Buenas para los trabajadores eventuales y temporeros cuyos servicios para una empresa no excedan de 120 días junto al SMI percibirán la parte proporcional de la retribución de domingos y festivos. Por lo que la cuantía no puede ser inferior al SMI de 34,85 euros.
Me puede explicar alguien como se calcula la parte proporcional de la retribución de los domingos y festivos? Para que salga la cantidad mínima de 34,85?¿