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Pareja de hecho con ilegal

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03/10/2011 14:15
Hola. Como es un documento dirigido a un órgano de la Administración General del Estado, puede presentar el documento en el mismo Registro de la Oficina de Extranjeros a la que fue o en otro Registro de otra Oficina de Extranjeros, en cualquier Registro de la Administración General del Estado, en el Registro de la Comunidad Autónoma (que se limitará a recibirlo, registrarlo y remitirlo al órgano al que va destinado), en el Registro del Ayuntamiento (siempre que se haya suscrito convenio con la Administración General del Estado, esto tendría que averiguarlo con su Ayuntamiento) o mediante correo, a través del llamado "correo administrativo", cuyo procedimiento está regulado y es conocido por los empleados de CORREOS, solo debe decirles que quiere hacer llegar un documento a la Oficina de Extranjeros (indica la dirección) como "correo administrativo" e inmediatamente, el funcionario ya entenderá como tiene que proceder.

Un cordial saludo.
03/10/2011 14:08
Ante todo, muchísimas gracias, Condedecartagena. No sé si sabrá esto dado que está en Barcelona (por lo que intentaré averiguar por mi cuenta), pero cuando tengamos la resolución definitiva, ¿la entregamos en la comisaría en Padre Piquer, 18 (que fue donde entregamos los demás documentos) o vamos a Avda. de los Poblados, s/n (que es donde el funcionario nos pidió que fueramos). Gracias nuevamente por toda su ayuda. Un cordial saludo.
03/10/2011 12:50
Hola.

1.- Le han recibido la documentación, seguramente, para ganar tiempo, teniendo en cuenta la cantidad de trámites que debe haber en espera para ser despachados. Pero con seguridad, próximamente, recibirá un requerimiento para que aporte el documento que falta y sin el cual el procedimiento no puede prosperar: CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE UNIONES DE HECHO. El resguardo de haber iniciado el procedimiento de inscripción como pareja de hecho en el Registro de la Comunidad de Madrid, no produce los efectos que produciría la inscripción. Lo que exige la normativa en vigor para poder aplicarle el régimen comunitario es la INSCRIPCIÓN en un Registro Público establecido para el efecto. Sin inscripción, ni con la mejor buena voluntad del mundo, puede aplicarse a la persona extranjera extracomunitaria el régimen comunitario.

2.- En cuanto tenga el certificado del Registro de la Comunidad de Madrid, preséntelo en la Oficina de Extranjeros, junto con una copia del resguardo de presentación de la solicitud que ha efectuado y un escrito breve, indicando el documento que adjunta. Si lo hace antes de que la requieran mucho mejor, ya que no será necesario requerir que se aporte el documento.

3.-De acuerdo con la normativa vigente, la expedición de la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión, debe efectuarse en el plazo de TRES MESES y debe dársele tramitación preferente. Pero en la realidad, dependiendo de la provincia (como en el caso de Madrid actualmente), si hay muchos expedientes en espera, puede tardar. Con todo, como el resguardo de haber presentado la solicitud es, de acuerdo con la normativa vigente, documento suficiente para acreditar la legalidad de la permanencia del sujeto en España hasta tanto se expida la tarjeta y además, se dice expresamente que mientras se tramita la tarjeta, nada obsta la permanencia en España del interesado, de estas cláusulas es de las que se puede servir la Administración para, llegado el caso, justificar la excesiva demora en despachar.

Pero he de decirle que la demora va por provincias, de acuerdo el sistema de trabajo que tengan. Acá en Barcelona lo atinente a personas sujetas a régimen comunitario se procura darle pronto despacho, al punto de que en el acto de la presentación de la solicitud con los documentos, ya le entregan a la persona un resguardo, con el NIE asignado, si es que no lo tiene todavía y ya indicándole fecha para comparecer a la Comisaría (alrededor de unos 15 días hábiles psoteriores a la presentación). Por lo que, en la provincia de Barcelona, una persona tendrá la tarjeta en un promedio de dos meses.

VIAJE FUERA DE ESPAÑA.-

Su novio NO PUEDE CIRCULAR POR EL ESPACIO SCHENGEN. El motivo es que se encuentra en situación irregular y carece de momento de un título que legitime tanto su permanencia en España como que le abra la posibilidad de circular por el Espacio Schengen y regresar a España. Si viajasen en avión, la propia aerolínea, sin más trámite, no le permitirá embarcar, ya que efectúan su control previo, en razón de que pueden ser sancionadas con multa si transportan a personas que no reúnen los requisitos exigidos para ingresar o para circular por la Unión Europea y/o Espacio Schengen.

Lo aconsejable es que espere a tener físicamente la tarjeta, por razones prácticas. Y cuando viaje por el Espacio Schengen, debe llevar consigo su pasaporte en vigor más la tarjeta de residencia en España.

Un cordial saludo.
03/10/2011 11:47
Buenos días a todos y gracias en especial a "Condedecartagena" por su ayuda. Soy española y tras vivir juntos casi dos años (empadronados juntos) mi pareja (en situación irregular) y yo nos incribimos el viernes pasado en el registro de uniones de hecho de Madrid. Dio la casualidad que nuestra cita con la policía era hoy (lunes). No tenemos la resolución definitiva del registro de uniones de hecho, así que entregamos el justificante provisional. ¿Esto presentará algún problema? Nos dijo el funcionario de Padre Piquer que no nos preocupáramos. También dijo que tardaría la resolución unos 4 mesos. ¿Es verdad que está tardando tanto? Por último, queremos viajar en avión a Alemania. ¿Tendrá él algún problema si lo hacemos antes de que le llegue la tarjeta? ¿Deberá llevar algo consigo? Muchísimas gracias y suerte a todos. Un cordial saludo.
01/10/2011 13:06
Hola. Debe distinguirse entre EFECTOS CIVILES y EFECTOS ADMINISTRATIVOS EN MATERIA DE EXTRANJERÍA:

A) Efectos civiles.- Si usted y su novio cumplen con los requisitos de capacidad exigidos por la normativa vigente en la Comunidad Autónoma en la que vivan y no hay restricciones en lo respecta a usted para el acceso al Registro de Parejas Estables, pueden inscribirse.

La inscripción en el Registro, de naturaleza administrativa, solo deja constancia de que ustedes constituyen pareja de hecho estable. Pero no afecta al estado civil de las personas, que sigue siendo el de SOLTERO.

En otros aspectos, adquieren obligaciones relativas a la contribución al levantamiento de las cargas del hogar común, así como también la pareja de hecho goza de ciertos beneficios que conceda la Administración Autonómica, la Administración Local y en cuestiones relativas a la Seguridad Social.

B) EFECTOS ADMINISTRATIVOS EN MATERIA DE EXTRANJERÍA.- Estos efectos tienen relación con el tratamiento que recibe el extranjero extracomunitario, en lo que respecta a su permanencia en territorio español, una vez que se ha practicado la inscripción como pareja estable:

1.- Si ambos son extranjeros extracomunitarios y uno de los dos se encuentra en situación irregular, esta incripción no tiene mayores efectos que los de proporcionar a una de las partes un medio de prueba idóneo para acreditar que tiene "vínculos familiares con otros extranjeros residentes legales en España", que le abriría la puerta hacia la autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo social, siempre y cuando pueda acreditar permanencia continuada en España de, al menos, 3 años.

NO SE REGULARIZA LA SITUACIÓN POR EL MERO HECHO DE LA INSCRIPCIÓN.

2.- Si uno de los dos es extranjero extracomunitario y el otro es español, nacional de otro Estado miembro de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo (Noruega, Islandia, Liechtenstein) o Suiza, las cosas son diferentes. Desde el momento en que se practique la inscripción como pareja estable en el Registro Público establecido para el efecto (desde luego, previo cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa que lo regule), la persona extranjera extracomunitaria pasa a verse cobijada por el régimen comunitario. Y en tal virtud, si hasta ese momento ha permanecido en situación irregular, se produce su regularización de pleno derecho.

Luego, para poder ver reconocido y materializado este derecho (residencia como familiar de ciudadano de la Unión), es necesario que la persona solicite la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión en la Oficina de Extranjeros de su provincia. Esa tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión tiene una vigencia de 5 años.

