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paro con 1 año cotización?

4 Comentarios
 
21/05/2014 20:13
En cuanto a las respuestas de infodret incurre en varios errores
1.- en cuanto a la "invalidez" realmente es periodo de incapacidad temporal, cuando una persona está de it y dentro de la it se le finaliza el contrato o la despiden, continua cobrando la prestación de it de la SS. a los 12 meses se establece una tercera prórroga de 6 meses y dentro de esa prórroga (suelen esparar al último mes) pasa a examen del tribunal médico, Si el tribunal médico le da el alta y no ha sido depedido ni ha finalizado su contrato se reincorpora a la empresa, si lo han despedido o finalizado el contrato podrá solicitar el paro, pues ya tenía una SLD. y aquí hay que destinguir entre IT contingencias comunes o IT contingencias profesionales (accidente trabajo enfermedad profesional) ITCC cuando solicite el paro todo el tiempo que estuvo de baja de IT desde el fin de contrato se le consumirá de la prestación que se le reconozca (ej baja ITCC 01/02/2013 despido 01/10/2013 17 días vacaciones alta ITCC 01/04/20014. se le consumirá el periodo del 18/10/2013 al 01/04/214) ITCP no se consume nada.
2.- la ayuda a la que se refiere es el llamado subsidio por revisión de la pensión de incapacidad, es decir, una persona que tiene reconocida una incapacidad permanente, si es objetodm e revisión y se la revocan, podrá acceder a ese subsidio si carece de rentas propias superiores al 75% del SMI (483€/mes) y tiene una duración de 18 meses concedidos por prórrogas semestrales importe a percibir 426 euros. La SLD que le permite acceder a este subsidio es la revocación de la incapacidad permanente.
Un saludo.
21/05/2014 19:54
La respuesta de sancho es correcta, pero no termina de contestar tus preguntas. Si has estado en un periodo de IT de 18 meses como dices. cuando te calculen las cotizaciones que tienes acumuladas en lso últimos 6 años desde la situación legal de desempleo o del día que cesó la obiligación de cotizar (ej fin contrato 20/04/2014 esa es la SLD 10 días de vacaciones retribuidos y no disfrutados. el último día que cesó la obligación de cotizar es cuando finalizan las vacaciones el 30/04/2014, así que se mirarán las cotizaciones desde el 01/05/2008 hasta el 30/04/2014) Salvo que ya se hubiese percibido prestación (ej. prestación fecha inicio 03/09/2010. en el ej. anterior se computarían las cotizaciones desde el 03/09/2010 hasta el 30/04/2014).
retomando ese periodo de it 18 meses que has tenido, cómo afecta en el cómputo de los periodos de cotización? pues la fecha desde la que se han de computar la cotizaciones se retrotraerá en 18 meses (o lo que haya durado la IT si fuese menos) es decir que en el ej anterior, fin contrato 20/04/2014 más periodo de vacaciones 30/04/2014 fecha inicial de cómputo de cotizaciones 01/05/2008 habrá que retrotraerla 18 meses 01/11/2006(si no me fallan las mates) operando también el límite de ahber percibido una prestación ej, prestación que comienza el 03/09/2007. ésta fecha marcaría le límite de las cotizaciones que se tendrán en cuenta. Se trata de subsanar la no cotización durante el periodo de IT.
Un saludo.
21/05/2014 15:22
Para acceder a la prestación a la prestación de desempleo es necesario tener 360 días cotizados en la fecha de la situación legal de desempleo, acreditados en los 6 años anteriores a ésta o desde que cesó la obligación de cotizar o desde el reconocimiento de una prestación o subsidio anterior.
No está establecido que tenga que ser "un año de forma ininterumpida" en ningún sitio.
Saludos
20/05/2014 22:16
Buenas noches,

Para acceder a las prestaciones por desempleo es necesario haber trabajado como mínimo un año de forma ininterrumpida antes del momento estar en situación legal de desempleo.

Si al ser dado de alta tras un periodo de invalidez, no se produce la obligatoria readmisión en la empresa de origen, se tendrá derecho a desempleo si ya se tenia derecho antes de la invalidez.

En caso contrario, existe una ayuda con una duración de 6 meses siempre que se esté en situación legal de desempleo y con rentas inferiores a 470 euros.

El periodo de 6 años a que hace referencia la pregunta, unicamente determina el periodo máximo de cómputo temporal para el derecho a prestacion: 6 años cotizados de forna ininterrumpida=24 meses de prestación por desempleo.

