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parcela afectada por deslinde de via pecuaria

31 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 31 comentarios
03/11/2011 21:43
otra posibilidad (sin duda habrá más), con tiempo y voluntad política, es utilizar las tres bolsas de suelo urbanizable (dos de suelo sectorizado, y una de suelo no sectorizado) que el nuevo PGOU tiene previstas en ese ámbito

aunque en las dos bolsas de suelo urbanizable sectorizado (sectores 7 y 8, al noroeste y sereste, respectivamente) ya existe una previsión de dónde ubicar las cesiones, y aunque en rigor las cesiones habrían de estar en el ámbito de la delimitación del área a desarrollar, si existe voluntad política de solucionar un problema y sin menoscabo de los intereses públicos, habría mecanismos legales, aunque requiriesen una actuación discontinua, para que parte de las cesiones se realizasen en vuestras parcelas, y se os entregasen parcelas edificables en esas nuevas bolsas
03/11/2011 20:41
Hola a todos, lo último que puedo decir es que vamos a intentar reunirnos todos los afectados y ver que rumbo tomamos para intentar buscar una solución, aunque yo personalmente lo veo muy negro.
03/11/2011 20:36
Este post no es mas que para agradecerte públicamente las molestias y el tiempo gastado en averiguar algo sobre mi problema. Tomo nota del mail, gracias veo.
03/11/2011 19:01
- si se toma la opción de mantener la Cañada FUERA del PP, es decir, de redimensionar el ámbito inicial del PP, habría que ver si es posible recalificar la porción de suelo que ha sido cedido en exceso para espacios libres y para dotacional, y hacer de él suelo edificable en el que materializar el que corresponde a las parcelas ahora no edificables a consecuencia del deslinde (deducida la edificabilidad distribuida en exceso). Fuera de esa modificación puntual, de recalificación parcial de una porción de suelo de espacios libres y dotacional, y sin olvidar lo comentado hace días, de posible trasvase de suelo de espacios libres a las parcelas hoy inedificables, recalificando las de origen en la misma medida, LO DEMÁS es cuestión de hacer las cuentas en dinero, dinero con el que indemnizar a quienes se quedan sin parcela, toda vez que no tiene sentido pensar en rehacer el proyecto de reparcelación porque las parcelas están ya edificadas de modo muy mayoritario.
- ¿quién habría de pagar ese dinero?, yo creo que los "herederos" de la Junta de Compensación, que es posible que siga existiendo en forma de Entidad de Conservación o en forma de Comunidad de Propietarios, pero, en todo caso, son herederos el conjunto de propietarios. A su vez, esos herederos de la Junta de Compensación habrían de exigir a quienes inicialmente habían sido considerados propietarios del suelo ahora excluido (la cañada) el valor del suelo que se les había sido entregado en exceso en forma de parcelas de reemplazo.

- si se toma la opción de mantener la Cañada DENTRO del PP, es decir, de NO redimensionar el ámbito inicial del PP, habría que desafectar ese suelo de Cañada incluido en el PP y destinarlo a espacios libres, así como el posible trasvase de suelo de espacios libres a las parcelas hoy inedificables, recalificando las de origen en la medida de la parte afectada de Cañada + la medida de la parte que se arrima (lo que hoy son parcelas no edificables). LO DEMÁS es cuestión de hacer las cuentas en dinero, dinero con el que indemnizar a quienes se quedan sin parcela de reemplazo, incluida la EPSA, toda vez que no tiene sentido pensar en rehacer el proyecto de reparcelación porque las parcelas están ya edificadas de modo muy mayoritario.

te sugiero que continúes exponiendo aquí lo que creas que puedes comentar en abierto, pero, si crees que hay algo que merece ser comentado en privado, puedes escribirme a:
dura.nortada@hotmail.com

yo soy de los que creen que en el foro ha de exponerse lo que puede ser de interés general, que puede servir a otros, por estar en casos similares o solo por ver que hay otras opiniones, pero el privado a veces permite una mayor concreción, y puede abrir la puerta a otras formas de comunicación más ágiles

saludos
03/11/2011 18:30
necesitar, lo que se dice necesitar, no necesito nada porque no es mi problema, pero, exactamente en la misma medida que digo eso, digo también que estoy aquí por voluntad propia y sin que lleve a que alguien haya de asumir el más mínimo compromiso conmigo, y te digo, en particular a ti y en este problema, que no te faltará mi opinión en la medida en que analizar algo sea compatible con mis quehaceres diarios

tomada la imagen aérea dei IGN, y supuesto que las coordenadas UTM del deslinde aprobado el 25/11/2002 (BOJA del 08/01/2003) están referidas al datum ED50 (porque es el clásico y, fundamentalmente, porque en este caso presenta unos resultados razonables), resulta que te queda en el número 28 un fondo medio que no llega a 8 metros, y muy poco más en el número 30.

considerando únicamente la información a la que he logrado acceder, lo que no quita que puede haber otra información a la que no he accedido, el que se haya concedido una sola licencia en la zona afectada a partir del 08/01/2003 es una tremenda irregularidad, con claros tintes de prevaricación (tanto que en lugar de La Guardia, debiera renombrarse La Guarida)

a lo que no he podido acceder es a la documentación del Plan Parcial, y ni siquiera sé en qué fecha fue aprobado.

