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Paro

4 Comentarios
 
07/01/2011 20:52
Muchísimas gracias Shughart por aclararme mis dudas
07/01/2011 18:08
No, tan sólo se tendrán en cuenta las rentas de cualquier naturaleza del solicitante, no del cónyuge.
Pero OJO, si estáis en régimen de gananciales, al tenerse en cuenta todas las rentas, los bienes mobiliarios e inmobiliarios, aunque el bien sea de uno, lo obtenido de la explotación del bien es al 50% (no se tienen en cuenta la vivienda habitual).
07/01/2011 17:36
Muchas gracias por tu ayuda, con referencia a los artículos la verdad es que soy bastante torpe ya que por más que leo menos me entero, en lo que te refieres a lo de cobrar la ayuda de mayores de 52 años, te cometo mi mujer no tiene ningún ingreso ni rentas, en casa entra mi pensión de jubilación que es de 1400 euros, esto afectaría o no tiene que ver con ella.
07/01/2011 17:11
Realmente, para el cálculo de la prestación de desempleo, se toma la base de cotización por contingencias profesionales sin incluir las horas extraordinarias, pero bien.
Si la base es común en los 6 meses inmediatamente anteriores al hecho causante, tomas dicha base (800) y la multiplicas por 70% (durante los 6 primeros meses de prestación), y por 60% (durante el resto de la duración de la prestación).
Después tendrás que tener en cuenta los límites mínimos y máximos, atendiendo a las responsabilidades familiares.
Mírate el art. 211 LGSS, aprobado por RD Legislativo 1/1994.

Por lo que respecta al subsidio para mayores de 52 años, no se tiene derecho simplemente por alcanzar dicha edad, sino que se deben cumplir una serie de requisitos (principalmente, carecer de ingresos superiores al 75% del salario mínimo interprofesional mensual, el resto de requisitos en principio los cumplirías). Mírate el art. 215 LGSS, aprobado por el RD Legislativo 1/1994.
Paro
07/01/2011 16:50


Mi mujer actualmente está trabajando 28 horas semanales con un salario de 800 euros en la base de contingencias comunes, y una antigüedad en la empresa de 10 años y unos 18 años cotizados, en caso de ir al paro,¿ que cobraría aproximadamente al mes?, ¿supongo que le pertenecerían 24 meses de paro? Actualmente tiene 55 años por lo que supongo que después de cobrar el paro podría cobrar la ayuda para mayores de 52 años hasta la edad de jubilación.
Paro | PorticoLegal
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07/01/2011 20:52
Muchísimas gracias Shughart por aclararme mis dudas
07/01/2011 18:08
No, tan sólo se tendrán en cuenta las rentas de cualquier naturaleza del solicitante, no del cónyuge.
Pero OJO, si estáis en régimen de gananciales, al tenerse en cuenta todas las rentas, los bienes mobiliarios e inmobiliarios, aunque el bien sea de uno, lo obtenido de la explotación del bien es al 50% (no se tienen en cuenta la vivienda habitual).
07/01/2011 17:36
Muchas gracias por tu ayuda, con referencia a los artículos la verdad es que soy bastante torpe ya que por más que leo menos me entero, en lo que te refieres a lo de cobrar la ayuda de mayores de 52 años, te cometo mi mujer no tiene ningún ingreso ni rentas, en casa entra mi pensión de jubilación que es de 1400 euros, esto afectaría o no tiene que ver con ella.
07/01/2011 17:11
Realmente, para el cálculo de la prestación de desempleo, se toma la base de cotización por contingencias profesionales sin incluir las horas extraordinarias, pero bien.
Si la base es común en los 6 meses inmediatamente anteriores al hecho causante, tomas dicha base (800) y la multiplicas por 70% (durante los 6 primeros meses de prestación), y por 60% (durante el resto de la duración de la prestación).
Después tendrás que tener en cuenta los límites mínimos y máximos, atendiendo a las responsabilidades familiares.
Mírate el art. 211 LGSS, aprobado por RD Legislativo 1/1994.

Por lo que respecta al subsidio para mayores de 52 años, no se tiene derecho simplemente por alcanzar dicha edad, sino que se deben cumplir una serie de requisitos (principalmente, carecer de ingresos superiores al 75% del salario mínimo interprofesional mensual, el resto de requisitos en principio los cumplirías). Mírate el art. 215 LGSS, aprobado por el RD Legislativo 1/1994.
Paro
07/01/2011 16:50


Mi mujer actualmente está trabajando 28 horas semanales con un salario de 800 euros en la base de contingencias comunes, y una antigüedad en la empresa de 10 años y unos 18 años cotizados, en caso de ir al paro,¿ que cobraría aproximadamente al mes?, ¿supongo que le pertenecerían 24 meses de paro? Actualmente tiene 55 años por lo que supongo que después de cobrar el paro podría cobrar la ayuda para mayores de 52 años hasta la edad de jubilación.