Haber si alguien me puede dar su opinion sobre el siguiente tema.
Mi hermana tiene una discapacidad del 68% compro una vivienda hace dos años pagando por ella ITP reduccido 4% por la discapacidad que tiene, siempre y cuando esa vivienda fuese su vivienda habitual. De esto hace ahora 2 años. Durante este tiempo es su vivienda habitual. Si a dia de hoy decidiera alquilarla, ya no seria su vivienda habitual, ¿podria hacienda reclamarla la diferencia de itp del 4% al 7%.
Si es el caso cuanto tiempo tiene que pasar para que hacienda no te lo pueda reclamar, porque entiendo que esa reduccion no va aser una condena no?
Tendrías que mirarlo en la legislación de la Comunidad Autónoma correspondiente. Donde se establece ese tipo reducido se indicarán las condiciones. Si remite a la normativa tributaria del IRPF, serían 3 años a partir del momento en que empezó a vviir en ella.