en la web: http://www.juntadeandalucia.es/viviendayordenaciondelterritorio/www/jsp/consultaPuaDifusion/herramientaPua.jsp?provincia=23&muni=23038
se tiene acceso a la revisión de las NNSS del 89, y a varias modificaciones que no vienen al caso
en la web municipal se accede al PGOU que ha sido aprobado inicialmente, pero que todavía no está en vigor
en la web del colegio de arquitectos de Granada (ya sé que eso es Jaén) se accede a referencias del PP de la fase V del SAU2, pero no es la parte que te afecta
no he llamado al colegio de arquitectos de Granada para interesarme por la documentación de ese Plan Parcial, pero es fácil que no tengan lo que busco

trato de resumir las conclusiones iniciales, que habrán de ser confirmadas, o revisadas, con el acceso a información de la que no dispongo, al menos por ahora:
- tú has comprado una parcela que supuestamente (no debiera de ser de otro modo) procede de la reparcelación, y LO IMPORTANTE es que tu parcela es parte del conjunto (un determinado porcentaje) y tú eres el propietario de esos derechos (tu parcela ha asumido su porcentaje en los costes de gestión y urbanización del conjunto, y tiene ese porcentaje de derechos de edificabilidad
- la Junta de Compensación es, en primera instancia, la responsable de ese proyecto de reparcelación (y/o de compensación), de que cada propietario inicial reciba las fincas de reemplazo que corresponden a lo que ha aportado
- solo porque lo importante, antes de tomar decisiones, es tener información de calidad, sería conveniente ver el plano de Estructura de la Propiedad de ese PP, y delimitar sobre él el deslinde aprobado de la Cañada Real, para ver así quiénes son los propietarios a los que se les ha asignado suelo de reemplazo y derechos de edificabilidad excesivos (ya ves que no pongo en duda que el suelo de la Cañada es Público, porque eso es la Ley y, como ya he dicho, hay que asumirlo)
- por un lado, habría que analizar cómo sería el PP si no incluyese el suelo de la Cañada, fundamentalmente en qué medida afectaría a la edificabilidad total (lo que suelen llamar m2 de techo) y a la dimensión de los suelos de cesión para espacios libres y para dotacional.
- por otro lado habría que considerar el PP bien aprobado, y considerar a la Junta de Andalucía (hace años lo gestionaba la EPSA, y supongo que segurá haciéndolo) como uno más de los propietarios afectados por el PP. En ese caso, la EPSA (o la Junta de Andalucía), si todavía es posible (Alga parece decir que no es posible, y para mí Alga es merecedor de consideración, aunque, lo que dice él, como lo que digo yo, en este ámbito y a bote pronto, habría de ser verificado) habrían de desafectar esa porción de suelo (pasar de rústico a urbano), que en todo caso habría de ser destinado a espacios libres pero le asignaría el derecho a su correspondiente edificabilidad, a sus parcelas de reemplazo y, por supuesto, a contribuir a los costes de gestión y urbanización

... sigue ...
03/11/2011 14:39
Hola veo, gracias por las molestias.
Las parcelas, son dos, están en camino de Jabalcuz 28 y 30 atrás va el camino llanos de Aarón y están entre camino de Sierra Mágina y camino de Las Nieves se compraron a la promotora en 2001 Octubre y hemos estados parados hasta hace poco que nos dijeron que el juicio que tenía la promotora contra el deslinde ya había salido en el superior de andalucía y que lo habían ganado.

Esta tarde busco copia de la sentencia por si necesitas saber algo mas.

A nosotros personalmente nunca se nos ha notificado por parte de nadie ninguna afección o procedimiento ni nada.

Justo en el 24 o 26 se ha construido una casa en el último año.

Un saludo.
03/11/2011 09:13
son las 09.12
una pregunta, que tiene su importancia
¿en qué fecha has comprado la parcela?
03/11/2011 02:27
ya empiezo a ver el problema

tu parcela da frente a la calle Camino de Jabalcuz, y la trasera, Noreste, linda con el Camino de los Llanos de Arón (que es la cañada)

ahora dime que estás a la altura del camino de las Niñas, o del Camino de las Nieves, y ya la tenemos liada

son las 02.25, y ya no son horas porque se me cierran los ojitos
a las 06.45 me levanto, y trataré de tener un rato a lo largo del día para recoger información con la que poder hacer una primera aproximación al proceso de desarrollo urbanístico de la zona

por cierto, lo de Entrecaminos no lo he seguido "en vivo", pero de las largas filas de adosados de Jardines de Yuca, de esas sí he tenido un cierto grado de seguimiento, por las muchas veces que circulaba frente a ellas, por la autovía, durante su construcción (que duró aproximadamente entre el 2001 y el 2006), y todavía continúo pasando un par de veces al año
26/10/2011 21:10
ahora no puedo, porque ando muy liado, pero en unos días le echaré un ojo

si las obras de urbanización de tu área ya han sido recibidas, el área es suelo urbano, incluso el afectado por la cañada, pero, a bote pronto, no sé si podría mirarse que no tuviera aprovechamiento

habrá que ver cuál es el grado de consolidación, y si hay posibilidad de modificar la la ordenación para dejar como zonas libres el suelo afectado por la cañada, y hacer edificables, en la misma medida, las áreas que se han calificado como espacios libres (los comúnmente llamadas zonas verdes)

quizá hubiera la posibilidad de arreglarlo con un estudio de detalle, con reparcelación parcial para las parcelas más gravemente afectadas y que todavía no han sido construidas, tomando el suelo necesario de las zonas actualmente calificadas como espacios libres
26/10/2011 17:22
Según la Adaptación Parcial de las NNSS del Planeamiento a la LOUA, los terrenos afectados por las vías pecuarias, entre las que se incluye la Cañada Real Aaron, están considerados suelo no urbanizable de especial protección sin aprovechamiento urbanístico.

Viendo el mapa de la zona, intuyo que la urbanización Ciudad Jardín está delimitada en esa zona por el Camino Jabalcuz, si mi intuición es acertada podría ser que el suelo exterior al camino fuese borde de suelo urbano con clasificación de suelo no urbanizable.

