Supongo que en todo el pais, la vecindad vendra determinada por el lugar donde tiene fijada la residencia (padron municipal), no por el lugar donde obtuvo el DNI.
Bueno, la cuestión es que tengo un cliente de nacimiento chileno, que adquirió la nacionalidad española y estuvo residiendo aproximadamente 10 años en Bilbao, figurando en Bilbao la dirección del DNI.
Lleva 2 años fuera de Vizcaya y está empadronado en Valencia.
Bueno, mis conocimientos del derecho foral vasco son nulos, por lo que me gustaría que me indicarais si mantiene la vecindad civil de Vizcaya y si existe exención alguna en el I.S.D. para la donación de una propiedad en Valencia.