Usted hace alusión a una Ley de Uniones de Hecho, pero no indica de qué Comunidad Autónoma. En España no hay una regulación estatal de esta materia, sino regulaciones autonómicas y municipales. Y la regulación autonómica, donde la hay, se limita a regular los efectos civiles y en el ámbito de la Administración Autonómica. Donde la regulación solo ha tenido por objeto establecer y disciplinar el funcionamiento del Registro, solo se trata este aspecto. Pero en ningún caso, la normativa automómica ni municipal puede entrar en regulaciones de efectos en materia de Extranjería, dado que es una materia que competencialmente les es ajena (todo lo relativo a Extranjería es competencia exclusiva del Estado y solo el Estado puede regularlo). Por ello, si en la normativa usted encuentra disposiciones de la naturaleza que ha citado, debe entenderla referida al ámbito competencial y territorial de la Comunidad Autónoma y/o municipal, según de donde provenga la disposición normativa general.

Un cordial saludo.

19/09/2011 13:52
Hola Sres. Hace algun tiempo les hice consulta (obtuve respuesta clara, rapida y consisa). Pero me quedo una duda. Mi novio y yo somos extranjeros él tiene N.I.E por 5 años y yo estoy de forma irregular aqui en España. Mi duda quedo en que lei la Ley de Uniones de Hechos y en uno de sus articulos dice "... los convivientes mantendran los mismos beneficios reconocidos que las parejas que hayan contraido matrimonio" . ¿Esto es solo aplicable para personas europeas y extranjeros o tambien para extranjero y extranjeros, como lo es mi caso? Si me hago pareja de hecho obtendre algun documento para legalizarme tomando en cuenta este articulo?. Gracias de antemano y perdone por las molestias ocasionadas.
10/09/2011 23:24
Hola. Si van a presentar el acta notarial, el notario se encarga, al momento de calificar la capacidad, de constatar que no se encuentran incursos en impedimentos legales, para eso sirven los certificados de estado civil de ambos (impedimento de ligamen) y para eso sirve saber los nombres de los progenitores se los dos (impedimento de parentesco). Si el notario les permite otorgar el acta, es porque, constatados los documentos aportados, que prueban que cumplen con los requisitos, los ha calificado legalmente capaces para otorgar el acta.

Luego, en el Ayuntamiento de Barcelona se les facilita el impreso de solicitud de inscripción y el modelo de declaración responsable en el sentido de no tener inscrita la unión en otro registro de características similares de Cataluña y de España.

Un cordial saludo.
10/09/2011 20:56
Declaración jurada firmada por la pareja, donde consta no tener relación de parentesco según lo ya indicado, no tener ningún vínculo matrimonial anteior no disuelto y no estar inscrito en ningún otro registro municipal de características similares.
esta declaracion,la hacemos en el registro de pareja estable,el dia de presentarnos,o se hace en el notario,tal como se hace para formalizar nuestra convivencia.
Atte
Juan Nardini
10/09/2011 20:47
Porfin leyendo entendi,sobre los distritos de la ciudad de Barcelona,y que si uno se quiere empadronar y registrar en parejas estables,se tiene que hacerlo en las oficinas de atención al ciudadano,ya se del distrito uno viva o en la de la plaça sant miguel que esta detraz del Ayuntamiento de Barcelona.
Perdoneme haber hecho un lío,por querer estar y tener todo bien hecho,confundi,y interprete mal,ahora si entiendo todo sobre los distritos.
Una ve mas disculpeme.solo le pediria,si me pudiese aclarar,sobre esos datos de la EX 18 y EX 19 nada mas.
mis cordiales saludos,y reitero mis disculpas,por preguntar sin antes investigar,y hacer líos a algo usted explico.
Atte
Juan Nardini
10/09/2011 15:58
Hola,tiene Usted razón,Barcelona está dividida en 10 distritos.cada uno tiene su sede distrital,y en la cual su administración municipal les atiende a los ciudadanos en el distrito que viven correspondiente. entiendo también sobre la oficina dÀtenció al Citadá, en la Plaça Sant Miguel,detráz del edificio del Ayuntamiento de Barcelona,ahi nos conviene hacer las gestiones,entiendo hasta ahí.
mi pregunta era,si iré a vivir en el distrito San Martì por decir un ejemplo,necesariamente debo ir a su sede distrital de ese distrito?,y puedo ir a la oficina dÀtenció al Citadá,entiendo bien hasta aquí también ,pero en donde debo empadronarme?no es en el ayuntamiento de Barcelona mismo,su sede distrital de San Martì,tambien se encarga de empadronar?o hacer otros tipos de trámites?,yo tenía entendido,se empadrona en el ayuntamiento de Barcelona,y cuando tenga el acta notarial,ir a inscribirme al Registro de Parejas Estables del mismo Ayuntamiento de Barcelona(la cual el ayuntamiento de barcelona esta ubicado en Pl. Sant Jaume?)

OFICINA DE EXTRANJEROS DE BARCELONA (Expedición Tarjetas Comunitarias)
Calle balmes 192 - metro digonal - Distrito: Sarrià-Sant Gervasi- Barrio: Sant Gervasi - Galvany
AYUNTAMIENTO DE BARCELONA- Pl. Sant Jaume- Metro Jaume I - Distrito - Ciutat Vella.
OFICINA DE EXTRANJEROS DE BARCELONA (Expedición Tarjetas de Régimen general y de Estudiantes) C/ Guadalajara esquina C/ Bosch - Metro Diagonal- distrito-Sarrià- Sant Gervasi -Barrio: Sant Gervasi - Galvany
OFICINA DE EXTRANJEROS DE BARCELONA (Entrega de Tarjetas de Identidad de Extranjeros) C/ Mallorca 213, esquina con Enrique Granados-metro diagonal- Distrito Eixample- Barrio: L'Antiga Esquerra de l'Eixample.
OFICINA DE EXTRANJERIA EN BARCELONA COMUNITARIOS C. de Múrcia, 42-44-Metro: Navas- Distrito: Sant Andreu -Barrio: Navas

y Por ultimo favor,si fuere posible,pudiera explicarme sobre estos puntos del EX 18 Y EX 19.No se que debería rellenar en los siguientes puntos le escriboa continuación:

EX 18

1 datos del solicitante:

debe rellenar datos solo del nombre de sus padres,o tambien sus apellidos.?
Nombre del Padre, nombre de la madre,

3)domicilio a efectos de notificaciones:

Marco con aspa en este aspecto?

---Solicito/Consiento que las comunicaciones y notificaciones se realicen por medios electrónicos.

4)TIPO DE CERTIFICADO SOLICITADO

que se hace acá? debo escribir algo?

Período previsto de residencia en España----------------------
Fecha de inicio de la residencia en España-----------------(2)

marco residencia tempoal y nacional de la EU.

RESIDENCIA TEMPORAL

□ Nacional de Estado miembro de la Unión Europea
□ Nacional de Estado del Espacio Económico Europeo
Nacional de Suiza (Acuerdo de 21 de junio de 1999)
Otros………………..…………………………………………………..……………..(especificar)

EX 19


2)DATOS DEL RESIDENTE QUE DA DERECHO A LA APLICACIÓN DEL RÉGIMEN COMUNITARIO

N.I.E. ---- ----------------------------------- ---- PAS ----------------------------------- NIF (5)-------------------------------------------
Pienso NIE ya que le dieron el folio en la Oficina de Extranjeros Comunitarios( en calle balmes 192).

5)TARJETA SOLICITADA(8)

Debo marcar algo aca? misma pregunta que EX18

Período previsto de residencia en España----------------------
Fecha de inicio de la residencia en España-----------------(2)

Aca marco residencia temporal,y marco Pareja Registrada.

□ RESIDENCIA TEMPORAL
□ Cónyuge
□ Pareja registrada
□ Descendiente 21 años
□ Descendiente 21 años a cargo o incapaz
□ Ascendiente a cargo

en el EXP 18 Y 19 aparece lo mismo.