Pero como digo, la mía es una apreciación desde la apariencia, si tu terreno forma parte de la delimitación aprobada en su día tendrás que comprobarlo en su plan parcial.
26/10/2011 14:13
Hola a todos. La urbanización se hizo con todos los permisos y sin alegaciones por parte de nadie. Está afectada una parte de la urbanización que linda por la parte de atras con un camino ( El que dicen es cañada real) afecta en su longitud a veinte parcelas que tienen sobre cuarenta metros de fondo, con lo que estan afectadas mas o menos al noventa por ciento por lo consiguiente no te queda nada donde construir despues de retranquearte de la calle que va por delante. No se si esto os aclara algo, ademas según medio ambiente nada quiere despropiar puesto que al deslindar la vía lo que ocupe es suyo no tuyo aunque tengas escrituras que te otorguen la propiedad. La urbanización es Ciudad Jardín Entrecaminos (La Guardia de Jaén) y la cañada Llanos de Aaron.
Perdonad si no me explico mejor, gracias .
26/10/2011 10:28
Pequechue: creo que tu indignación iría en aumento, si veo pudiera contarnos exactamente donde está el óptimo técnico económico, para solucionar el relato novelado que aporta. En cualquier caso mi opinión es que veo tiene la obligación de solucionar sus problemas y los de sus socios. Y por último lo único que te importa es solucionar los tuyos, creo que hay que deslindar y creo que la urbanización debe contar para ello con asistencia técnica y letrado. Los ayuntamientos del PP en Jaén y en toda Andalucía también cometen irregularidades, te lo digo con conocimiento de causa porque soy de Jaén y trabajo en Granada.
26/10/2011 09:14
Yo tampoco acabo de verlo claro desde el punto de vista urbanístico. En disquisiciones políticas no quiero meterme.

Y digo que no lo tengo claro en razón a lo siguiente. Si los instrumentos de desarrollo de esa urbanización fueron aprobados según procedimiento legal establecido en aquellas fechas, y las obras de urbanización fueron ejecutadas según proyecto aprobado, las parcelas resultantes tenían que ser solares donde podía edificarse lo permitido en el planeamiento aprobado.

Si por razones de interés general, los propietarios de esas parcelas no pueden hacer efectivos los aprovechamientos urbanísticos determinados en el planeamiento, entiendo, que se les deberá indemnizar los perjuicios causados o en su caso expropiar el suelo afectado.

Ahora bien, en el supuesto de ser una urbanización ilegal la situación podría ser muy distinta.

Es por todas esas posibles circunstancias, que desconozco, por lo que tampoco lo tengo claro.
26/10/2011 00:13
aunque he llegado tarde a este post, lo he leído un tanto por encima pero desde el principio, y no alcanzo a ver en qué medida la cañada afecta a tu parcela, y en qué medida la cañada afecta al conjunto de la urbanización, porque son cosas distintas, porque puede afectar a tu parcela sin afectar a algunas otras de la misma urbanización, porque puede no afectar a tu parcela pero afectar al conjunto de la urbanización, o porque puede afectar a tu parcela y al conjunto de la urbanización

así no alcanzo a ver cuál es el motivo por el que no te otorgan licencia, si por las características de tu parcela, si por la afección al conjunto

y sí, sin verlo, sin detalle, es posible que haya parcelas sobre las que se puede edificar, sobre las que pueden otorgar licencia
25/10/2011 22:51
Gracias Francisco y veo. En mi caso la cañada tambien está en Jaén, que casualidad. Igual de casual que el único tramo deslindado sea de 900 mts y precisamente el conlindante con la urbanización. ¿ Y tambien será casualidad que se haya llevado a cabo en una urbanización que pertenece a un ayuntamiento del pp ? Me parece mucha casualidad, aún mas estoy convencido de que el problema es totalmente político y que mientras Junta y Ayuntamiento no sean de las mismas siglas políticas no se va a solucionar Hagamos lo que hagamos. La pena es que una persona que ha invertido todos sus ahorros en comprar un solarcito para construirse una casa para su retiro los pierda porque a una ministra se le ponga en sus narices sacar una ley para DESPROPIAR lo que le venga bien a los intereses de su partido segun en que lugar.
Esperaremos al 20 N para ver que pasa y ver que demonios podemos hacer.
25/10/2011 19:11
Francisco, gracias por el deseo

espero que hayas entendido que, también en el ejemplo novelado, te hablo con cierta familariedad, porque sé que eres buen chico y de buena fe

no, no tengo nada que solucionar, ya lo he solucionado tomando el toro por los cuernos, asumiendo el problema y buscando la solución más ágil, más adecuada y hasta más económica

he tenido que moverme, porque hablo del año 2003, e incluso he tenido que soportar el pesimismo de mis socios, abatidos porque nos han indicado la afección de la cañada justo al día siguiente de haber gastado algo más de dos millones de euros

el que lo haya solucionado no reduce mi cabreo, porque, en nuestros oficios, sabes que hemos de aceptar las reglas, comernos los cabreos y seguir caminando
25/10/2011 18:51
Pequeuche, no descartes nada y piensa tal vez en llevar tu caso a un letrado.

Veo, estoy de acuerdo en lo de Alí Babá y espero de veras que soluciones tus problemas.

Creo que puedo contar mi caso. En una ocasión tuve oportunidad de manejar documentación de vías pecuarias, visité a pie la zona, observé como no se cumplía lo que indicaba el papel de los años sesenta y fuí informado verbalmente de que aquello a lo mejor era una vía pecuaria antiguamente, ¡pero ya no!, como diría el montieleño José Mota. Casualmente a los pocos meses visité la misma zona con un antiguo peón caminero y todo se aclaraba: en ese caso concreto (no digo que sea el tuyo ni el de pequeche) se había ido ocupando el dominio público por los "lamelindes", especie ibérica muy común y dañina.

Saludos,
25/10/2011 17:20
... continuación ...


pues eso, que me lo comentas y, con cierta lógica y distintas necesidades, te digo que yo no tengo interés en resucitar esa faja de terreno, que puede haber mil motivos por la que hoy no existe, sea porque nunca la ha habido, sea porque hace 180 años acordaron dividirla en dos mitades privativas, sea porque uno de ellos compró al otro sus derechos sobre ella pagándola en el acto y sin que conste en documento alguno sea según las costumbres de la época, sea por …, por …, o por …

lógicamente, dado que ese posible paso tiene para ti un gran interés funcional, y dado que es legítimo que veles por tus derechos, decides avanzar algo más en la investigación, toda vez que nada podrás lograr en un juzgado en base a la simple sospecha

