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para zitro

2 Comentarios
 
Para zitro
30/04/2003 11:00
hola zitro, ¿ podrías ayudarme ? mi problema es después de un contrato de 3 meses renovado por uno de 9 meses mi jefe me hace firmar la extinción laboral sin un preaviso( no quiere hacerme indefinida ), me gustaría saber entonces a qué prestación tengo derecho, además de la liquidación
( tengo derecho a parte proporcional a vacaciones, por ejemplo )
gracias, un saludo.
30/04/2003 17:50
Si me permites que me entrometa en los contratos no superiores a 1 año no es exigible periodo de preaviso alguno salvo pacto al respecto.Te lo digo por experiencia propia, porque yo me fui de una empresa y me amenazaron con quitarme los 15 dias y no lo hicieron puesto que era ilegal.(yo previamente estudie el convenio).
Por otra parte tienes derecho al salario correspondiente hasta la fecha de finalizacion del contrato,la parte proporcional de paga extraordinaria de verano(y la de Navidad sino la cobraste) y las vacaciones que te correspondan hasta la fecha.Incluso a una indemnizacion de 8 dias de salario por año en los contratos temporales(aunque esto ultimo generalmente nadie lo paga).
Un saludo y que pases un buen finde,
30/04/2003 20:54
Hola Mariann:
Poco, se puede agregar a la respuesta de la compañera, que por mi parte, me encanta que haya contestado.

Sólamente realizar varias puntualizaciones para mayor abundamiento aclaratorio:

1) La práctica de que debas firmar un preaviso (y me temo que también, un saldo y finiquito) es un ejercicio antisocial y un fraude económico y directo contra los derechos más elementales, no ya de los trabajadores, sino de los ciudadanos. En definitiva, ese empresario no merece tal consideración (ya que existen, buenos y honrados emprersarios), es en definitiva, un chorizo. Estas prácticas deben ser denunciadas a la inspección de trabajo y dependiendo de la cuantía (en su momento procesal, al realizar una reclamación de salarios ante el Juzgado de lo Social), con la prueba pericial oportuna, realizada por un perito calígrafo, dejar la evidencia ante el Juez correspondiente.

El que te haya hecho un contrato de tres meses y posteriormente, nueve más, es lo correcto (me imagino con una clave 402, de Eventuales). Ahora bien, si ya le Ley no le permite más, que te haga fija o que se busque la vida con otra persona. Lo tiene muy sencillo: cuando llegue el momento, que denuncie el contrato y se acabó.

Finalmente, espero que no hayas firmado también tu baja voluntaria: no tendrías derecho, tampoco, a prestaciones de desempleo.

Si algo no hemos entendido bien, matízalo y te contestamos.

Lo dicho, un saludo a las dos.
para zitro | PorticoLegal
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Para zitro
30/04/2003 11:00
hola zitro, ¿ podrías ayudarme ? mi problema es después de un contrato de 3 meses renovado por uno de 9 meses mi jefe me hace firmar la extinción laboral sin un preaviso( no quiere hacerme indefinida ), me gustaría saber entonces a qué prestación tengo derecho, además de la liquidación
( tengo derecho a parte proporcional a vacaciones, por ejemplo )
gracias, un saludo.
30/04/2003 17:50
Si me permites que me entrometa en los contratos no superiores a 1 año no es exigible periodo de preaviso alguno salvo pacto al respecto.Te lo digo por experiencia propia, porque yo me fui de una empresa y me amenazaron con quitarme los 15 dias y no lo hicieron puesto que era ilegal.(yo previamente estudie el convenio).
Por otra parte tienes derecho al salario correspondiente hasta la fecha de finalizacion del contrato,la parte proporcional de paga extraordinaria de verano(y la de Navidad sino la cobraste) y las vacaciones que te correspondan hasta la fecha.Incluso a una indemnizacion de 8 dias de salario por año en los contratos temporales(aunque esto ultimo generalmente nadie lo paga).
Un saludo y que pases un buen finde,
30/04/2003 20:54
Hola Mariann:
Poco, se puede agregar a la respuesta de la compañera, que por mi parte, me encanta que haya contestado.

Sólamente realizar varias puntualizaciones para mayor abundamiento aclaratorio:

1) La práctica de que debas firmar un preaviso (y me temo que también, un saldo y finiquito) es un ejercicio antisocial y un fraude económico y directo contra los derechos más elementales, no ya de los trabajadores, sino de los ciudadanos. En definitiva, ese empresario no merece tal consideración (ya que existen, buenos y honrados emprersarios), es en definitiva, un chorizo. Estas prácticas deben ser denunciadas a la inspección de trabajo y dependiendo de la cuantía (en su momento procesal, al realizar una reclamación de salarios ante el Juzgado de lo Social), con la prueba pericial oportuna, realizada por un perito calígrafo, dejar la evidencia ante el Juez correspondiente.

El que te haya hecho un contrato de tres meses y posteriormente, nueve más, es lo correcto (me imagino con una clave 402, de Eventuales). Ahora bien, si ya le Ley no le permite más, que te haga fija o que se busque la vida con otra persona. Lo tiene muy sencillo: cuando llegue el momento, que denuncie el contrato y se acabó.

Finalmente, espero que no hayas firmado también tu baja voluntaria: no tendrías derecho, tampoco, a prestaciones de desempleo.

Si algo no hemos entendido bien, matízalo y te contestamos.

Lo dicho, un saludo a las dos.