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pareja de hecho

3 Comentarios
 
Pareja de hecho
29/12/2006 15:39
hola! Mi pregunta es la siguiente, si se vive determinado tiempo con x persona y esta tiene un piso a su nombre, no hay hijos en comun solo de x persona con otro hombre, no son casados ni por iglesia ni por lo civil, ni registrados como pareja de hecho, x persona tendria derecho de propiedad sobre el piso en el momento en q se termine la relacion? espero puedan ayudarme con su respuesta. Gracias de antemano
29/12/2006 16:16
Si x persona tiene una propiedad a su nombre antes de comenzar cualquier relación, incluido el matrimonio, el piso seguirá siendo suyo privativo. Pero si el piso se ha adquirido durante una relación matrimonial en régimen de gananciales, se supone que pertenece al matrimonio al 50%, independientemente de quien figure en la escritura.

No ocurriría así en el caso de que el matrimonio se hubiera estipulado en régimen de separación de bienes.

Ahora, en el supuesto que tu comentas y si la propiedad se hubiera adquirido mientras existía una relación de pareja de hecho, incluso sin registrar, habría que estarse a las pruebas y a la apreciación que hiciera el juez de las mismas. Es decir, podría ocurrir cualquier cosa. Como es lógico, sería de mucho peso lo que figurase en la escritura del bien y en el registro de la propiedad, pero no tendría por qué ser determinante.

El hecho de que haya hijos de por medio, bien de uno, del otro o de los dos, no tendría por qué afectar a la titularidad explícita o implícita de la propiedad.

Salvo mejor criterio

Saludos
29/12/2006 19:47
Si el piso era privativo, seguirá siendo privativo, sin perjuicio de que si ha entregado cantidades para su compra y puede probar dicha inversión pueda reclamar actualizada la devolución de esas cantidades, si el piso no está escriturado también a su favor. Si figura en escritura, podrá llegar a un acuerdo con la otra parte sobre la compra o venta de ambas partes, la venta del bien para dividir el dinero proporcionalmente, o bien acudir a un procedimiento judicial de división de la cosa común en caso de desacuerdo.
Un saludo.

29/12/2006 21:09
Lo que a mi no me ha quedao muy claro es la útima opción, pues en caso de desacuerdo y si se acude a un procedimiento judicial, ¿Qué ocurriría en el supuesto de que el piso estuviera a nombre de los dos al 50% y uno de ellos no hubiera pagado nada y el otro lo hubiese pagado todo? O bien uno hubiese pagado un 90% y el otro un 10, por ejemplo. Pues dependiendo de éso habría acuerdo previo o no para vender o adjudicarse la propiedad entre las partes, y las dos primeras opciones podrían no tener razón de ser.

Lo digo porque, si no recuerdo mal, en una ocasión leí algo sobre la Jurisprudencia de una Audiencia Provincial determinada, en la que se asumía que cualquier propiedad que estuviese escriturada al 50% entre una pareja de hecho, se adjudicaría en esa proporción independientemente de las aportaciones económicas que cada uno hubiese efectuado. Lo cual me parece muy bien en el caso de que se hubiera pactado explícitamente así entre los miembros de la pareja, o hubiese indicios que probaran inequívocamente un pacto implícito en ese sentido. Pero de lo contrario, y puesto que la pareja no se quiso casar, habría que asumir que rechazaban cualquier regulación económica específica.
Y por lo que sería entonces de aplicación la legislación general sobre la Comunidad de Bienes recogida en el Código Civil. Concretamente el artículo donde dice que "El concurso de los partícipes, tanto en los beneficios como en las cargas, será proporcional a sus respectivas cuotas."
Se podrían presumir iguales las porciones correspondientes a los partícipes en la comunidad, pero si se prueba lo contrario, habría que tenerlo en cuenta, digo yo.

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Pareja de hecho
29/12/2006 15:39
hola! Mi pregunta es la siguiente, si se vive determinado tiempo con x persona y esta tiene un piso a su nombre, no hay hijos en comun solo de x persona con otro hombre, no son casados ni por iglesia ni por lo civil, ni registrados como pareja de hecho, x persona tendria derecho de propiedad sobre el piso en el momento en q se termine la relacion? espero puedan ayudarme con su respuesta. Gracias de antemano
29/12/2006 16:16
Si x persona tiene una propiedad a su nombre antes de comenzar cualquier relación, incluido el matrimonio, el piso seguirá siendo suyo privativo. Pero si el piso se ha adquirido durante una relación matrimonial en régimen de gananciales, se supone que pertenece al matrimonio al 50%, independientemente de quien figure en la escritura.

No ocurriría así en el caso de que el matrimonio se hubiera estipulado en régimen de separación de bienes.

Ahora, en el supuesto que tu comentas y si la propiedad se hubiera adquirido mientras existía una relación de pareja de hecho, incluso sin registrar, habría que estarse a las pruebas y a la apreciación que hiciera el juez de las mismas. Es decir, podría ocurrir cualquier cosa. Como es lógico, sería de mucho peso lo que figurase en la escritura del bien y en el registro de la propiedad, pero no tendría por qué ser determinante.

El hecho de que haya hijos de por medio, bien de uno, del otro o de los dos, no tendría por qué afectar a la titularidad explícita o implícita de la propiedad.

Salvo mejor criterio

Saludos
29/12/2006 19:47
Si el piso era privativo, seguirá siendo privativo, sin perjuicio de que si ha entregado cantidades para su compra y puede probar dicha inversión pueda reclamar actualizada la devolución de esas cantidades, si el piso no está escriturado también a su favor. Si figura en escritura, podrá llegar a un acuerdo con la otra parte sobre la compra o venta de ambas partes, la venta del bien para dividir el dinero proporcionalmente, o bien acudir a un procedimiento judicial de división de la cosa común en caso de desacuerdo.
Un saludo.

29/12/2006 21:09
Lo que a mi no me ha quedao muy claro es la útima opción, pues en caso de desacuerdo y si se acude a un procedimiento judicial, ¿Qué ocurriría en el supuesto de que el piso estuviera a nombre de los dos al 50% y uno de ellos no hubiera pagado nada y el otro lo hubiese pagado todo? O bien uno hubiese pagado un 90% y el otro un 10, por ejemplo. Pues dependiendo de éso habría acuerdo previo o no para vender o adjudicarse la propiedad entre las partes, y las dos primeras opciones podrían no tener razón de ser.

Lo digo porque, si no recuerdo mal, en una ocasión leí algo sobre la Jurisprudencia de una Audiencia Provincial determinada, en la que se asumía que cualquier propiedad que estuviese escriturada al 50% entre una pareja de hecho, se adjudicaría en esa proporción independientemente de las aportaciones económicas que cada uno hubiese efectuado. Lo cual me parece muy bien en el caso de que se hubiera pactado explícitamente así entre los miembros de la pareja, o hubiese indicios que probaran inequívocamente un pacto implícito en ese sentido. Pero de lo contrario, y puesto que la pareja no se quiso casar, habría que asumir que rechazaban cualquier regulación económica específica.
Y por lo que sería entonces de aplicación la legislación general sobre la Comunidad de Bienes recogida en el Código Civil. Concretamente el artículo donde dice que "El concurso de los partícipes, tanto en los beneficios como en las cargas, será proporcional a sus respectivas cuotas."
Se podrían presumir iguales las porciones correspondientes a los partícipes en la comunidad, pero si se prueba lo contrario, habría que tenerlo en cuenta, digo yo.