al fin logras un posible primer tanto, y es que en el archivo municipal encuentras un papel que habla de un incendio en el pueblo en 1713, en el que alguien cuenta que para sofocarlo tomaban agua de un manantial en la “granja del agua”, formando una fila de gente que se pasaba los cubos a lo largo del verdedaio (palabra que he inventado al efecto). El papel no dice más, pero, sabido que en tu parcela hay una zona especialmente húmeda, cavilas que quizá tu parcela coincida con la antigua “granja del agua”, y que esa zona húmeda se corresponda con el citado antiguo manantial, que con el paso del tiempo ha ido perdiendo caudal a causa de los pozos ejecutados en las proximidades

ni que decir tiene que con esos mimbres no haces un cesto, que nada tienes para iniciar una reclamación judicial, que no has identificado la finca de forma unívoca, que no sabes a qué se refiere quien cita el verdedaio, que no puedes precisar si es una zona de paso y si está en esa finca, si de serlo y estarlo ha sido ocupada o comprada por cualquiera de las partes, y, lo que no es menos importante, desconoces su largo y su ancho

si fueras el dueño del BOE y no tuvieras vergüenza (entiéndase por ello al fresco general procedente del noroeste), harías una ley tal cual la 22/1974, y años después, tu hijo y heredero del BOE, haría la 3/1995, en la que diría que son irreparcelables las zonas de paso establecidas por ese antiguo antecesor tuyo, y que la Administración se encargará de hacer los estudios para su identificación y delimitación

a partir de ahí, tu hijo podría encargarle los estudios a un gabinete de cuatro amigos suyos, contando con el importante aval de un afamado profesor, afamado porque llegó a catedrático ayudado por su padre, un viejo camisa azul de reconocida fidelidad y amplio curriculo de servicios especiales al régimen

la Administración, en un alarde de imparcialidad, considera que el verdedaio es una vereda, toda vez que la vereda también suele ser un camino que va al lado del río (en tu caso un supuesto manantial), que dado que ahí, cerca de Granada, está la Vereda de Pozo Alcón, con ancho irregular que en algún punto se aproxima a los 20 metros, pues lo tuyo ha de ser una vereda de 20 metros, y que, aunque no sabemos cuál era su directriz, se sitúe invadiendo un metro sobre tu porción, y diecinueve metros sobre mi porción.

¿escendaloso?
pues eso, más o menos, es la ley y la delimitación de las vías pecuarias
25/10/2011 17:19
Francisco, ¿qué significa "siempre" para ti?, ¿acaso "siempre" es desde 1974?

yo soy de los cabreados, y creo que no me faltan razones:
- la irretroactividad de las leyes
- el histórico derecho de usupcación
- y, fundamentalmente, la desigualdad de trato en el plano estrictamente jurídico

entiendo que la legalidad está enmarcada por las leyes, pero las leyes no son perfectas, y a veces no son legítimas
- podría incluso discrepar sobre la legitimidad del parlamento, sobre si representa al pueblo o a unas estructuras de partidos, pero sin duda cuestiono la legitimidad de las cortes franquistas y no porque piense que han hecho todo mal, porque no todo estaba mal, sino porque eran un poder instituido por la fuerza

cualquier forma de convivencia se basa en unas normas, y, aunque el Estado no es "de siempre", la cosa viene de bastante más atrás que 1974

no voy yo a decir que la argumentación, de que las vías pecuarias son espacios de dominio público, está basada en una mentira, sino que, siendo espacios de dominio público desde el medioevo, y habiendo existido de forma ininterrumpida la institución del Estado, todas las supuestas transformaciones que haya podido sufrir el parcelario han ocurrido a la vista y con el consentimiento de todos los organismos que conformar la Administración del Estado (desde el ayuntamiento al rey)

siempre hemos mantenido que el suelo es un bien escaso, y que el planeamiento ha de buscar el mejor uso para cada suelo desde la óptica de su más adecuado fin social, por lo que, desaparecidas las manadas de borregos trashumantes, o mermadas en número y alteradas las formas de pastoreo, ese suelo debiera de tener otro uso, y es que eso es el “escalio” que ya tiene unos cuantos siglos, pero más tienen las “presuras” romanas, precedente claro de ello … y el derecho romano-germánico es también, por qué no decirlo, precedente de que los reyes se consideraran propietarios de las tierras conquistadas

no es un fenómeno nuevo que el Estado privatice una parte de su patrimonio, ni es nuevo el acceso a la propiedad a través de la posesión continuada y pacífica, y todo eso es historia, con tanto peso como la historia que pretenden contarnos en torno a las vías pecuarias

la diferencia está en que alguien, en 1974, pensó en usar el boletín oficial para privar de sus tierras a unos ciudadanos, y ese alguien representaba a una banda de delincuentes que, por la fuerza y cargándose a todo lo inconveniente, han hecho de todo en buena parte del pasado siglo

luego, en el 82, Alí Babá ganó las elecciones (yo le he votado), y su banda, en el 95, perfeccionó el método

supongamos ahora que tú y yo tenemos dos fincas colindantes, que tú has heredado la tuya y que yo he comprado la mía a un primo lejano tuyo, que ambas proceden de la partición realizada por un muy antiguo ascendiente tuyo. Desde "siempre" habías entendido que su configuración actual se corresponde con su configuración histórica, porque además así te lo han contado tus padres y abuelos, y así lo suponía yo, ya que el anterior propietario era pariente y vecino tuyo, y entre vosotros había una estupenda relación. Pero he ahí que tú, casualmente, topas con un viejo documento que, literalmente, dice que ese antecesor vuestro solía dividir las fincas creando en medio de ellas una zona de paso que tenía carácter de bien común a ambas parcelas, y así, tirando del hilo, ves que esa zona de paso era de dimensión desigual según la topografía y según los medios empleados, limitándose a ser un paso de a pié en las zonas de frutales, de paso de carro en las zonas de cereales, y un amplio paso en las zonas de pastoreo, y he ahí que, de momento, no sabes con certeza si entre nuestras parcelas ha habido hace siglos un espacio común, ni cuál era su configuración y dimensión, pero sabes que, por algún motivo funcional, hoy te resultaría conveniente la recuperación de ese espacio de uso común, incluso aunque hubieras de ceder para ello la mitad de la superficie necesaria.

