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Pareja de hecho situación irregular

2 Comentarios
 
Pareja de hecho situación irregular
29/06/2018 11:15
Hola les cuento un poco mi caso: yo vine a estudiar a Barcelona y en enero de este año, inicié un trámite de renovación del NIE, el cual me denegaron en abril. Luego de esto presenté un recurso de reposición en mayo. Esto pensando que el recurso podría durar entre 3-4 meses y eso me mantendría en situación regular en lo que solicitaba una cita para buscar la tarjeta de residencia por ser pareja de hecho de mi novio que es español.

El caso, es que el recurso me lo resolvieron antes de tiempo (justo ayer) por lo que me encuentro ahora en situación irregular y la cita para solicitar la tarjeta la tengo hasta noviembre. Mi duda es: si ahora me encuentro en situación irregular, ¿Me pondrían un problema si solicito la tarjeta de residencia, por ser pareja de hecho de mi novio? Lo digo por que me da miedo todo el expediente que se tiene de mí (denegación de nie, recurso de reposición, etc.) y no sé si a la larga extranjería vea eso con malos ojos y nos nieguen la solicitud o algo peor. ¿Qué piensan?
04/07/2018 18:25
Alexa122
Hola:

Si su novio es de nacionalidad española o tiene la nacionalidad de otro Estado parte de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza y se ha inscrito como pareja de hecho con él en un Registro Público establecido para el efecto en España o en cualquiera de los Estados parte de la Unión Europea, usted queda cubierta por el régimen comunitario. Y desde el momento en el que ha quedado cubierta por el régimen comunitario, ha quedado autorizada a permanecer provisionalmente en España hasta tanto le sea expedida la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión. Es indiferente si la cita para recibir su solicitud y el expediente se la dan para fecha posterior, porque está autorizada a permanecer provisionalmente en el país.

Si su novio actualmente está trabajando por cuenta ajena o propia, es estudiante matriculado para cursar estudios en España o si no se halla en ninguno de los casos mencionados en cambio cuenta con recursos económicos propios suficientes y seguro médico, usted tiene derecho a que le sea expedida la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.

Si se acoge al supuesto de contar con recursos económicos propios suficientes, la cuantía mínima, para dos personas, es de alrededor de 9000 euros ( le doy cifra redondeada, en realidad es un poco menos, pero prefiero redondeársela, mejor que tenga un poco más a que le falte). Si su novio es español tiene derecho a la asitencia sanitaria pública aunque no trabaje. Si es nacional de otro Estado parte de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza y ha trabajado en España y tiene reconocido el derecho a la asistencia sanitaria pública, no hay problema alguno tampoco. Pero si es nacional de otro Estado parte de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza y nunca ha trabajado en España, se puede admitir la tarjeta sanitaria europea expedida por el país de procedencia siempre que cubra el período de residencia previsto o si no la tiene o no le cubre por tiempo superior a tres meses, será necesario un seguro médico privado con el mismo nivel de cobertura que el ofrecido por el Sistema Nacional de Salud y asimismo, usted deberá tener contratado un seguro médico privado de las mismas características.

Un cordial saludo.
05/07/2018 13:42
Alexa122
Buenas tardes.
También tengo dudas sobre este tema.
Espero me puedan ayudar.
Mi caso es el siguiente :

Llevo casi dos años de relación con mi novia. Y queremos que venga a vivir aquí 3n Madrid. Ella es de Paraguay y queremos formalizar la pareja de hecho para que obtenga la tarjeta de residencia.
Yo dispongo de la tarjeta de régimen comunitario y me acaban de dar cita para el juramento de nacionalidad española el 30 de octubre de este año.
A parte de eso también estoy trabajando...
Pero mi novia y yo queremos vivir en Madrid y que ella resida de forma legal ( ella Estaria en Madrid en septiembre aprox)
En el curso de estos dos últimos años, he vivido en Paraguay con ella por mas de un año ( desde febrero del 2017 a Mayo del 2018)
Mi pregunta es: 1) Qué pasos debo seguir para formalizar la pareja de hecho, puesto que exigen 12 meses de convivencia ( pero no especifican donde exactamente) y si es necesario el certificado de empadronamiento de los dos o sólo con el mio vale.

2) podriamos hacer valer esos 12 meses de convivencia aunque se haya dado fuera del territorio español?

3) cual seria la forma más rápida y factible para que mi novia resida de manera legal en territorio español?

4) En caso de que se pueda realizar la formalización de pareja de hecho, qué documentos necesita traer mi novia?

Espero puedan ayudarme ya que estamos un poquito desesperados y descolocados con el tema.