Aquí que debo rellenar?
………..………..….……………, a …..... de ………..…….……….….. de …………

A quien se dirije? en Provinca debo poner Barcelona. verdad?
Dirigida a--------------------------------------------------------- Provincia ------------ EX 18,EX19

Con esto estoy finalmente listo,para el día tan anhelado,y perdoneme por haberle tomado tiempo a usted,y haberle hecho más de una ocasión,estar molestandole con mis preguntas.Le estoy eternamente agradecido. Muchas gracias por todo.

Atte
Juan Nardini
10/09/2011 10:26
Hola. La ciudad de Barcelona está dividida administrativamente en 10 distritos: Ciutat Vella, L'Eixample, Gràcia, Horta-Guinardó, Sarriá-Sant Gervasi, Sants-Montjuic, Les Corts, Sant Andreu, Sant Martí y Nou Barris. Cada distrito tiene su Sede Distrital, en la cual la Administración Municipal atiende a las personas que viven en el distrito correspondiente. Además, existe una Oficina d'Atenció al Ciutadá, en la Plaça Sant Miquel, justo detrás del edificio del Ayuntamiento de Barcelona, donde están centralizados los servicios municipales, de modo que si a las personas les viene mejor ir a hacer sus gestiones ahí, pueden hacerlo; tiene la ventaja de que atiende de lunes a sábado en horario ininterrumpido de 9:00 h. a 20:00 h. .

A usted le corresponde rellenar el EX-19, a su novia el EX-18. No les concierne a ninguno de los dos el EX-17, porque ese es para solicitar tarjeta de identidad de extranjero en régimen general, en base a una resolución administrativa por la que se concede una autorización de residencia o de estancia por estudios.

Un cordial saludo.
09/09/2011 21:08
Me acabo de dar cuenta,en las preguntes pense en el EX 17 no sabia,eran algunas iguales al EXP 18 por lo que escribo lo que esta por constancia en el EXP 18.

EX 18
1 datos del solicitante:
debe rellenar datos solo del nombre de sus padres,o tambien sus apellidos.
Nombre del Padre, nombre de la madre,

3)domicilio a efectos de notificaciones:

Marco con aspa en este aspecto?
---Solicito/Consiento que las comunicaciones y notificaciones se realicen por medios electrónicos.

4)TIPO DE CERTIFICADO SOLICITADO
que se hace en aca?
Período previsto de residencia en España----------------------
Fecha de inicio de la residencia en España-----------------(2)
marco residencia tempoal y nacional de la EU.

RESIDENCIA TEMPORAL

□ Nacional de Estado miembro de la Unión Europea
□ Nacional de Estado del Espacio Económico Europeo
Nacional de Suiza (Acuerdo de 21 de junio de 1999)
Otros………………..…………………………………………………..……………..(especificar)


Aquí que debo rellenar?
………..………..….……………, a …..... de ………..…….……….….. de …………

A quien se dirije? en Provinca debo poner Barcelona. verdad?
Dirigida a--------------------------------------------------------- Provincia ------------ EX 18,como tambien dice en el EX19.

Disculpe todo est Lío he hecho,caramba,un descuido,y puede irte mal.jeje.

Atte
Juan Nardini
09/09/2011 20:52
Modelo EX19: Solicitud de tarjeta de residencia de familiar de ciudadano comunitario.en esta ire a calle murcia 42.presentar mis papeles.
Modelo EX18: Solicitud de certificado de registro de residencia comunitaria.
OOPS no se porque se me ocurrio,el EX 17 esta es para extranjeros no comunitarios,(TIE),PERDONAME por esta equivocacion mia,debo fijarme bien a las anotaciones que tengo hechas.solo en el EX 19 tendría dudas y si esas zonas he mencionado,pertenecen al Ayuntamento de Barcelona.
Disculpam de nuevo.
Atte
Juan Nardini
09/09/2011 20:35
En el EXP 17 con respecto a mi novia al registrarse en la oficina extranjeros comunitarios, estos aspectos a rellenar,tengo especial curiosidad que debo marcar.

En lo siguiente debe rellanar solo el nombre de sus padres o con apellidos también.

1 datos del solicitante:
Nombre del Padre, nombre de la madre,

3)domicilio a efectos de notificaciones:

Marco con aspa en este aspecto?
---Solicito/Consiento que las comunicaciones y notificaciones se realicen por medios electrónicos(

4) DATOS RELATIVOS A LA TARJETA(7)

4.1. TIPO DE DOCUMENTO (art. 210)
□ INICIAL □ MODIFICACIÓN DE SITUACIÓN LEGAL, LABORAL O PERSONAL
□ RENOVACIÓN DE TARJETA □ DUPLICADO POR ROBO, EXTRAVÍO, DESTRUCCIÓN O INUTILIZACIÓN
Se debe marcar Inicial.

4.2. SITUACIÓN EN ESPAÑA

Aquí que debe marcar?
□ Estancia por estudios, investigación-formación, intercambio, prácticas o voluntariado
□ Residencia temporal y trabajo por cuenta propia
□ Familiar de Titular de autorización de estancia de larga duración
□ Residencia temporal y trabajo de transnacionales de servicios
□ Residencia temporal no lucrativa
□ Residencia temporal con excepción de la autorización de trabajo
□ Residencia temporal por reagrupación familiar
□ Residencia temporal por circunstancias excepcionales
□ Residencia temporal y trabajo por cuenta ajena
□ Residencia temporal y trabajo por circunstancias excepcionales
□ Residencia temporal y trabajo para investigación
□ Residencia de larga duración
□ Residencia temporal y trabajo de profesionales altamente cualificados Tarjeta azul-UE
□ Residencia de larga duración-UE
□ Residencia temporal y trabajo de duración determinada
□ Autorización de trabajo transfronterizo
- otros -------------------------------- (espeficar)

Debo marcar con aspa en consiento?
□ CONSIENTO la comprobación de mis datos de identidad a través de los Sistemas de Verificación de Datos de Identidad (en caso contrario, deberán aportarse los documentos correspondientes)

Aquí que debo rellenar?
………..………..….……………, a …..... de ………..…….……….….. de …………

A quien se dirije? pienso Provinca Barcelona.
Dirigida a--------------------------------------------------------- Provincia ------------ EX 17.

En el EX 19 SOBRE TARJETA DE familiar comunitario,solo tengo una pregunta

2)DATOS DEL RESIDENTE QUE DA DERECHO A LA APLICACIÓN DEL RÉGIMEN COMUNITARIO


N.I.E. ---- ----------------------------------- ---- PAS ----------------------------------- NIF (5)-------------------------------------------
Pienso NIE ya que le dieron este documento en la Oficina deExtranjeros Comunitarios(calle balmes192).

5)TARJETA SOLICITADA(8)

Debo marcar algo aca?
Período previsto de residencia en España----------------------
Fecha de inicio de la residencia en España-----------------(2)

Aca marco residencia temporal,y marco conyugue.
□ RESIDENCIA TEMPORAL
□ Cónyuge
□ Pareja registrada
□ Descendiente 21 años
□ Descendiente 21 años a cargo o incapaz
□ Ascendiente a cargo

Los demas no me conciernen,

Le entiendo todo al respecto a mi novia,NIE solo es un numero se le da a un extranjero residente en España.registrarse es un mero hecho administrativo,ella para residir,y buscar trabajo,no necesitase eso,pues es ciudadana de uno de los paises mienbros de la Union europea.

Respecto a Barcelona,y su Ayuntamiento de Barcelona,piensa usted pueda yo residir en uno de estas ciudades? creo están dentro de Barcelona Capital.
Les corts,Sarrià Sant Gervasi,Gràcia,Horta Guinardo,Nou Barris,Sant Andreau, Eixample,Sants Montjuïc,Ciutat Vella- Sant Marti.
si busco habitación,en uno de esos lugares,me correspondería ,empadronarme en el Ayuntamiento de Barcelona que ahi si hay Registro de Pareja Estable.Muchas gracias por su ayuda.

Muchas Gracias,por sus respuestas.
Eternmente Agradecido.
Mis cordiales saludos.
Juan Nardini
09/09/2011 18:50
Hola.

1.- La fotocopia del pasaporte completo se refiere al suyo, que es el interesado en el procedimiento de tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión.

2.- De su novia solo debe presentar fotocopia del pasaporte (página de datos) y el certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros.