... sigue ...
25/10/2011 16:39
quizá pudieras conseguir la anulación de esas licencias otorgadas, pero no conseguirías tu licencia
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parcela afectada por deslinde de via pecuaria

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03/11/2011 21:43
otra posibilidad (sin duda habrá más), con tiempo y voluntad política, es utilizar las tres bolsas de suelo urbanizable (dos de suelo sectorizado, y una de suelo no sectorizado) que el nuevo PGOU tiene previstas en ese ámbito

aunque en las dos bolsas de suelo urbanizable sectorizado (sectores 7 y 8, al noroeste y sereste, respectivamente) ya existe una previsión de dónde ubicar las cesiones, y aunque en rigor las cesiones habrían de estar en el ámbito de la delimitación del área a desarrollar, si existe voluntad política de solucionar un problema y sin menoscabo de los intereses públicos, habría mecanismos legales, aunque requiriesen una actuación discontinua, para que parte de las cesiones se realizasen en vuestras parcelas, y se os entregasen parcelas edificables en esas nuevas bolsas
03/11/2011 20:41
Hola a todos, lo último que puedo decir es que vamos a intentar reunirnos todos los afectados y ver que rumbo tomamos para intentar buscar una solución, aunque yo personalmente lo veo muy negro.
03/11/2011 20:36
Este post no es mas que para agradecerte públicamente las molestias y el tiempo gastado en averiguar algo sobre mi problema. Tomo nota del mail, gracias veo.
03/11/2011 19:01
- si se toma la opción de mantener la Cañada FUERA del PP, es decir, de redimensionar el ámbito inicial del PP, habría que ver si es posible recalificar la porción de suelo que ha sido cedido en exceso para espacios libres y para dotacional, y hacer de él suelo edificable en el que materializar el que corresponde a las parcelas ahora no edificables a consecuencia del deslinde (deducida la edificabilidad distribuida en exceso). Fuera de esa modificación puntual, de recalificación parcial de una porción de suelo de espacios libres y dotacional, y sin olvidar lo comentado hace días, de posible trasvase de suelo de espacios libres a las parcelas hoy inedificables, recalificando las de origen en la misma medida, LO DEMÁS es cuestión de hacer las cuentas en dinero, dinero con el que indemnizar a quienes se quedan sin parcela, toda vez que no tiene sentido pensar en rehacer el proyecto de reparcelación porque las parcelas están ya edificadas de modo muy mayoritario.
- ¿quién habría de pagar ese dinero?, yo creo que los "herederos" de la Junta de Compensación, que es posible que siga existiendo en forma de Entidad de Conservación o en forma de Comunidad de Propietarios, pero, en todo caso, son herederos el conjunto de propietarios. A su vez, esos herederos de la Junta de Compensación habrían de exigir a quienes inicialmente habían sido considerados propietarios del suelo ahora excluido (la cañada) el valor del suelo que se les había sido entregado en exceso en forma de parcelas de reemplazo.

- si se toma la opción de mantener la Cañada DENTRO del PP, es decir, de NO redimensionar el ámbito inicial del PP, habría que desafectar ese suelo de Cañada incluido en el PP y destinarlo a espacios libres, así como el posible trasvase de suelo de espacios libres a las parcelas hoy inedificables, recalificando las de origen en la medida de la parte afectada de Cañada + la medida de la parte que se arrima (lo que hoy son parcelas no edificables). LO DEMÁS es cuestión de hacer las cuentas en dinero, dinero con el que indemnizar a quienes se quedan sin parcela de reemplazo, incluida la EPSA, toda vez que no tiene sentido pensar en rehacer el proyecto de reparcelación porque las parcelas están ya edificadas de modo muy mayoritario.

te sugiero que continúes exponiendo aquí lo que creas que puedes comentar en abierto, pero, si crees que hay algo que merece ser comentado en privado, puedes escribirme a:
dura.nortada@hotmail.com

yo soy de los que creen que en el foro ha de exponerse lo que puede ser de interés general, que puede servir a otros, por estar en casos similares o solo por ver que hay otras opiniones, pero el privado a veces permite una mayor concreción, y puede abrir la puerta a otras formas de comunicación más ágiles

saludos
03/11/2011 18:30
necesitar, lo que se dice necesitar, no necesito nada porque no es mi problema, pero, exactamente en la misma medida que digo eso, digo también que estoy aquí por voluntad propia y sin que lleve a que alguien haya de asumir el más mínimo compromiso conmigo, y te digo, en particular a ti y en este problema, que no te faltará mi opinión en la medida en que analizar algo sea compatible con mis quehaceres diarios

tomada la imagen aérea dei IGN, y supuesto que las coordenadas UTM del deslinde aprobado el 25/11/2002 (BOJA del 08/01/2003) están referidas al datum ED50 (porque es el clásico y, fundamentalmente, porque en este caso presenta unos resultados razonables), resulta que te queda en el número 28 un fondo medio que no llega a 8 metros, y muy poco más en el número 30.

considerando únicamente la información a la que he logrado acceder, lo que no quita que puede haber otra información a la que no he accedido, el que se haya concedido una sola licencia en la zona afectada a partir del 08/01/2003 es una tremenda irregularidad, con claros tintes de prevaricación (tanto que en lugar de La Guardia, debiera renombrarse La Guarida)

a lo que no he podido acceder es a la documentación del Plan Parcial, y ni siquiera sé en qué fecha fue aprobado.

