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pareja de hecho no comunitaria, beneficios extranjeria

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Pareja de hecho no comunitaria, beneficios extranjeria
28/05/2012 10:19
Yo me encuentro actualmente en España con la segunda renovación de la tarjeta de residencia y trabajo. Mi nacionalidad ya se está procesando desde 2010.

Mi novia está como estudiante desde 2010, la pregunta es, dado el parón que ha pegado el Ministerio de Justicia en relación a la concesión de nacionalidades en lo que a este año respecta, si mi novia y yo nos hiciesemos pareja de hecho antes de que yo tenga la nacionalidad (es decir, yo con residencia y trabajo y ella como estudiante), podría ella verse beneficiada en términos de obtener un estatus que no sea el de estudiante, sin tener que irse a su país de origen?

Gracias.
30/05/2012 11:06
Hola.

NO. Mientras usted sea extranjero extracomunitario (y lo seguirá siendo, hasta tanto no se practique la inscripción de la adquisición de la nacionalidad española en el Registro Civil español, lo que supone haber previamente jurado), ella no puede obtener beneficio alguno en régimen comunitario.

Lo procedente, en caso de matrimonio o unión de hecho registrada, es que usted solicite para ella una autorización de residencia por reagrupación familiar, siendo aplicable, desde luego, las condiciones y el procedimiento fijado en la Ley de Extranjería y su Reglamento.

En ese caso, una vez que usted solicite la autorización de residencia por reagrupación familiar para su cónyuge y sea aprobada por la Subdelegación del Gobierno en la provincia, ella tendrá que volver a su país y solicitar en el Consulado de España una visa de residencia por reagrupación familiar y con ella deberá volver a España y solicitar la tarjeta de residencia por reagrupación familiar.

Tenga presente que a los extracomunitarios sí se le imponen más condiciones y cargas.

La otra opción es que, si ella cumple ya 3 años en situación de autorización de estancia por estudios, solicite una modificación a residencia y trabajo por cuenta ajena, cuenta propia, excepción a la autorización de trabajo o profesional altamente cualificada. Pero, requerirá un contrato de trabajo o un proyecto empresarial.

Un cordial saludo.
pareja de hecho no comunitaria, beneficios extranjeria | PorticoLegal
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Pareja de hecho no comunitaria, beneficios extranjeria
28/05/2012 10:19
Yo me encuentro actualmente en España con la segunda renovación de la tarjeta de residencia y trabajo. Mi nacionalidad ya se está procesando desde 2010.

Mi novia está como estudiante desde 2010, la pregunta es, dado el parón que ha pegado el Ministerio de Justicia en relación a la concesión de nacionalidades en lo que a este año respecta, si mi novia y yo nos hiciesemos pareja de hecho antes de que yo tenga la nacionalidad (es decir, yo con residencia y trabajo y ella como estudiante), podría ella verse beneficiada en términos de obtener un estatus que no sea el de estudiante, sin tener que irse a su país de origen?

Gracias.
30/05/2012 11:06
Hola.

NO. Mientras usted sea extranjero extracomunitario (y lo seguirá siendo, hasta tanto no se practique la inscripción de la adquisición de la nacionalidad española en el Registro Civil español, lo que supone haber previamente jurado), ella no puede obtener beneficio alguno en régimen comunitario.

Lo procedente, en caso de matrimonio o unión de hecho registrada, es que usted solicite para ella una autorización de residencia por reagrupación familiar, siendo aplicable, desde luego, las condiciones y el procedimiento fijado en la Ley de Extranjería y su Reglamento.

En ese caso, una vez que usted solicite la autorización de residencia por reagrupación familiar para su cónyuge y sea aprobada por la Subdelegación del Gobierno en la provincia, ella tendrá que volver a su país y solicitar en el Consulado de España una visa de residencia por reagrupación familiar y con ella deberá volver a España y solicitar la tarjeta de residencia por reagrupación familiar.

Tenga presente que a los extracomunitarios sí se le imponen más condiciones y cargas.

La otra opción es que, si ella cumple ya 3 años en situación de autorización de estancia por estudios, solicite una modificación a residencia y trabajo por cuenta ajena, cuenta propia, excepción a la autorización de trabajo o profesional altamente cualificada. Pero, requerirá un contrato de trabajo o un proyecto empresarial.

Un cordial saludo.