3.- En la Comisaría de Policía de la calle Balmes 192 se expiden los certificados de inscripción en el Registro Central de Extranjeros a los comunitarios. Es un folio verde en el cual se asigna un NIE a la persona.

El Número de Identificación de Extranjero (NIE) es solo un número, que se asigna a todo extranjero residente en España o con intereses en España y no tiene otra finalidad que la de individualizar al extranjero. A los extracomunitarios les aparece en la tarjeta de identidad de extranjero, a los extracomunitarios, en el mencionado folio, porque a ellos no se les expide tarjeta de identidad de extranjero.

Su novia es belga. El solo hecho de ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea ya la autoriza a buscar trabajo o a trabajar por cuenta ajena o cuenta propia; la obtención del certificado es una formalidad administrativa, pero no es condición previa necesaria para que pueda desarrollar actividades lucrativas en España. Como usted sabe, los ciudadanos de la Unión gozan del derecho a circular libremente por el territorio de la Unión, a establecerse y a desarrollar actividades lucrativas.

4.- En Barcelona capital existe el Registro de Parejas Estables desde el año 1994, es uno de los más antiguos, sino el más antiguo de España. Y fue aquí en Cataluña donde se expidió la primera ley que regulaba a las parejas de hecho, tanto de diferente como del mismo sexo, en toda España, en el año 1998.

Si usted nunca ha estado o no ha vivido en Barcelona, debe saber que forma una gran conurbación con otros municipios contiguos: L'Hospitalet del Llobregat, Cornellà del Llobregat, Esplugues del Llobregat, Sant Joan Despí, El Prat del Llobregat (donde está el Aeropuerto Internacional), Badalona, Santa Coloma de Gramenet y Sant Adrià de Besós. Tanto el metro como el tranvía de Barcelona llegan hasta estos municipios, porque forman una sola unidad con Barcelona, pero administrativamente, constituyen municipios independientes, con solo cruzar una calle se pasa de Barcelona a ellos, aunque, aparentemente, se siga estando en Barcelona mismo. Y he de decirle que, por ejemplo, L'Hospitalet del Llobregat tenía este Registro, pero ya no lo tiene, de modo que empadronarse en L'Hospitalet del Llobregat no le sería de utilidad como hacerlo en Barcelona mismo.

Un cordial saludo.
09/09/2011 15:09
ya averigue sobre apartamentos en la ciudad de barcelona,capital,disculpe haberle molestado con esa pregunta,la unica pregunta que si todavia tengo duda es la otra que mencione anteriormente a este mensaje.Muchs gracias de nuevo por su ayuda.
Atte
Juan Nardni
09/09/2011 14:00
Hola Condedecartagena,
Solo queria confirmar esta duda tuve.
el dia a comparecer en calle murcia 42(metro navas) sobre los documentos a llevar:
El día de la cita debe comparecer con:

1.- Impreso EX-19 rellenado por duplicado.

2.- Original y copia del pasaporte completo (todas las páginas, inclusive las que estén en blanco).
(se refiere al mio o al de mi novia)
3.- Original y copia del DNI de la persona de nacionalidad española. (en el caso de ser Mi novia de Belgica,sus documentos a presentar es el certificado de inscripcion de la Oficina de Extranjeros comunitarios? tambien su pasaporte?con todas las paginas?una duda más,en la calle balmes 192 donde mi novia va a inscribirse como comunitaria,ahi le dan el folio verde.no le dan NIE? con ese documento recibe puede buscar trabajo ?)

4.- Original y copia del certificado de inscripción como pareja estable expedido por el Registro de Parejas Estables del Ayuntamiento de Barcelona ya que usted comento este lugar como otros funciona el registro de parejas estable,otros ayuntamientos no funciona eso,y por el cual se deba ver uno si haya( por cual razon me atreveria a preguntarle si sabe cuales son los lugares pertenecen al ayuntamiento de Barcelona. por favor,
yo que vivo en madrid,ejemplo hay varios ayuntamientos,fuenlabrada,parla,etc..( por lo cual al empadronarme debere saber si ese ayuntamiento tiene registro de parejas estable de barcelona.

5.- Original y copia de los certificados de estado civil de ambas.

6.- Certificados de empadronamiento de ambas en el mismo domicilio.

Muchisimas gracias de nuevo,ya con esto,se todo lo que debere de hacer,ya tengo todo hecho para el dia de ponerlo en practica.estare en comunicacion,para comentarle como me fue llegado el momento que comience mis tramites,y de antemano Bendiciones para usted y su familia.por su ayuda a tantas persona como yo,buscamos un rayito de esperanza para poder hacer nuestra vida tranquila.
Atte
Juan Nardini
09/09/2011 02:37
Muchisimas gracias! No pensaba que a esta hora me responderian! Ya tengo cita con el consulado de EEUU para buscar el certificado de solteria y otros por si las moscas. Mañana hablare con un notario y creo que nos podemos empadronar en Arenys de Mar. Ya les contare de mis aventuras burocraticas, Spain edition! De nuevo, GRACIAS!!
09/09/2011 02:03
Hola. Si no hay Registro en su municipio, tendrá que empadronarse junto con su novio en uno donde sí lo haya, ya que lo que haría que a usted se le aplicara el régimen comunitario es la inscripción en el Registro de Parejas Estables (sin la inscripción, no es posible). Y para practicar la inscripción, los Ayuntamientos exigen que estén ambos empadronados en el mismo municipio.

Luego, puede ir a cualquier Notaría y otorgar el acta notarial. Puede pactar con el notario el horario que mejor les convenga.


Les van a exigir a ambos sus certificados de estado civil, con una antigüedad no mayor a 3 meses. Al español, le basta la fe de vida y estado, que la solicita en el Registro Civil. A usted, le exigirán un certificado de estado civil de su país de origen, con la Apostilla de La Haya o un certificado del Consulado de su país de origen, en su caso, el Consulado de Estados Unidos en Barcelona (que si se lo expide en inglés, tendrá que hacerlo traducir de traductor jurado). Si es el certificado expedido por el Consulado, en estricto rigor, debería legalizarse en el Ministerio de Asuntos Exteriores de España, para poderse hacer valer ante autoridades españolas, pero en Cataluña, algunas Administraciones Públicas ya lo aceptan si es expedido por un Consulado de la demarcación consular de Cataluña.

Si tiene los certificados ya listos y el acta notarial, puede, una vez empadronado en ese municipio que sí tiene el Registro, solicitar la inscripción.

Cuando ya tenga la certificación de la inscripción, podrá solicitar su tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión.

Lo de inscribirse como pareja de hecho con su novio es lo más rápido y práctico. Pero a usted deberán enviarle desde su país el certificado de estado civil o en su defecto, venir a Barcelona a tramitar el certificado de estado civil en el Consulado de Estados Unidos:

http://barcelona.usconsulate.gov/citizen-services.html

NOTA.- Lo del arraigo laboral podría tardar más ya que supone un procedimiento previo.

Le copio la hoja informativa sobre la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión, del Ministerio de Trabajo e Inmigración:

http://extranjeros.mtin.es/es/InformacionInteres/InformacionProcedimientos/documentos2/103-Tarjeta_de_familiar_de_ciudadano_de_la_Unixn.pdf

Un cordial saludo.
09/09/2011 01:38
Hola!
Soy de Puerto Rico y llevo 4 años en Catalunya, uno viviendo con mi novio catalan en Arenys de Munt. Estoy en situacion irregular y ahora iba hacer arraigo social PERO mis jefes se han hechado atras con el contrato a jornada completa (solo me ofrecen media jornada), en fin, que no podre regularizarme por esta via. Tengo un abogado que insiste que haga arraigo laboral pero esto de denuciar me da miedo y mi novio piensa que es mala idea. Mi pareja y yo hemos pensado en hacer los tramites para hacernos pareja de hecho. La cuestion es que en Arenys de Munt no hay registro de uniones civiles. No se si es posible ir a Arenys de Mar (que tiene este registro) u otro pueblo/ciudad para hacer esto. Espero que si! Y otra cosa: mi novio trabaja todo el dia, hay una manera de hacer esto por poderes? Si no, seguro que podria coger algun dia libre pero no quiero que le perjudique ya que lo acaban de contratar. Muchisimas gracias por su atencion!
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03/10/2011 14:15
Hola. Como es un documento dirigido a un órgano de la Administración General del Estado, puede presentar el documento en el mismo Registro de la Oficina de Extranjeros a la que fue o en otro Registro de otra Oficina de Extranjeros, en cualquier Registro de la Administración General del Estado, en el Registro de la Comunidad Autónoma (que se limitará a recibirlo, registrarlo y remitirlo al órgano al que va destinado), en el Registro del Ayuntamiento (siempre que se haya suscrito convenio con la Administración General del Estado, esto tendría que averiguarlo con su Ayuntamiento) o mediante correo, a través del llamado "correo administrativo", cuyo procedimiento está regulado y es conocido por los empleados de CORREOS, solo debe decirles que quiere hacer llegar un documento a la Oficina de Extranjeros (indica la dirección) como "correo administrativo" e inmediatamente, el funcionario ya entenderá como tiene que proceder.