en la web: http://www.juntadeandalucia.es/viviendayordenaciondelterritorio/www/jsp/consultaPuaDifusion/herramientaPua.jsp?provincia=23&muni=23038
se tiene acceso a la revisión de las NNSS del 89, y a varias modificaciones que no vienen al caso
en la web municipal se accede al PGOU que ha sido aprobado inicialmente, pero que todavía no está en vigor
en la web del colegio de arquitectos de Granada (ya sé que eso es Jaén) se accede a referencias del PP de la fase V del SAU2, pero no es la parte que te afecta
no he llamado al colegio de arquitectos de Granada para interesarme por la documentación de ese Plan Parcial, pero es fácil que no tengan lo que busco

trato de resumir las conclusiones iniciales, que habrán de ser confirmadas, o revisadas, con el acceso a información de la que no dispongo, al menos por ahora:
- tú has comprado una parcela que supuestamente (no debiera de ser de otro modo) procede de la reparcelación, y LO IMPORTANTE es que tu parcela es parte del conjunto (un determinado porcentaje) y tú eres el propietario de esos derechos (tu parcela ha asumido su porcentaje en los costes de gestión y urbanización del conjunto, y tiene ese porcentaje de derechos de edificabilidad
- la Junta de Compensación es, en primera instancia, la responsable de ese proyecto de reparcelación (y/o de compensación), de que cada propietario inicial reciba las fincas de reemplazo que corresponden a lo que ha aportado
- solo porque lo importante, antes de tomar decisiones, es tener información de calidad, sería conveniente ver el plano de Estructura de la Propiedad de ese PP, y delimitar sobre él el deslinde aprobado de la Cañada Real, para ver así quiénes son los propietarios a los que se les ha asignado suelo de reemplazo y derechos de edificabilidad excesivos (ya ves que no pongo en duda que el suelo de la Cañada es Público, porque eso es la Ley y, como ya he dicho, hay que asumirlo)
- por un lado, habría que analizar cómo sería el PP si no incluyese el suelo de la Cañada, fundamentalmente en qué medida afectaría a la edificabilidad total (lo que suelen llamar m2 de techo) y a la dimensión de los suelos de cesión para espacios libres y para dotacional.
- por otro lado habría que considerar el PP bien aprobado, y considerar a la Junta de Andalucía (hace años lo gestionaba la EPSA, y supongo que segurá haciéndolo) como uno más de los propietarios afectados por el PP. En ese caso, la EPSA (o la Junta de Andalucía), si todavía es posible (Alga parece decir que no es posible, y para mí Alga es merecedor de consideración, aunque, lo que dice él, como lo que digo yo, en este ámbito y a bote pronto, habría de ser verificado) habrían de desafectar esa porción de suelo (pasar de rústico a urbano), que en todo caso habría de ser destinado a espacios libres pero le asignaría el derecho a su correspondiente edificabilidad, a sus parcelas de reemplazo y, por supuesto, a contribuir a los costes de gestión y urbanización

... sigue ...
03/11/2011 14:39
Hola veo, gracias por las molestias.
Las parcelas, son dos, están en camino de Jabalcuz 28 y 30 atrás va el camino llanos de Aarón y están entre camino de Sierra Mágina y camino de Las Nieves se compraron a la promotora en 2001 Octubre y hemos estados parados hasta hace poco que nos dijeron que el juicio que tenía la promotora contra el deslinde ya había salido en el superior de andalucía y que lo habían ganado.

Esta tarde busco copia de la sentencia por si necesitas saber algo mas.

A nosotros personalmente nunca se nos ha notificado por parte de nadie ninguna afección o procedimiento ni nada.

Justo en el 24 o 26 se ha construido una casa en el último año.

Un saludo.
03/11/2011 09:13
son las 09.12
una pregunta, que tiene su importancia
¿en qué fecha has comprado la parcela?
03/11/2011 02:27
ya empiezo a ver el problema

tu parcela da frente a la calle Camino de Jabalcuz, y la trasera, Noreste, linda con el Camino de los Llanos de Arón (que es la cañada)

ahora dime que estás a la altura del camino de las Niñas, o del Camino de las Nieves, y ya la tenemos liada

son las 02.25, y ya no son horas porque se me cierran los ojitos
a las 06.45 me levanto, y trataré de tener un rato a lo largo del día para recoger información con la que poder hacer una primera aproximación al proceso de desarrollo urbanístico de la zona

por cierto, lo de Entrecaminos no lo he seguido "en vivo", pero de las largas filas de adosados de Jardines de Yuca, de esas sí he tenido un cierto grado de seguimiento, por las muchas veces que circulaba frente a ellas, por la autovía, durante su construcción (que duró aproximadamente entre el 2001 y el 2006), y todavía continúo pasando un par de veces al año
26/10/2011 21:10
ahora no puedo, porque ando muy liado, pero en unos días le echaré un ojo

si las obras de urbanización de tu área ya han sido recibidas, el área es suelo urbano, incluso el afectado por la cañada, pero, a bote pronto, no sé si podría mirarse que no tuviera aprovechamiento

habrá que ver cuál es el grado de consolidación, y si hay posibilidad de modificar la la ordenación para dejar como zonas libres el suelo afectado por la cañada, y hacer edificables, en la misma medida, las áreas que se han calificado como espacios libres (los comúnmente llamadas zonas verdes)

quizá hubiera la posibilidad de arreglarlo con un estudio de detalle, con reparcelación parcial para las parcelas más gravemente afectadas y que todavía no han sido construidas, tomando el suelo necesario de las zonas actualmente calificadas como espacios libres
26/10/2011 17:22
Según la Adaptación Parcial de las NNSS del Planeamiento a la LOUA, los terrenos afectados por las vías pecuarias, entre las que se incluye la Cañada Real Aaron, están considerados suelo no urbanizable de especial protección sin aprovechamiento urbanístico.

Viendo el mapa de la zona, intuyo que la urbanización Ciudad Jardín está delimitada en esa zona por el Camino Jabalcuz, si mi intuición es acertada podría ser que el suelo exterior al camino fuese borde de suelo urbano con clasificación de suelo no urbanizable.

