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Pareja de hecho

3 Comentarios
 
Pareja de hecho
25/03/2019 22:47
Buenas tardes, quisiera saber una cosa: mi pareja y yo nos hicimos pareja en Barcelona (ciudad). Conseguí la tarjeta comunitaria, pero ahora estamos pensando en mudarnos. Mi duda es: ¿Podemos mudarnos de piso y darnos de alta en el empadronamiento en el nuevo piso, sin que eso suponga la cancelación de la pareja de hecho? ¿Existe alguna notificación de cambio de domicilio o algo así, para que no se cancele la pareja de hecho?

Lo comento porque en donde estamos empadronados ahora, a relacion con los compañeros de piso no es muy buena y nos da miedo que el casero o bien el mismo ayuntamiento, al ver que haya mas gente que se quiera empadronar ahí, nos den de baja.

Gracias
25/03/2019 23:09
Alexa122
Hola :

Si se han inscrito en el Registro de Parejas Estables de Cataluña ( a cargo del Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya), pueden mudarse a cualquier otro sitio dentro de Cataluña, que eso no supondrá baja registral alguna, pues el Registro es autonómico. En todo caso, es importante que siempre estén empadronados en la misma vivienda.

Un cordial saludo.
27/03/2019 03:14
Condedecartagena
Gracias!! ¿Osea que si podemos empadronarnos en otro sitio siempre y cuando sea juntos y dentro de Barcelona?

¿Hay que hacer algun escrito notarial o algo para notificar el cambio al registro o solo basta con darse de alta en el nuevo sitio?

Mil gracias por la respuesta! :)
27/03/2019 12:25
Alexa122
Hola:

Pueden empadronarse en cualquier otra vivienda, siempre juntos.

No hay que hacer ningún escrito notarial. Existe, en todo caso, la obligación de comunicar los cambios de domicilio, pero esto no es algo que haga todo el mundo y en la práctica, al tener el Cuerpo Nacional de Policía acceso al Padrón Municipal de Habitantes de todos los ayuntamientos de España por expresa disposición legal, la no comunicación del cambio de domicilio no es algo que termine acarreando consecuencias negativas para el extranjero que no lo hace, pues el Cuerpo Nacional de Policía siempre podrá tener conocimiento de la nueva dirección de empadronamiento del extranjero. No obstante, puede simplemente redactar un breve escrito en el que informe del cambio de domicilio, acompañado del nuevo certificado de empadronamiento y dirigírselo a la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia.

Cuando le corresponda renovar la tarjeta de identidad de extranjero, si ha cambiado de domicilio, debe aportar nuevo certificado de empadronamiento.

Un cordial saludo.
Pareja de hecho | PorticoLegal
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Pareja de hecho
25/03/2019 22:47
Buenas tardes, quisiera saber una cosa: mi pareja y yo nos hicimos pareja en Barcelona (ciudad). Conseguí la tarjeta comunitaria, pero ahora estamos pensando en mudarnos. Mi duda es: ¿Podemos mudarnos de piso y darnos de alta en el empadronamiento en el nuevo piso, sin que eso suponga la cancelación de la pareja de hecho? ¿Existe alguna notificación de cambio de domicilio o algo así, para que no se cancele la pareja de hecho?

Lo comento porque en donde estamos empadronados ahora, a relacion con los compañeros de piso no es muy buena y nos da miedo que el casero o bien el mismo ayuntamiento, al ver que haya mas gente que se quiera empadronar ahí, nos den de baja.

Gracias
25/03/2019 23:09
Alexa122
Hola :

Si se han inscrito en el Registro de Parejas Estables de Cataluña ( a cargo del Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya), pueden mudarse a cualquier otro sitio dentro de Cataluña, que eso no supondrá baja registral alguna, pues el Registro es autonómico. En todo caso, es importante que siempre estén empadronados en la misma vivienda.

Un cordial saludo.
27/03/2019 03:14
Condedecartagena
Gracias!! ¿Osea que si podemos empadronarnos en otro sitio siempre y cuando sea juntos y dentro de Barcelona?

¿Hay que hacer algun escrito notarial o algo para notificar el cambio al registro o solo basta con darse de alta en el nuevo sitio?

Mil gracias por la respuesta! :)
27/03/2019 12:25
Alexa122
Hola:

Pueden empadronarse en cualquier otra vivienda, siempre juntos.

No hay que hacer ningún escrito notarial. Existe, en todo caso, la obligación de comunicar los cambios de domicilio, pero esto no es algo que haga todo el mundo y en la práctica, al tener el Cuerpo Nacional de Policía acceso al Padrón Municipal de Habitantes de todos los ayuntamientos de España por expresa disposición legal, la no comunicación del cambio de domicilio no es algo que termine acarreando consecuencias negativas para el extranjero que no lo hace, pues el Cuerpo Nacional de Policía siempre podrá tener conocimiento de la nueva dirección de empadronamiento del extranjero. No obstante, puede simplemente redactar un breve escrito en el que informe del cambio de domicilio, acompañado del nuevo certificado de empadronamiento y dirigírselo a la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia.

Cuando le corresponda renovar la tarjeta de identidad de extranjero, si ha cambiado de domicilio, debe aportar nuevo certificado de empadronamiento.

Un cordial saludo.