Un cordial saludo.
03/10/2011 14:08
Ante todo, muchísimas gracias, Condedecartagena. No sé si sabrá esto dado que está en Barcelona (por lo que intentaré averiguar por mi cuenta), pero cuando tengamos la resolución definitiva, ¿la entregamos en la comisaría en Padre Piquer, 18 (que fue donde entregamos los demás documentos) o vamos a Avda. de los Poblados, s/n (que es donde el funcionario nos pidió que fueramos). Gracias nuevamente por toda su ayuda. Un cordial saludo.
03/10/2011 12:50
Hola.

1.- Le han recibido la documentación, seguramente, para ganar tiempo, teniendo en cuenta la cantidad de trámites que debe haber en espera para ser despachados. Pero con seguridad, próximamente, recibirá un requerimiento para que aporte el documento que falta y sin el cual el procedimiento no puede prosperar: CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE UNIONES DE HECHO. El resguardo de haber iniciado el procedimiento de inscripción como pareja de hecho en el Registro de la Comunidad de Madrid, no produce los efectos que produciría la inscripción. Lo que exige la normativa en vigor para poder aplicarle el régimen comunitario es la INSCRIPCIÓN en un Registro Público establecido para el efecto. Sin inscripción, ni con la mejor buena voluntad del mundo, puede aplicarse a la persona extranjera extracomunitaria el régimen comunitario.

2.- En cuanto tenga el certificado del Registro de la Comunidad de Madrid, preséntelo en la Oficina de Extranjeros, junto con una copia del resguardo de presentación de la solicitud que ha efectuado y un escrito breve, indicando el documento que adjunta. Si lo hace antes de que la requieran mucho mejor, ya que no será necesario requerir que se aporte el documento.

3.-De acuerdo con la normativa vigente, la expedición de la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión, debe efectuarse en el plazo de TRES MESES y debe dársele tramitación preferente. Pero en la realidad, dependiendo de la provincia (como en el caso de Madrid actualmente), si hay muchos expedientes en espera, puede tardar. Con todo, como el resguardo de haber presentado la solicitud es, de acuerdo con la normativa vigente, documento suficiente para acreditar la legalidad de la permanencia del sujeto en España hasta tanto se expida la tarjeta y además, se dice expresamente que mientras se tramita la tarjeta, nada obsta la permanencia en España del interesado, de estas cláusulas es de las que se puede servir la Administración para, llegado el caso, justificar la excesiva demora en despachar.

Pero he de decirle que la demora va por provincias, de acuerdo el sistema de trabajo que tengan. Acá en Barcelona lo atinente a personas sujetas a régimen comunitario se procura darle pronto despacho, al punto de que en el acto de la presentación de la solicitud con los documentos, ya le entregan a la persona un resguardo, con el NIE asignado, si es que no lo tiene todavía y ya indicándole fecha para comparecer a la Comisaría (alrededor de unos 15 días hábiles psoteriores a la presentación). Por lo que, en la provincia de Barcelona, una persona tendrá la tarjeta en un promedio de dos meses.

VIAJE FUERA DE ESPAÑA.-

Su novio NO PUEDE CIRCULAR POR EL ESPACIO SCHENGEN. El motivo es que se encuentra en situación irregular y carece de momento de un título que legitime tanto su permanencia en España como que le abra la posibilidad de circular por el Espacio Schengen y regresar a España. Si viajasen en avión, la propia aerolínea, sin más trámite, no le permitirá embarcar, ya que efectúan su control previo, en razón de que pueden ser sancionadas con multa si transportan a personas que no reúnen los requisitos exigidos para ingresar o para circular por la Unión Europea y/o Espacio Schengen.

Lo aconsejable es que espere a tener físicamente la tarjeta, por razones prácticas. Y cuando viaje por el Espacio Schengen, debe llevar consigo su pasaporte en vigor más la tarjeta de residencia en España.

Un cordial saludo.
03/10/2011 11:47
Buenos días a todos y gracias en especial a "Condedecartagena" por su ayuda. Soy española y tras vivir juntos casi dos años (empadronados juntos) mi pareja (en situación irregular) y yo nos incribimos el viernes pasado en el registro de uniones de hecho de Madrid. Dio la casualidad que nuestra cita con la policía era hoy (lunes). No tenemos la resolución definitiva del registro de uniones de hecho, así que entregamos el justificante provisional. ¿Esto presentará algún problema? Nos dijo el funcionario de Padre Piquer que no nos preocupáramos. También dijo que tardaría la resolución unos 4 mesos. ¿Es verdad que está tardando tanto? Por último, queremos viajar en avión a Alemania. ¿Tendrá él algún problema si lo hacemos antes de que le llegue la tarjeta? ¿Deberá llevar algo consigo? Muchísimas gracias y suerte a todos. Un cordial saludo.
01/10/2011 13:06
Hola. Debe distinguirse entre EFECTOS CIVILES y EFECTOS ADMINISTRATIVOS EN MATERIA DE EXTRANJERÍA:

A) Efectos civiles.- Si usted y su novio cumplen con los requisitos de capacidad exigidos por la normativa vigente en la Comunidad Autónoma en la que vivan y no hay restricciones en lo respecta a usted para el acceso al Registro de Parejas Estables, pueden inscribirse.

La inscripción en el Registro, de naturaleza administrativa, solo deja constancia de que ustedes constituyen pareja de hecho estable. Pero no afecta al estado civil de las personas, que sigue siendo el de SOLTERO.

En otros aspectos, adquieren obligaciones relativas a la contribución al levantamiento de las cargas del hogar común, así como también la pareja de hecho goza de ciertos beneficios que conceda la Administración Autonómica, la Administración Local y en cuestiones relativas a la Seguridad Social.

B) EFECTOS ADMINISTRATIVOS EN MATERIA DE EXTRANJERÍA.- Estos efectos tienen relación con el tratamiento que recibe el extranjero extracomunitario, en lo que respecta a su permanencia en territorio español, una vez que se ha practicado la inscripción como pareja estable:

1.- Si ambos son extranjeros extracomunitarios y uno de los dos se encuentra en situación irregular, esta incripción no tiene mayores efectos que los de proporcionar a una de las partes un medio de prueba idóneo para acreditar que tiene "vínculos familiares con otros extranjeros residentes legales en España", que le abriría la puerta hacia la autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo social, siempre y cuando pueda acreditar permanencia continuada en España de, al menos, 3 años.

NO SE REGULARIZA LA SITUACIÓN POR EL MERO HECHO DE LA INSCRIPCIÓN.

2.- Si uno de los dos es extranjero extracomunitario y el otro es español, nacional de otro Estado miembro de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo (Noruega, Islandia, Liechtenstein) o Suiza, las cosas son diferentes. Desde el momento en que se practique la inscripción como pareja estable en el Registro Público establecido para el efecto (desde luego, previo cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa que lo regule), la persona extranjera extracomunitaria pasa a verse cobijada por el régimen comunitario. Y en tal virtud, si hasta ese momento ha permanecido en situación irregular, se produce su regularización de pleno derecho.

Luego, para poder ver reconocido y materializado este derecho (residencia como familiar de ciudadano de la Unión), es necesario que la persona solicite la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión en la Oficina de Extranjeros de su provincia. Esa tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión tiene una vigencia de 5 años.