Pero como digo, la mía es una apreciación desde la apariencia, si tu terreno forma parte de la delimitación aprobada en su día tendrás que comprobarlo en su plan parcial.
26/10/2011 14:13
Hola a todos. La urbanización se hizo con todos los permisos y sin alegaciones por parte de nadie. Está afectada una parte de la urbanización que linda por la parte de atras con un camino ( El que dicen es cañada real) afecta en su longitud a veinte parcelas que tienen sobre cuarenta metros de fondo, con lo que estan afectadas mas o menos al noventa por ciento por lo consiguiente no te queda nada donde construir despues de retranquearte de la calle que va por delante. No se si esto os aclara algo, ademas según medio ambiente nada quiere despropiar puesto que al deslindar la vía lo que ocupe es suyo no tuyo aunque tengas escrituras que te otorguen la propiedad. La urbanización es Ciudad Jardín Entrecaminos (La Guardia de Jaén) y la cañada Llanos de Aaron.
Perdonad si no me explico mejor, gracias .
26/10/2011 10:28
Pequechue: creo que tu indignación iría en aumento, si veo pudiera contarnos exactamente donde está el óptimo técnico económico, para solucionar el relato novelado que aporta. En cualquier caso mi opinión es que veo tiene la obligación de solucionar sus problemas y los de sus socios. Y por último lo único que te importa es solucionar los tuyos, creo que hay que deslindar y creo que la urbanización debe contar para ello con asistencia técnica y letrado. Los ayuntamientos del PP en Jaén y en toda Andalucía también cometen irregularidades, te lo digo con conocimiento de causa porque soy de Jaén y trabajo en Granada.
26/10/2011 09:14
Yo tampoco acabo de verlo claro desde el punto de vista urbanístico. En disquisiciones políticas no quiero meterme.

Y digo que no lo tengo claro en razón a lo siguiente. Si los instrumentos de desarrollo de esa urbanización fueron aprobados según procedimiento legal establecido en aquellas fechas, y las obras de urbanización fueron ejecutadas según proyecto aprobado, las parcelas resultantes tenían que ser solares donde podía edificarse lo permitido en el planeamiento aprobado.

Si por razones de interés general, los propietarios de esas parcelas no pueden hacer efectivos los aprovechamientos urbanísticos determinados en el planeamiento, entiendo, que se les deberá indemnizar los perjuicios causados o en su caso expropiar el suelo afectado.

Ahora bien, en el supuesto de ser una urbanización ilegal la situación podría ser muy distinta.

Es por todas esas posibles circunstancias, que desconozco, por lo que tampoco lo tengo claro.
26/10/2011 00:13
aunque he llegado tarde a este post, lo he leído un tanto por encima pero desde el principio, y no alcanzo a ver en qué medida la cañada afecta a tu parcela, y en qué medida la cañada afecta al conjunto de la urbanización, porque son cosas distintas, porque puede afectar a tu parcela sin afectar a algunas otras de la misma urbanización, porque puede no afectar a tu parcela pero afectar al conjunto de la urbanización, o porque puede afectar a tu parcela y al conjunto de la urbanización

así no alcanzo a ver cuál es el motivo por el que no te otorgan licencia, si por las características de tu parcela, si por la afección al conjunto

y sí, sin verlo, sin detalle, es posible que haya parcelas sobre las que se puede edificar, sobre las que pueden otorgar licencia
25/10/2011 22:51
Gracias Francisco y veo. En mi caso la cañada tambien está en Jaén, que casualidad. Igual de casual que el único tramo deslindado sea de 900 mts y precisamente el conlindante con la urbanización. ¿ Y tambien será casualidad que se haya llevado a cabo en una urbanización que pertenece a un ayuntamiento del pp ? Me parece mucha casualidad, aún mas estoy convencido de que el problema es totalmente político y que mientras Junta y Ayuntamiento no sean de las mismas siglas políticas no se va a solucionar Hagamos lo que hagamos. La pena es que una persona que ha invertido todos sus ahorros en comprar un solarcito para construirse una casa para su retiro los pierda porque a una ministra se le ponga en sus narices sacar una ley para DESPROPIAR lo que le venga bien a los intereses de su partido segun en que lugar.
Esperaremos al 20 N para ver que pasa y ver que demonios podemos hacer.
25/10/2011 19:11
Francisco, gracias por el deseo

espero que hayas entendido que, también en el ejemplo novelado, te hablo con cierta familariedad, porque sé que eres buen chico y de buena fe

no, no tengo nada que solucionar, ya lo he solucionado tomando el toro por los cuernos, asumiendo el problema y buscando la solución más ágil, más adecuada y hasta más económica

he tenido que moverme, porque hablo del año 2003, e incluso he tenido que soportar el pesimismo de mis socios, abatidos porque nos han indicado la afección de la cañada justo al día siguiente de haber gastado algo más de dos millones de euros

el que lo haya solucionado no reduce mi cabreo, porque, en nuestros oficios, sabes que hemos de aceptar las reglas, comernos los cabreos y seguir caminando
25/10/2011 18:51
Pequeuche, no descartes nada y piensa tal vez en llevar tu caso a un letrado.

Veo, estoy de acuerdo en lo de Alí Babá y espero de veras que soluciones tus problemas.

Creo que puedo contar mi caso. En una ocasión tuve oportunidad de manejar documentación de vías pecuarias, visité a pie la zona, observé como no se cumplía lo que indicaba el papel de los años sesenta y fuí informado verbalmente de que aquello a lo mejor era una vía pecuaria antiguamente, ¡pero ya no!, como diría el montieleño José Mota. Casualmente a los pocos meses visité la misma zona con un antiguo peón caminero y todo se aclaraba: en ese caso concreto (no digo que sea el tuyo ni el de pequeche) se había ido ocupando el dominio público por los "lamelindes", especie ibérica muy común y dañina.

Saludos,
25/10/2011 17:20
... continuación ...


pues eso, que me lo comentas y, con cierta lógica y distintas necesidades, te digo que yo no tengo interés en resucitar esa faja de terreno, que puede haber mil motivos por la que hoy no existe, sea porque nunca la ha habido, sea porque hace 180 años acordaron dividirla en dos mitades privativas, sea porque uno de ellos compró al otro sus derechos sobre ella pagándola en el acto y sin que conste en documento alguno sea según las costumbres de la época, sea por …, por …, o por …

lógicamente, dado que ese posible paso tiene para ti un gran interés funcional, y dado que es legítimo que veles por tus derechos, decides avanzar algo más en la investigación, toda vez que nada podrás lograr en un juzgado en base a la simple sospecha

