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Pago fraccionado sociedades octubre 2018 y extinción de esa sociedad

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Pago fraccionado sociedades octubre 2018 y extinción de esa sociedad
10/10/2018 14:31
Hola Todos,

Quería preguntar sobre la obligación o no de presentar el pago fraccionado (modelo 202) de Octubre para una sociedad extinguida.

En concreto se trata de sociedad limitada cuya extinción ha sido inscrita en el Registro Mercantil el dia 1 de octubre del 2018.

El artículo 40.2 de la Ley reguladora de sociedades dice literalmente que los pagos fraccionados de sociedades se harán:

"1. En los primeros 20 días naturales de los meses de abril, octubre y diciembre, los contribuyentes deberán efectuar un pago fraccionado a cuenta de la liquidación correspondiente al período impositivo que esté en curso el día 1 de cada uno de los meses indicados."



Por otra parte el artículo 27 dice que el periodo impositivo terminara:

"2. En todo caso concluirá el período impositivo:

a) Cuando la entidad se extinga."

Por tanto en principio el periodo impositivo del 2018 ha concluido para la sociedad el mismo dia 1 de octubre del 2018 (fecha de la inscripción registral de la extinción y de la perdida de su personalidad juridica) y el pago fraccionado del 3P (Octubre) se "devengaría" el día 1 del periodo impositivo que este en curso que parece ser que ese mismo dia 1 de octubre ya no esta en curso.

En definitiva, en este caso tan en concreto siendo el 1 de octubre la fecha de extinción, de conclusión del periodo impositivo del 2018 se debe presentar el pago fraccionado que "empezaría" el 1 de octubre, o no ha empezado por haberse extinguido la sociedad ese mismo dia y haber concluido su periodo impositivo?.

Gracias
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Pago fraccionado sociedades octubre 2018 y extinción de esa sociedad

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Pago fraccionado sociedades octubre 2018 y extinción de esa sociedad
10/10/2018 14:31
Hola Todos,

Quería preguntar sobre la obligación o no de presentar el pago fraccionado (modelo 202) de Octubre para una sociedad extinguida.

En concreto se trata de sociedad limitada cuya extinción ha sido inscrita en el Registro Mercantil el dia 1 de octubre del 2018.

El artículo 40.2 de la Ley reguladora de sociedades dice literalmente que los pagos fraccionados de sociedades se harán:

"1. En los primeros 20 días naturales de los meses de abril, octubre y diciembre, los contribuyentes deberán efectuar un pago fraccionado a cuenta de la liquidación correspondiente al período impositivo que esté en curso el día 1 de cada uno de los meses indicados."



Por otra parte el artículo 27 dice que el periodo impositivo terminara:

"2. En todo caso concluirá el período impositivo:

a) Cuando la entidad se extinga."

Por tanto en principio el periodo impositivo del 2018 ha concluido para la sociedad el mismo dia 1 de octubre del 2018 (fecha de la inscripción registral de la extinción y de la perdida de su personalidad juridica) y el pago fraccionado del 3P (Octubre) se "devengaría" el día 1 del periodo impositivo que este en curso que parece ser que ese mismo dia 1 de octubre ya no esta en curso.

En definitiva, en este caso tan en concreto siendo el 1 de octubre la fecha de extinción, de conclusión del periodo impositivo del 2018 se debe presentar el pago fraccionado que "empezaría" el 1 de octubre, o no ha empezado por haberse extinguido la sociedad ese mismo dia y haber concluido su periodo impositivo?.

Gracias