Usted hace alusión a una Ley de Uniones de Hecho, pero no indica de qué Comunidad Autónoma. En España no hay una regulación estatal de esta materia, sino regulaciones autonómicas y municipales. Y la regulación autonómica, donde la hay, se limita a regular los efectos civiles y en el ámbito de la Administración Autonómica. Donde la regulación solo ha tenido por objeto establecer y disciplinar el funcionamiento del Registro, solo se trata este aspecto. Pero en ningún caso, la normativa automómica ni municipal puede entrar en regulaciones de efectos en materia de Extranjería, dado que es una materia que competencialmente les es ajena (todo lo relativo a Extranjería es competencia exclusiva del Estado y solo el Estado puede regularlo). Por ello, si en la normativa usted encuentra disposiciones de la naturaleza que ha citado, debe entenderla referida al ámbito competencial y territorial de la Comunidad Autónoma y/o municipal, según de donde provenga la disposición normativa general.

Un cordial saludo.

19/09/2011 13:52
Hola Sres. Hace algun tiempo les hice consulta (obtuve respuesta clara, rapida y consisa). Pero me quedo una duda. Mi novio y yo somos extranjeros él tiene N.I.E por 5 años y yo estoy de forma irregular aqui en España. Mi duda quedo en que lei la Ley de Uniones de Hechos y en uno de sus articulos dice "... los convivientes mantendran los mismos beneficios reconocidos que las parejas que hayan contraido matrimonio" . ¿Esto es solo aplicable para personas europeas y extranjeros o tambien para extranjero y extranjeros, como lo es mi caso? Si me hago pareja de hecho obtendre algun documento para legalizarme tomando en cuenta este articulo?. Gracias de antemano y perdone por las molestias ocasionadas.
10/09/2011 23:24
Hola. Si van a presentar el acta notarial, el notario se encarga, al momento de calificar la capacidad, de constatar que no se encuentran incursos en impedimentos legales, para eso sirven los certificados de estado civil de ambos (impedimento de ligamen) y para eso sirve saber los nombres de los progenitores se los dos (impedimento de parentesco). Si el notario les permite otorgar el acta, es porque, constatados los documentos aportados, que prueban que cumplen con los requisitos, los ha calificado legalmente capaces para otorgar el acta.

Luego, en el Ayuntamiento de Barcelona se les facilita el impreso de solicitud de inscripción y el modelo de declaración responsable en el sentido de no tener inscrita la unión en otro registro de características similares de Cataluña y de España.

Un cordial saludo.
10/09/2011 20:56
Declaración jurada firmada por la pareja, donde consta no tener relación de parentesco según lo ya indicado, no tener ningún vínculo matrimonial anteior no disuelto y no estar inscrito en ningún otro registro municipal de características similares.
esta declaracion,la hacemos en el registro de pareja estable,el dia de presentarnos,o se hace en el notario,tal como se hace para formalizar nuestra convivencia.
Atte
Juan Nardini
10/09/2011 20:47
Porfin leyendo entendi,sobre los distritos de la ciudad de Barcelona,y que si uno se quiere empadronar y registrar en parejas estables,se tiene que hacerlo en las oficinas de atención al ciudadano,ya se del distrito uno viva o en la de la plaça sant miguel que esta detraz del Ayuntamiento de Barcelona.
Perdoneme haber hecho un lío,por querer estar y tener todo bien hecho,confundi,y interprete mal,ahora si entiendo todo sobre los distritos.
Una ve mas disculpeme.solo le pediria,si me pudiese aclarar,sobre esos datos de la EX 18 y EX 19 nada mas.
mis cordiales saludos,y reitero mis disculpas,por preguntar sin antes investigar,y hacer líos a algo usted explico.
Atte
Juan Nardini
10/09/2011 15:58
Hola,tiene Usted razón,Barcelona está dividida en 10 distritos.cada uno tiene su sede distrital,y en la cual su administración municipal les atiende a los ciudadanos en el distrito que viven correspondiente. entiendo también sobre la oficina dÀtenció al Citadá, en la Plaça Sant Miguel,detráz del edificio del Ayuntamiento de Barcelona,ahi nos conviene hacer las gestiones,entiendo hasta ahí.
mi pregunta era,si iré a vivir en el distrito San Martì por decir un ejemplo,necesariamente debo ir a su sede distrital de ese distrito?,y puedo ir a la oficina dÀtenció al Citadá,entiendo bien hasta aquí también ,pero en donde debo empadronarme?no es en el ayuntamiento de Barcelona mismo,su sede distrital de San Martì,tambien se encarga de empadronar?o hacer otros tipos de trámites?,yo tenía entendido,se empadrona en el ayuntamiento de Barcelona,y cuando tenga el acta notarial,ir a inscribirme al Registro de Parejas Estables del mismo Ayuntamiento de Barcelona(la cual el ayuntamiento de barcelona esta ubicado en Pl. Sant Jaume?)

OFICINA DE EXTRANJEROS DE BARCELONA (Expedición Tarjetas Comunitarias)
Calle balmes 192 - metro digonal - Distrito: Sarrià-Sant Gervasi- Barrio: Sant Gervasi - Galvany
AYUNTAMIENTO DE BARCELONA- Pl. Sant Jaume- Metro Jaume I - Distrito - Ciutat Vella.
OFICINA DE EXTRANJEROS DE BARCELONA (Expedición Tarjetas de Régimen general y de Estudiantes) C/ Guadalajara esquina C/ Bosch - Metro Diagonal- distrito-Sarrià- Sant Gervasi -Barrio: Sant Gervasi - Galvany
OFICINA DE EXTRANJEROS DE BARCELONA (Entrega de Tarjetas de Identidad de Extranjeros) C/ Mallorca 213, esquina con Enrique Granados-metro diagonal- Distrito Eixample- Barrio: L'Antiga Esquerra de l'Eixample.
OFICINA DE EXTRANJERIA EN BARCELONA COMUNITARIOS C. de Múrcia, 42-44-Metro: Navas- Distrito: Sant Andreu -Barrio: Navas

y Por ultimo favor,si fuere posible,pudiera explicarme sobre estos puntos del EX 18 Y EX 19.No se que debería rellenar en los siguientes puntos le escriboa continuación:

EX 18

1 datos del solicitante:

debe rellenar datos solo del nombre de sus padres,o tambien sus apellidos.?
Nombre del Padre, nombre de la madre,

3)domicilio a efectos de notificaciones:

Marco con aspa en este aspecto?

---Solicito/Consiento que las comunicaciones y notificaciones se realicen por medios electrónicos.

4)TIPO DE CERTIFICADO SOLICITADO

que se hace acá? debo escribir algo?

Período previsto de residencia en España----------------------
Fecha de inicio de la residencia en España-----------------(2)

marco residencia tempoal y nacional de la EU.

RESIDENCIA TEMPORAL

□ Nacional de Estado miembro de la Unión Europea
□ Nacional de Estado del Espacio Económico Europeo
Nacional de Suiza (Acuerdo de 21 de junio de 1999)
Otros………………..…………………………………………………..……………..(especificar)

EX 19


2)DATOS DEL RESIDENTE QUE DA DERECHO A LA APLICACIÓN DEL RÉGIMEN COMUNITARIO

N.I.E. ---- ----------------------------------- ---- PAS ----------------------------------- NIF (5)-------------------------------------------
Pienso NIE ya que le dieron el folio en la Oficina de Extranjeros Comunitarios( en calle balmes 192).

5)TARJETA SOLICITADA(8)

Debo marcar algo aca? misma pregunta que EX18

Período previsto de residencia en España----------------------
Fecha de inicio de la residencia en España-----------------(2)

Aca marco residencia temporal,y marco Pareja Registrada.

□ RESIDENCIA TEMPORAL
□ Cónyuge
□ Pareja registrada
□ Descendiente 21 años
□ Descendiente 21 años a cargo o incapaz
□ Ascendiente a cargo

en el EXP 18 Y 19 aparece lo mismo.

