no deba pagar esa deuda de procurador, al no estar obligados de hacerlo con abogados o de caso de poder haberlo realizado en el juzgado del demandante?
30/03/2018 09:43
Javierqp
La ejecución la debían hacer y la hicieron donde ustedes llegaron a conciliación.

Puede usted recurrir las costas.