al fin logras un posible primer tanto, y es que en el archivo municipal encuentras un papel que habla de un incendio en el pueblo en 1713, en el que alguien cuenta que para sofocarlo tomaban agua de un manantial en la “granja del agua”, formando una fila de gente que se pasaba los cubos a lo largo del verdedaio (palabra que he inventado al efecto). El papel no dice más, pero, sabido que en tu parcela hay una zona especialmente húmeda, cavilas que quizá tu parcela coincida con la antigua “granja del agua”, y que esa zona húmeda se corresponda con el citado antiguo manantial, que con el paso del tiempo ha ido perdiendo caudal a causa de los pozos ejecutados en las proximidades

ni que decir tiene que con esos mimbres no haces un cesto, que nada tienes para iniciar una reclamación judicial, que no has identificado la finca de forma unívoca, que no sabes a qué se refiere quien cita el verdedaio, que no puedes precisar si es una zona de paso y si está en esa finca, si de serlo y estarlo ha sido ocupada o comprada por cualquiera de las partes, y, lo que no es menos importante, desconoces su largo y su ancho

si fueras el dueño del BOE y no tuvieras vergüenza (entiéndase por ello al fresco general procedente del noroeste), harías una ley tal cual la 22/1974, y años después, tu hijo y heredero del BOE, haría la 3/1995, en la que diría que son irreparcelables las zonas de paso establecidas por ese antiguo antecesor tuyo, y que la Administración se encargará de hacer los estudios para su identificación y delimitación

a partir de ahí, tu hijo podría encargarle los estudios a un gabinete de cuatro amigos suyos, contando con el importante aval de un afamado profesor, afamado porque llegó a catedrático ayudado por su padre, un viejo camisa azul de reconocida fidelidad y amplio curriculo de servicios especiales al régimen

la Administración, en un alarde de imparcialidad, considera que el verdedaio es una vereda, toda vez que la vereda también suele ser un camino que va al lado del río (en tu caso un supuesto manantial), que dado que ahí, cerca de Granada, está la Vereda de Pozo Alcón, con ancho irregular que en algún punto se aproxima a los 20 metros, pues lo tuyo ha de ser una vereda de 20 metros, y que, aunque no sabemos cuál era su directriz, se sitúe invadiendo un metro sobre tu porción, y diecinueve metros sobre mi porción.

¿escendaloso?
pues eso, más o menos, es la ley y la delimitación de las vías pecuarias
25/10/2011 17:19
Francisco, ¿qué significa "siempre" para ti?, ¿acaso "siempre" es desde 1974?

yo soy de los cabreados, y creo que no me faltan razones:
- la irretroactividad de las leyes
- el histórico derecho de usupcación
- y, fundamentalmente, la desigualdad de trato en el plano estrictamente jurídico

entiendo que la legalidad está enmarcada por las leyes, pero las leyes no son perfectas, y a veces no son legítimas
- podría incluso discrepar sobre la legitimidad del parlamento, sobre si representa al pueblo o a unas estructuras de partidos, pero sin duda cuestiono la legitimidad de las cortes franquistas y no porque piense que han hecho todo mal, porque no todo estaba mal, sino porque eran un poder instituido por la fuerza

cualquier forma de convivencia se basa en unas normas, y, aunque el Estado no es "de siempre", la cosa viene de bastante más atrás que 1974

no voy yo a decir que la argumentación, de que las vías pecuarias son espacios de dominio público, está basada en una mentira, sino que, siendo espacios de dominio público desde el medioevo, y habiendo existido de forma ininterrumpida la institución del Estado, todas las supuestas transformaciones que haya podido sufrir el parcelario han ocurrido a la vista y con el consentimiento de todos los organismos que conformar la Administración del Estado (desde el ayuntamiento al rey)

siempre hemos mantenido que el suelo es un bien escaso, y que el planeamiento ha de buscar el mejor uso para cada suelo desde la óptica de su más adecuado fin social, por lo que, desaparecidas las manadas de borregos trashumantes, o mermadas en número y alteradas las formas de pastoreo, ese suelo debiera de tener otro uso, y es que eso es el “escalio” que ya tiene unos cuantos siglos, pero más tienen las “presuras” romanas, precedente claro de ello … y el derecho romano-germánico es también, por qué no decirlo, precedente de que los reyes se consideraran propietarios de las tierras conquistadas

no es un fenómeno nuevo que el Estado privatice una parte de su patrimonio, ni es nuevo el acceso a la propiedad a través de la posesión continuada y pacífica, y todo eso es historia, con tanto peso como la historia que pretenden contarnos en torno a las vías pecuarias

la diferencia está en que alguien, en 1974, pensó en usar el boletín oficial para privar de sus tierras a unos ciudadanos, y ese alguien representaba a una banda de delincuentes que, por la fuerza y cargándose a todo lo inconveniente, han hecho de todo en buena parte del pasado siglo

luego, en el 82, Alí Babá ganó las elecciones (yo le he votado), y su banda, en el 95, perfeccionó el método

supongamos ahora que tú y yo tenemos dos fincas colindantes, que tú has heredado la tuya y que yo he comprado la mía a un primo lejano tuyo, que ambas proceden de la partición realizada por un muy antiguo ascendiente tuyo. Desde "siempre" habías entendido que su configuración actual se corresponde con su configuración histórica, porque además así te lo han contado tus padres y abuelos, y así lo suponía yo, ya que el anterior propietario era pariente y vecino tuyo, y entre vosotros había una estupenda relación. Pero he ahí que tú, casualmente, topas con un viejo documento que, literalmente, dice que ese antecesor vuestro solía dividir las fincas creando en medio de ellas una zona de paso que tenía carácter de bien común a ambas parcelas, y así, tirando del hilo, ves que esa zona de paso era de dimensión desigual según la topografía y según los medios empleados, limitándose a ser un paso de a pié en las zonas de frutales, de paso de carro en las zonas de cereales, y un amplio paso en las zonas de pastoreo, y he ahí que, de momento, no sabes con certeza si entre nuestras parcelas ha habido hace siglos un espacio común, ni cuál era su configuración y dimensión, pero sabes que, por algún motivo funcional, hoy te resultaría conveniente la recuperación de ese espacio de uso común, incluso aunque hubieras de ceder para ello la mitad de la superficie necesaria.

... sigue ...
25/10/2011 16:39
quizá pudieras conseguir la anulación de esas licencias otorgadas, pero no conseguirías tu licencia