Aquí que debo rellenar?
………..………..….……………, a …..... de ………..…….……….….. de …………

A quien se dirije? en Provinca debo poner Barcelona. verdad?
Dirigida a--------------------------------------------------------- Provincia ------------ EX 18,EX19

Con esto estoy finalmente listo,para el día tan anhelado,y perdoneme por haberle tomado tiempo a usted,y haberle hecho más de una ocasión,estar molestandole con mis preguntas.Le estoy eternamente agradecido. Muchas gracias por todo.

Atte
Juan Nardini
10/09/2011 10:26
Hola. La ciudad de Barcelona está dividida administrativamente en 10 distritos: Ciutat Vella, L'Eixample, Gràcia, Horta-Guinardó, Sarriá-Sant Gervasi, Sants-Montjuic, Les Corts, Sant Andreu, Sant Martí y Nou Barris. Cada distrito tiene su Sede Distrital, en la cual la Administración Municipal atiende a las personas que viven en el distrito correspondiente. Además, existe una Oficina d'Atenció al Ciutadá, en la Plaça Sant Miquel, justo detrás del edificio del Ayuntamiento de Barcelona, donde están centralizados los servicios municipales, de modo que si a las personas les viene mejor ir a hacer sus gestiones ahí, pueden hacerlo; tiene la ventaja de que atiende de lunes a sábado en horario ininterrumpido de 9:00 h. a 20:00 h. .

A usted le corresponde rellenar el EX-19, a su novia el EX-18. No les concierne a ninguno de los dos el EX-17, porque ese es para solicitar tarjeta de identidad de extranjero en régimen general, en base a una resolución administrativa por la que se concede una autorización de residencia o de estancia por estudios.

Un cordial saludo.
09/09/2011 21:08
Me acabo de dar cuenta,en las preguntes pense en el EX 17 no sabia,eran algunas iguales al EXP 18 por lo que escribo lo que esta por constancia en el EXP 18.

EX 18
1 datos del solicitante:
debe rellenar datos solo del nombre de sus padres,o tambien sus apellidos.
Nombre del Padre, nombre de la madre,

3)domicilio a efectos de notificaciones:

Marco con aspa en este aspecto?
---Solicito/Consiento que las comunicaciones y notificaciones se realicen por medios electrónicos.

4)TIPO DE CERTIFICADO SOLICITADO
que se hace en aca?
Período previsto de residencia en España----------------------
Fecha de inicio de la residencia en España-----------------(2)
marco residencia tempoal y nacional de la EU.

RESIDENCIA TEMPORAL

□ Nacional de Estado miembro de la Unión Europea
□ Nacional de Estado del Espacio Económico Europeo
Nacional de Suiza (Acuerdo de 21 de junio de 1999)
Otros………………..…………………………………………………..……………..(especificar)


Aquí que debo rellenar?
………..………..….……………, a …..... de ………..…….……….….. de …………

A quien se dirije? en Provinca debo poner Barcelona. verdad?
Dirigida a--------------------------------------------------------- Provincia ------------ EX 18,como tambien dice en el EX19.

Disculpe todo est Lío he hecho,caramba,un descuido,y puede irte mal.jeje.

Atte
Juan Nardini
09/09/2011 20:52
Modelo EX19: Solicitud de tarjeta de residencia de familiar de ciudadano comunitario.en esta ire a calle murcia 42.presentar mis papeles.
Modelo EX18: Solicitud de certificado de registro de residencia comunitaria.
OOPS no se porque se me ocurrio,el EX 17 esta es para extranjeros no comunitarios,(TIE),PERDONAME por esta equivocacion mia,debo fijarme bien a las anotaciones que tengo hechas.solo en el EX 19 tendría dudas y si esas zonas he mencionado,pertenecen al Ayuntamento de Barcelona.
Disculpam de nuevo.
Atte
Juan Nardini
09/09/2011 20:35
En el EXP 17 con respecto a mi novia al registrarse en la oficina extranjeros comunitarios, estos aspectos a rellenar,tengo especial curiosidad que debo marcar.

En lo siguiente debe rellanar solo el nombre de sus padres o con apellidos también.

1 datos del solicitante:
Nombre del Padre, nombre de la madre,

3)domicilio a efectos de notificaciones:

Marco con aspa en este aspecto?
---Solicito/Consiento que las comunicaciones y notificaciones se realicen por medios electrónicos(

4) DATOS RELATIVOS A LA TARJETA(7)

4.1. TIPO DE DOCUMENTO (art. 210)
□ INICIAL □ MODIFICACIÓN DE SITUACIÓN LEGAL, LABORAL O PERSONAL
□ RENOVACIÓN DE TARJETA □ DUPLICADO POR ROBO, EXTRAVÍO, DESTRUCCIÓN O INUTILIZACIÓN
Se debe marcar Inicial.

4.2. SITUACIÓN EN ESPAÑA

Aquí que debe marcar?
□ Estancia por estudios, investigación-formación, intercambio, prácticas o voluntariado
□ Residencia temporal y trabajo por cuenta propia
□ Familiar de Titular de autorización de estancia de larga duración
□ Residencia temporal y trabajo de transnacionales de servicios
□ Residencia temporal no lucrativa
□ Residencia temporal con excepción de la autorización de trabajo
□ Residencia temporal por reagrupación familiar
□ Residencia temporal por circunstancias excepcionales
□ Residencia temporal y trabajo por cuenta ajena
□ Residencia temporal y trabajo por circunstancias excepcionales
□ Residencia temporal y trabajo para investigación
□ Residencia de larga duración
□ Residencia temporal y trabajo de profesionales altamente cualificados Tarjeta azul-UE
□ Residencia de larga duración-UE
□ Residencia temporal y trabajo de duración determinada
□ Autorización de trabajo transfronterizo
- otros -------------------------------- (espeficar)

Debo marcar con aspa en consiento?
□ CONSIENTO la comprobación de mis datos de identidad a través de los Sistemas de Verificación de Datos de Identidad (en caso contrario, deberán aportarse los documentos correspondientes)

Aquí que debo rellenar?
………..………..….……………, a …..... de ………..…….……….….. de …………

A quien se dirije? pienso Provinca Barcelona.
Dirigida a--------------------------------------------------------- Provincia ------------ EX 17.

En el EX 19 SOBRE TARJETA DE familiar comunitario,solo tengo una pregunta

2)DATOS DEL RESIDENTE QUE DA DERECHO A LA APLICACIÓN DEL RÉGIMEN COMUNITARIO


N.I.E. ---- ----------------------------------- ---- PAS ----------------------------------- NIF (5)-------------------------------------------
Pienso NIE ya que le dieron este documento en la Oficina deExtranjeros Comunitarios(calle balmes192).

5)TARJETA SOLICITADA(8)

Debo marcar algo aca?
Período previsto de residencia en España----------------------
Fecha de inicio de la residencia en España-----------------(2)

Aca marco residencia temporal,y marco conyugue.
□ RESIDENCIA TEMPORAL
□ Cónyuge
□ Pareja registrada
□ Descendiente 21 años
□ Descendiente 21 años a cargo o incapaz
□ Ascendiente a cargo

Los demas no me conciernen,

Le entiendo todo al respecto a mi novia,NIE solo es un numero se le da a un extranjero residente en España.registrarse es un mero hecho administrativo,ella para residir,y buscar trabajo,no necesitase eso,pues es ciudadana de uno de los paises mienbros de la Union europea.

Respecto a Barcelona,y su Ayuntamiento de Barcelona,piensa usted pueda yo residir en uno de estas ciudades? creo están dentro de Barcelona Capital.
Les corts,Sarrià Sant Gervasi,Gràcia,Horta Guinardo,Nou Barris,Sant Andreau, Eixample,Sants Montjuïc,Ciutat Vella- Sant Marti.
si busco habitación,en uno de esos lugares,me correspondería ,empadronarme en el Ayuntamiento de Barcelona que ahi si hay Registro de Pareja Estable.Muchas gracias por su ayuda.

Muchas Gracias,por sus respuestas.
Eternmente Agradecido.
Mis cordiales saludos.
Juan Nardini
09/09/2011 18:50
Hola.

1.- La fotocopia del pasaporte completo se refiere al suyo, que es el interesado en el procedimiento de tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión.

2.- De su novia solo debe presentar fotocopia del pasaporte (página de datos) y el certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros.