Desde ya muchas Gracias.
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Pareja de hecho situación irregular
29/06/2018 11:15
Hola les cuento un poco mi caso: yo vine a estudiar a Barcelona y en enero de este año, inicié un trámite de renovación del NIE, el cual me denegaron en abril. Luego de esto presenté un recurso de reposición en mayo. Esto pensando que el recurso podría durar entre 3-4 meses y eso me mantendría en situación regular en lo que solicitaba una cita para buscar la tarjeta de residencia por ser pareja de hecho de mi novio que es español.

El caso, es que el recurso me lo resolvieron antes de tiempo (justo ayer) por lo que me encuentro ahora en situación irregular y la cita para solicitar la tarjeta la tengo hasta noviembre. Mi duda es: si ahora me encuentro en situación irregular, ¿Me pondrían un problema si solicito la tarjeta de residencia, por ser pareja de hecho de mi novio? Lo digo por que me da miedo todo el expediente que se tiene de mí (denegación de nie, recurso de reposición, etc.) y no sé si a la larga extranjería vea eso con malos ojos y nos nieguen la solicitud o algo peor. ¿Qué piensan?
04/07/2018 18:25
Alexa122
Hola:

Si su novio es de nacionalidad española o tiene la nacionalidad de otro Estado parte de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza y se ha inscrito como pareja de hecho con él en un Registro Público establecido para el efecto en España o en cualquiera de los Estados parte de la Unión Europea, usted queda cubierta por el régimen comunitario. Y desde el momento en el que ha quedado cubierta por el régimen comunitario, ha quedado autorizada a permanecer provisionalmente en España hasta tanto le sea expedida la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión. Es indiferente si la cita para recibir su solicitud y el expediente se la dan para fecha posterior, porque está autorizada a permanecer provisionalmente en el país.

Si su novio actualmente está trabajando por cuenta ajena o propia, es estudiante matriculado para cursar estudios en España o si no se halla en ninguno de los casos mencionados en cambio cuenta con recursos económicos propios suficientes y seguro médico, usted tiene derecho a que le sea expedida la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.

Si se acoge al supuesto de contar con recursos económicos propios suficientes, la cuantía mínima, para dos personas, es de alrededor de 9000 euros ( le doy cifra redondeada, en realidad es un poco menos, pero prefiero redondeársela, mejor que tenga un poco más a que le falte). Si su novio es español tiene derecho a la asitencia sanitaria pública aunque no trabaje. Si es nacional de otro Estado parte de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza y ha trabajado en España y tiene reconocido el derecho a la asistencia sanitaria pública, no hay problema alguno tampoco. Pero si es nacional de otro Estado parte de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza y nunca ha trabajado en España, se puede admitir la tarjeta sanitaria europea expedida por el país de procedencia siempre que cubra el período de residencia previsto o si no la tiene o no le cubre por tiempo superior a tres meses, será necesario un seguro médico privado con el mismo nivel de cobertura que el ofrecido por el Sistema Nacional de Salud y asimismo, usted deberá tener contratado un seguro médico privado de las mismas características.

Un cordial saludo.
05/07/2018 13:42
Alexa122
Buenas tardes.
También tengo dudas sobre este tema.
Espero me puedan ayudar.
Mi caso es el siguiente :

Llevo casi dos años de relación con mi novia. Y queremos que venga a vivir aquí 3n Madrid. Ella es de Paraguay y queremos formalizar la pareja de hecho para que obtenga la tarjeta de residencia.
Yo dispongo de la tarjeta de régimen comunitario y me acaban de dar cita para el juramento de nacionalidad española el 30 de octubre de este año.
A parte de eso también estoy trabajando...
Pero mi novia y yo queremos vivir en Madrid y que ella resida de forma legal ( ella Estaria en Madrid en septiembre aprox)
En el curso de estos dos últimos años, he vivido en Paraguay con ella por mas de un año ( desde febrero del 2017 a Mayo del 2018)
Mi pregunta es: 1) Qué pasos debo seguir para formalizar la pareja de hecho, puesto que exigen 12 meses de convivencia ( pero no especifican donde exactamente) y si es necesario el certificado de empadronamiento de los dos o sólo con el mio vale.

2) podriamos hacer valer esos 12 meses de convivencia aunque se haya dado fuera del territorio español?

3) cual seria la forma más rápida y factible para que mi novia resida de manera legal en territorio español?

4) En caso de que se pueda realizar la formalización de pareja de hecho, qué documentos necesita traer mi novia?

Espero puedan ayudarme ya que estamos un poquito desesperados y descolocados con el tema.

Desde ya muchas Gracias.