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pago pensiones

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Pago pensiones
20/01/2004 10:37
En la sentencia de separación de 1994 me solicitan pago de pensiones a mis dos hijos de 40.000 Pts. y a mi ex-mujer de 10.000 Pts. mensuales.
Por otra parte yo tuve que pagar deudas bancarias que contrajo mi ex-mujer, durante el matrimonio y tuve que pagar mensualmente cantidades considerables duante 4 años. Presente recursos para pactar por lo menos el cobro de la mitad de estas deudas.
El pago de las pensiones se han efectuado siempre a través de deducción de la nómina en la empresa que trabajo hace muchos años.
La empresa recibió notificación de reclamación de los pagos judiciales durante 2 años. A partir de ahí se paro la reclamación hasta Mayo de 2003 que han vuelto a reclamar cuando mis hijos tienen ya 25 y 19 años y están independizados. (Consideran cobros atrasados). Me reclaman pagar durante 42 meses. (o sea que terminaré cuando mis hijos tendrán 28 y 22 años).
¿Puedo solicitar que reconsideren ésta deuda?
¿No es lógico que la hubieran cobrado en su momento? Yo estaba y estoy en la misma empresa.
¿Puedo interponer algún recurso por edad de los hijos o por no tener culpa si no han cobrado antes?
Muchas gracias. Un saludo.
21/01/2004 19:13
Su problema es muy complejo y no se puede contestar en un "consultorio". Pero a muy grandes rasgos le digo:
1º.- ¿Han hecho Vds la liquidación (no disolución) del régimen matrimonial. En ese lugar es donde Vd debe acreditar las deudas, los gastos, etc.
2º.- Aunque el párrafo 2º del artc. 93 del C. civil dice textualmente: "Si convivieran en el domicilio familiar hijos mayores de edad o emancipados que carecieran de ingresos propios, el juez en la misma resolución, fijará los alimentos que sean debidos conforme a los artcs. 142 y siguientes de este código".
De modo que habría que estar a lo que contempló la sentencia de separación, el Auto de medidas que concuyó definitivo, etc. No olvide que "cada vida es un mundo" como dijo el escritor Somerset Maugham.
3º.- Claro que puede hacer que se reconsidere esa deuda. Acredite que ha venido a peor fortuna. Acredite que sus hijos están independizados e integrados en el mercado de trabajo, o que por sus estudios o conocimientos están en disposición de integrarse. De modo que puede Vd tanto recuririr (¡ojo con los plazos!) como iniciar el correspondiente procedimiento. ¿Mi consejo? Vayase a un Abogado.
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20/01/2004 10:37
En la sentencia de separación de 1994 me solicitan pago de pensiones a mis dos hijos de 40.000 Pts. y a mi ex-mujer de 10.000 Pts. mensuales.
Por otra parte yo tuve que pagar deudas bancarias que contrajo mi ex-mujer, durante el matrimonio y tuve que pagar mensualmente cantidades considerables duante 4 años. Presente recursos para pactar por lo menos el cobro de la mitad de estas deudas.
El pago de las pensiones se han efectuado siempre a través de deducción de la nómina en la empresa que trabajo hace muchos años.
La empresa recibió notificación de reclamación de los pagos judiciales durante 2 años. A partir de ahí se paro la reclamación hasta Mayo de 2003 que han vuelto a reclamar cuando mis hijos tienen ya 25 y 19 años y están independizados. (Consideran cobros atrasados). Me reclaman pagar durante 42 meses. (o sea que terminaré cuando mis hijos tendrán 28 y 22 años).
¿Puedo solicitar que reconsideren ésta deuda?
¿No es lógico que la hubieran cobrado en su momento? Yo estaba y estoy en la misma empresa.
¿Puedo interponer algún recurso por edad de los hijos o por no tener culpa si no han cobrado antes?
Muchas gracias. Un saludo.
21/01/2004 19:13
Su problema es muy complejo y no se puede contestar en un "consultorio". Pero a muy grandes rasgos le digo:
1º.- ¿Han hecho Vds la liquidación (no disolución) del régimen matrimonial. En ese lugar es donde Vd debe acreditar las deudas, los gastos, etc.
2º.- Aunque el párrafo 2º del artc. 93 del C. civil dice textualmente: "Si convivieran en el domicilio familiar hijos mayores de edad o emancipados que carecieran de ingresos propios, el juez en la misma resolución, fijará los alimentos que sean debidos conforme a los artcs. 142 y siguientes de este código".
De modo que habría que estar a lo que contempló la sentencia de separación, el Auto de medidas que concuyó definitivo, etc. No olvide que "cada vida es un mundo" como dijo el escritor Somerset Maugham.
3º.- Claro que puede hacer que se reconsidere esa deuda. Acredite que ha venido a peor fortuna. Acredite que sus hijos están independizados e integrados en el mercado de trabajo, o que por sus estudios o conocimientos están en disposición de integrarse. De modo que puede Vd tanto recuririr (¡ojo con los plazos!) como iniciar el correspondiente procedimiento. ¿Mi consejo? Vayase a un Abogado.