3.- En la Comisaría de Policía de la calle Balmes 192 se expiden los certificados de inscripción en el Registro Central de Extranjeros a los comunitarios. Es un folio verde en el cual se asigna un NIE a la persona.

El Número de Identificación de Extranjero (NIE) es solo un número, que se asigna a todo extranjero residente en España o con intereses en España y no tiene otra finalidad que la de individualizar al extranjero. A los extracomunitarios les aparece en la tarjeta de identidad de extranjero, a los extracomunitarios, en el mencionado folio, porque a ellos no se les expide tarjeta de identidad de extranjero.

Su novia es belga. El solo hecho de ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea ya la autoriza a buscar trabajo o a trabajar por cuenta ajena o cuenta propia; la obtención del certificado es una formalidad administrativa, pero no es condición previa necesaria para que pueda desarrollar actividades lucrativas en España. Como usted sabe, los ciudadanos de la Unión gozan del derecho a circular libremente por el territorio de la Unión, a establecerse y a desarrollar actividades lucrativas.

4.- En Barcelona capital existe el Registro de Parejas Estables desde el año 1994, es uno de los más antiguos, sino el más antiguo de España. Y fue aquí en Cataluña donde se expidió la primera ley que regulaba a las parejas de hecho, tanto de diferente como del mismo sexo, en toda España, en el año 1998.

Si usted nunca ha estado o no ha vivido en Barcelona, debe saber que forma una gran conurbación con otros municipios contiguos: L'Hospitalet del Llobregat, Cornellà del Llobregat, Esplugues del Llobregat, Sant Joan Despí, El Prat del Llobregat (donde está el Aeropuerto Internacional), Badalona, Santa Coloma de Gramenet y Sant Adrià de Besós. Tanto el metro como el tranvía de Barcelona llegan hasta estos municipios, porque forman una sola unidad con Barcelona, pero administrativamente, constituyen municipios independientes, con solo cruzar una calle se pasa de Barcelona a ellos, aunque, aparentemente, se siga estando en Barcelona mismo. Y he de decirle que, por ejemplo, L'Hospitalet del Llobregat tenía este Registro, pero ya no lo tiene, de modo que empadronarse en L'Hospitalet del Llobregat no le sería de utilidad como hacerlo en Barcelona mismo.

Un cordial saludo.
09/09/2011 15:09
ya averigue sobre apartamentos en la ciudad de barcelona,capital,disculpe haberle molestado con esa pregunta,la unica pregunta que si todavia tengo duda es la otra que mencione anteriormente a este mensaje.Muchs gracias de nuevo por su ayuda.
Atte
Juan Nardni
09/09/2011 14:00
Hola Condedecartagena,
Solo queria confirmar esta duda tuve.
el dia a comparecer en calle murcia 42(metro navas) sobre los documentos a llevar:
El día de la cita debe comparecer con:

1.- Impreso EX-19 rellenado por duplicado.

2.- Original y copia del pasaporte completo (todas las páginas, inclusive las que estén en blanco).
(se refiere al mio o al de mi novia)
3.- Original y copia del DNI de la persona de nacionalidad española. (en el caso de ser Mi novia de Belgica,sus documentos a presentar es el certificado de inscripcion de la Oficina de Extranjeros comunitarios? tambien su pasaporte?con todas las paginas?una duda más,en la calle balmes 192 donde mi novia va a inscribirse como comunitaria,ahi le dan el folio verde.no le dan NIE? con ese documento recibe puede buscar trabajo ?)

4.- Original y copia del certificado de inscripción como pareja estable expedido por el Registro de Parejas Estables del Ayuntamiento de Barcelona ya que usted comento este lugar como otros funciona el registro de parejas estable,otros ayuntamientos no funciona eso,y por el cual se deba ver uno si haya( por cual razon me atreveria a preguntarle si sabe cuales son los lugares pertenecen al ayuntamiento de Barcelona. por favor,
yo que vivo en madrid,ejemplo hay varios ayuntamientos,fuenlabrada,parla,etc..( por lo cual al empadronarme debere saber si ese ayuntamiento tiene registro de parejas estable de barcelona.

5.- Original y copia de los certificados de estado civil de ambas.

6.- Certificados de empadronamiento de ambas en el mismo domicilio.

Muchisimas gracias de nuevo,ya con esto,se todo lo que debere de hacer,ya tengo todo hecho para el dia de ponerlo en practica.estare en comunicacion,para comentarle como me fue llegado el momento que comience mis tramites,y de antemano Bendiciones para usted y su familia.por su ayuda a tantas persona como yo,buscamos un rayito de esperanza para poder hacer nuestra vida tranquila.
Atte
Juan Nardini
09/09/2011 02:37
Muchisimas gracias! No pensaba que a esta hora me responderian! Ya tengo cita con el consulado de EEUU para buscar el certificado de solteria y otros por si las moscas. Mañana hablare con un notario y creo que nos podemos empadronar en Arenys de Mar. Ya les contare de mis aventuras burocraticas, Spain edition! De nuevo, GRACIAS!!
09/09/2011 02:03
Hola. Si no hay Registro en su municipio, tendrá que empadronarse junto con su novio en uno donde sí lo haya, ya que lo que haría que a usted se le aplicara el régimen comunitario es la inscripción en el Registro de Parejas Estables (sin la inscripción, no es posible). Y para practicar la inscripción, los Ayuntamientos exigen que estén ambos empadronados en el mismo municipio.

Luego, puede ir a cualquier Notaría y otorgar el acta notarial. Puede pactar con el notario el horario que mejor les convenga.


Les van a exigir a ambos sus certificados de estado civil, con una antigüedad no mayor a 3 meses. Al español, le basta la fe de vida y estado, que la solicita en el Registro Civil. A usted, le exigirán un certificado de estado civil de su país de origen, con la Apostilla de La Haya o un certificado del Consulado de su país de origen, en su caso, el Consulado de Estados Unidos en Barcelona (que si se lo expide en inglés, tendrá que hacerlo traducir de traductor jurado). Si es el certificado expedido por el Consulado, en estricto rigor, debería legalizarse en el Ministerio de Asuntos Exteriores de España, para poderse hacer valer ante autoridades españolas, pero en Cataluña, algunas Administraciones Públicas ya lo aceptan si es expedido por un Consulado de la demarcación consular de Cataluña.

Si tiene los certificados ya listos y el acta notarial, puede, una vez empadronado en ese municipio que sí tiene el Registro, solicitar la inscripción.

Cuando ya tenga la certificación de la inscripción, podrá solicitar su tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión.

Lo de inscribirse como pareja de hecho con su novio es lo más rápido y práctico. Pero a usted deberán enviarle desde su país el certificado de estado civil o en su defecto, venir a Barcelona a tramitar el certificado de estado civil en el Consulado de Estados Unidos:

http://barcelona.usconsulate.gov/citizen-services.html

NOTA.- Lo del arraigo laboral podría tardar más ya que supone un procedimiento previo.

Le copio la hoja informativa sobre la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión, del Ministerio de Trabajo e Inmigración:

http://extranjeros.mtin.es/es/InformacionInteres/InformacionProcedimientos/documentos2/103-Tarjeta_de_familiar_de_ciudadano_de_la_Unixn.pdf

Un cordial saludo.
09/09/2011 01:38
Hola!
Soy de Puerto Rico y llevo 4 años en Catalunya, uno viviendo con mi novio catalan en Arenys de Munt. Estoy en situacion irregular y ahora iba hacer arraigo social PERO mis jefes se han hechado atras con el contrato a jornada completa (solo me ofrecen media jornada), en fin, que no podre regularizarme por esta via. Tengo un abogado que insiste que haga arraigo laboral pero esto de denuciar me da miedo y mi novio piensa que es mala idea. Mi pareja y yo hemos pensado en hacer los tramites para hacernos pareja de hecho. La cuestion es que en Arenys de Munt no hay registro de uniones civiles. No se si es posible ir a Arenys de Mar (que tiene este registro) u otro pueblo/ciudad para hacer esto. Espero que si! Y otra cosa: mi novio trabaja todo el dia, hay una manera de hacer esto por poderes? Si no, seguro que podria coger algun dia libre pero no quiero que le perjudique ya que lo acaban de contratar. Muchisimas gracias por su atencion!