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Pareja de hecho hecha en venezuela

1 Comentarios
 
Pareja de hecho hecha en venezuela
19/02/2021 01:30
Buenas noches, tengo 1 año y medio en España, vivía en canarias y no me aceptaron registrar mi oreja de hecho que hice con mi novio en Venezuela, la cual está legalizada y apostillada, ahora mismo estamos viviendo en madrid, y quiero saber si aquí si puedo obtener mi residencia y permiso de trabajo con registrar mi pareja de hecho, si debería hacerla desde 0 aquí o simplemente casarme.. gracias
19/02/2021 02:35
l0v3258
Hola:

¿Al menos uno de los dos tiene la nacionaidad española o de otro Estado parte de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza? Porque de ser así, si se formalizó la unión de hecho de conformidad con la legislación de un Estado extracomunitario y dicha unión de hecho se mantiene y consta en documento público expedido por ese Estado, con la Apostilla de La Haya y ha durado al menos un año, puede permitirle al integrante extracomunitario de la pareja solicitar una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión mediante la opción de PAREJA ESTABLE NO REGISTRADA en la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia, siempre y cuando el ciudadano de la Unión sea trabajador por cuenta ajena o propia o cuente con recursos económicos propios suficientes.

En España NO EXISTE una normativa estatal en materia de parejas de hecho. Cada comunidad autónoma tiene su propia normativa y por ello, la formalización de la pareja de hecho deberá efectuarse de acuerdo con lo que se prevea en la respectiva normativa autonómica. Si se establece en ella que se ha de acreditar un tiempo mínimo de convivencia previa, la prueba documental de que se ha formalizado ya la unión de acuerdo con la legislación de otro Estado puede ser tenido en cuenta para el cómputo. Pero por sí mismo no puede acceder al Registro autonómico de parejas de hecho, que es un Registro administrativo, que funciona de acuerdo con la normativa autonómica, que establece las condiciones de acceso y normalmente esas condiciones establecen los requisitos sustantivos para poder constituir o ver reconocida la calidad de pareja de hecho para que pueda tener acceso al Registro y normalmente, los Registros autonómicos no inscriben parejas de hecho formalizadas en el extranjero de acuerdo con la legislación del país donde se formalizaron, aunque pueden tener en cuenta el tiempo si fuera necesario acreditar un tiempo de convivencia previo.

Un cordial saludo.
Pareja de hecho hecha en venezuela | PorticoLegal
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Pareja de hecho hecha en venezuela
19/02/2021 01:30
Buenas noches, tengo 1 año y medio en España, vivía en canarias y no me aceptaron registrar mi oreja de hecho que hice con mi novio en Venezuela, la cual está legalizada y apostillada, ahora mismo estamos viviendo en madrid, y quiero saber si aquí si puedo obtener mi residencia y permiso de trabajo con registrar mi pareja de hecho, si debería hacerla desde 0 aquí o simplemente casarme.. gracias
19/02/2021 02:35
l0v3258
Hola:

¿Al menos uno de los dos tiene la nacionaidad española o de otro Estado parte de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza? Porque de ser así, si se formalizó la unión de hecho de conformidad con la legislación de un Estado extracomunitario y dicha unión de hecho se mantiene y consta en documento público expedido por ese Estado, con la Apostilla de La Haya y ha durado al menos un año, puede permitirle al integrante extracomunitario de la pareja solicitar una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión mediante la opción de PAREJA ESTABLE NO REGISTRADA en la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia, siempre y cuando el ciudadano de la Unión sea trabajador por cuenta ajena o propia o cuente con recursos económicos propios suficientes.

En España NO EXISTE una normativa estatal en materia de parejas de hecho. Cada comunidad autónoma tiene su propia normativa y por ello, la formalización de la pareja de hecho deberá efectuarse de acuerdo con lo que se prevea en la respectiva normativa autonómica. Si se establece en ella que se ha de acreditar un tiempo mínimo de convivencia previa, la prueba documental de que se ha formalizado ya la unión de acuerdo con la legislación de otro Estado puede ser tenido en cuenta para el cómputo. Pero por sí mismo no puede acceder al Registro autonómico de parejas de hecho, que es un Registro administrativo, que funciona de acuerdo con la normativa autonómica, que establece las condiciones de acceso y normalmente esas condiciones establecen los requisitos sustantivos para poder constituir o ver reconocida la calidad de pareja de hecho para que pueda tener acceso al Registro y normalmente, los Registros autonómicos no inscriben parejas de hecho formalizadas en el extranjero de acuerdo con la legislación del país donde se formalizaron, aunque pueden tener en cuenta el tiempo si fuera necesario acreditar un tiempo de convivencia previo.

Un cordial saludo.