Para mas informacion http://www.infodret.com/
Paro con 1 año cotización?
19/05/2014 19:04
Para tener derecho a las prestaciones del paro tengo entendido de que es necesario haber cotizado como mínimo 1 año dentro de los 6 últimos años. Cómo debe entenderse eso? es necesario que el el año cotizado sea el último de los 6?. Si tengo una laguna, sin cotizar, por invalidez, de año y medio en los últimos dos años..pierdo el derecho?
paro con 1 año cotización? | PorticoLegal
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21/05/2014 20:13
En cuanto a las respuestas de infodret incurre en varios errores
1.- en cuanto a la "invalidez" realmente es periodo de incapacidad temporal, cuando una persona está de it y dentro de la it se le finaliza el contrato o la despiden, continua cobrando la prestación de it de la SS. a los 12 meses se establece una tercera prórroga de 6 meses y dentro de esa prórroga (suelen esparar al último mes) pasa a examen del tribunal médico, Si el tribunal médico le da el alta y no ha sido depedido ni ha finalizado su contrato se reincorpora a la empresa, si lo han despedido o finalizado el contrato podrá solicitar el paro, pues ya tenía una SLD. y aquí hay que destinguir entre IT contingencias comunes o IT contingencias profesionales (accidente trabajo enfermedad profesional) ITCC cuando solicite el paro todo el tiempo que estuvo de baja de IT desde el fin de contrato se le consumirá de la prestación que se le reconozca (ej baja ITCC 01/02/2013 despido 01/10/2013 17 días vacaciones alta ITCC 01/04/20014. se le consumirá el periodo del 18/10/2013 al 01/04/214) ITCP no se consume nada.
2.- la ayuda a la que se refiere es el llamado subsidio por revisión de la pensión de incapacidad, es decir, una persona que tiene reconocida una incapacidad permanente, si es objetodm e revisión y se la revocan, podrá acceder a ese subsidio si carece de rentas propias superiores al 75% del SMI (483€/mes) y tiene una duración de 18 meses concedidos por prórrogas semestrales importe a percibir 426 euros. La SLD que le permite acceder a este subsidio es la revocación de la incapacidad permanente.
Un saludo.
21/05/2014 19:54
La respuesta de sancho es correcta, pero no termina de contestar tus preguntas. Si has estado en un periodo de IT de 18 meses como dices. cuando te calculen las cotizaciones que tienes acumuladas en lso últimos 6 años desde la situación legal de desempleo o del día que cesó la obiligación de cotizar (ej fin contrato 20/04/2014 esa es la SLD 10 días de vacaciones retribuidos y no disfrutados. el último día que cesó la obligación de cotizar es cuando finalizan las vacaciones el 30/04/2014, así que se mirarán las cotizaciones desde el 01/05/2008 hasta el 30/04/2014) Salvo que ya se hubiese percibido prestación (ej. prestación fecha inicio 03/09/2010. en el ej. anterior se computarían las cotizaciones desde el 03/09/2010 hasta el 30/04/2014).
retomando ese periodo de it 18 meses que has tenido, cómo afecta en el cómputo de los periodos de cotización? pues la fecha desde la que se han de computar la cotizaciones se retrotraerá en 18 meses (o lo que haya durado la IT si fuese menos) es decir que en el ej anterior, fin contrato 20/04/2014 más periodo de vacaciones 30/04/2014 fecha inicial de cómputo de cotizaciones 01/05/2008 habrá que retrotraerla 18 meses 01/11/2006(si no me fallan las mates) operando también el límite de ahber percibido una prestación ej, prestación que comienza el 03/09/2007. ésta fecha marcaría le límite de las cotizaciones que se tendrán en cuenta. Se trata de subsanar la no cotización durante el periodo de IT.
Un saludo.
21/05/2014 15:22
Para acceder a la prestación a la prestación de desempleo es necesario tener 360 días cotizados en la fecha de la situación legal de desempleo, acreditados en los 6 años anteriores a ésta o desde que cesó la obligación de cotizar o desde el reconocimiento de una prestación o subsidio anterior.
No está establecido que tenga que ser "un año de forma ininterumpida" en ningún sitio.
Saludos
20/05/2014 22:16
Buenas noches,

Para acceder a las prestaciones por desempleo es necesario haber trabajado como mínimo un año de forma ininterrumpida antes del momento estar en situación legal de desempleo.

Si al ser dado de alta tras un periodo de invalidez, no se produce la obligatoria readmisión en la empresa de origen, se tendrá derecho a desempleo si ya se tenia derecho antes de la invalidez.

En caso contrario, existe una ayuda con una duración de 6 meses siempre que se esté en situación legal de desempleo y con rentas inferiores a 470 euros.

El periodo de 6 años a que hace referencia la pregunta, unicamente determina el periodo máximo de cómputo temporal para el derecho a prestacion: 6 años cotizados de forna ininterrumpida=24 meses de prestación por desempleo.

Para mas informacion http://www.infodret.com/
Paro con 1 año cotización?
19/05/2014 19:04
Para tener derecho a las prestaciones del paro tengo entendido de que es necesario haber cotizado como mínimo 1 año dentro de los 6 últimos años. Cómo debe entenderse eso? es necesario que el el año cotizado sea el último de los 6?. Si tengo una laguna, sin cotizar, por invalidez, de año y medio en los últimos dos años..pierdo el derecho?