Buenos días, tengo un contrato de trabajo de 20 horas semanales, pero de forma habitual suelo hacer entorno a unas 30 a la semana, unas más y otras menos, según el volumen de trabajo, me pagan según las horas que haya trabajado, y me gustaría saber si ahora cuando coja una semana de vacaciones me van a pagar únicamente las 20 horas de contrato, o si hacen una media de las horas que trabajo habitualmente para pagar durante las vacaciones
Su jornada es la que es, es decir tiene un cto al 50% de la jornada, por lo tanto cotiza por media jornada y las vacaciones serán en razón a la jornada, mas bien el salario de las vacaciones, el que haga un horario distinto al que cotiza le perjudica seriamente por ej. Para prestaciones por desempleo, futura jubilación, fraude al percibir en b esas jornadas realizadas y un largo etc, como por ej para el cobro de vacaciones
No percibo en b las horas trabajadas, en la nómina me pone el número de horas trabajadas y me las pagan en nómina. Creo que hacen una regulación de horas