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Pareja de hecho y NIE estudiante

1 Comentarios
 
Pareja de hecho y nie estudiante
07/06/2012 19:37
Hola, gracias por permitirme participar.
Mi duda es la siguiente: quiero hacerme pareja de hecho con mi novia española. Yo soy de Perú y estuve casado ahí con peruana, pero también me divorcié en Perú por la vía judicial pero de mutuo acuerdo. Necesito el procedimiento exequatur para hacerme pareja de hecho aquí, si todo fue hecho en Perú y con peruana?
Ahora estoy tramitando mi renovación de NIE de estudiante por lo que vine en un primer momento, mi nie vencía el 12 de junio pero presente mis papeles de renovación el 16 de abril, cuando debería esperar respuesta para saber si fue positiva o negativa la renovación? Gracias
08/06/2012 02:16
Hola.

NO. Sería necesario exequátur, si se hubiera casado en España (bien ante autoridad española, bien ante el cónsul de su país acreditado en España y luego hubiera solicitado la inscripción en el Registro Civil español), aunque ambos fueran extranjeros, porque sería necesario rectificar lo que publica el Registro Civil español (por el principio de coincidencia entre los asientos registrales y la realidad), lo cual, en virtud de haber sido resuelto por una sentencia dictada por un órgano jurisdiccional extranjero, debe previamente ser sometido a exequátur ante el órgano jurisdiccional español competente.

Pero si usted se casó en Perú, con peruana, no hay punto de conexión con el ordenamiento jurídico español. Por tanto, no hay necesidad de tramitar exequátur de la sentencia peruana. Usted es extranjero y su estado civil se rige por su ley personal, que es la ley de su nacionalidad. Debe probarlo, conforme a ella (certificado de estado civil, en el que debe constar que su estado civil es el de divorciado - no soltero, porque jamás se vuelve a ser soltero- ; también debe adjuntar copia de la sentencia con razón de firmeza y certificación de inscripción en el Registro Civil y copia del certificado literal del anterior matrimonio, con la marginación de la razón de haber quedado disuelto el vínculo matrimonial, por sentencia judicial).

El plazo con el que cuenta la Administración para renovar su autorización de estancia por estudios es de 3 meses. Si no recibe notificación en ese plazo, puede entender su solicitud desestimada (silencio administrativo negativo).

Un cordial saludo.
Pareja de hecho y NIE estudiante | PorticoLegal
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Pareja de hecho y nie estudiante
07/06/2012 19:37
Hola, gracias por permitirme participar.
Mi duda es la siguiente: quiero hacerme pareja de hecho con mi novia española. Yo soy de Perú y estuve casado ahí con peruana, pero también me divorcié en Perú por la vía judicial pero de mutuo acuerdo. Necesito el procedimiento exequatur para hacerme pareja de hecho aquí, si todo fue hecho en Perú y con peruana?
Ahora estoy tramitando mi renovación de NIE de estudiante por lo que vine en un primer momento, mi nie vencía el 12 de junio pero presente mis papeles de renovación el 16 de abril, cuando debería esperar respuesta para saber si fue positiva o negativa la renovación? Gracias
08/06/2012 02:16
Hola.

NO. Sería necesario exequátur, si se hubiera casado en España (bien ante autoridad española, bien ante el cónsul de su país acreditado en España y luego hubiera solicitado la inscripción en el Registro Civil español), aunque ambos fueran extranjeros, porque sería necesario rectificar lo que publica el Registro Civil español (por el principio de coincidencia entre los asientos registrales y la realidad), lo cual, en virtud de haber sido resuelto por una sentencia dictada por un órgano jurisdiccional extranjero, debe previamente ser sometido a exequátur ante el órgano jurisdiccional español competente.

Pero si usted se casó en Perú, con peruana, no hay punto de conexión con el ordenamiento jurídico español. Por tanto, no hay necesidad de tramitar exequátur de la sentencia peruana. Usted es extranjero y su estado civil se rige por su ley personal, que es la ley de su nacionalidad. Debe probarlo, conforme a ella (certificado de estado civil, en el que debe constar que su estado civil es el de divorciado - no soltero, porque jamás se vuelve a ser soltero- ; también debe adjuntar copia de la sentencia con razón de firmeza y certificación de inscripción en el Registro Civil y copia del certificado literal del anterior matrimonio, con la marginación de la razón de haber quedado disuelto el vínculo matrimonial, por sentencia judicial).

El plazo con el que cuenta la Administración para renovar su autorización de estancia por estudios es de 3 meses. Si no recibe notificación en ese plazo, puede entender su solicitud desestimada (silencio administrativo negativo).

Un cordial saludo.