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parte reposo o baja

21 Comentarios
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Parte reposo o baja
01/10/2010 14:23
¡Hola!
Os escribo porque estuve enfermo la semana pasada y el martes asistí al trabajo pero a mitad mañana me tuve que ir porque no me encontraba bien, avisé pero no fui al médico a por ningún papel. Al dia siguiente miércoles intenté ir a trabajar pero como no me encontraba nada bien tampoco fui y no fui al médico. El jueves fuí a urgencias y me hicieron un papel donde se indicaba que debía estar 24h de reposo pero no era un parte de reposo exactamente. El viernes volví a urgencias porque estaba peor y volvieron a darme un justificante pero no era ni un parte de reposo ni la baja. Ahora en la empresa me dicen que aunque el martes fuí a trabajar necesitan que ese dia hubiese ido al médico y justifique, al igual que el miércoles. Que con los justificantes de urgencias no les vale, que solo indica que yo a esa hora estaba en urgencias y no se indica que no debia ir a trabajar.
Mi duda es : ¿necesito un parte de reposo desde el martes hasta el viernes? ¿o necesito la baja? ¿si tuviese el parte de reposo cobro los 4 dias?o no cobraré ninguno de los 4...¿mejor que me den la baja desde el martes hasta el viernes y así al menos cobro el 60% del viernes y de los demás días nada? ¿El dia que te dan el alta se supone que tienes que ir a trabajar o al siguiente?

Si me podeis aclarar todo esto os lo agradeceré, mi convenio es oficinas y despachos.
Luis.
01/10/2010 15:09
Los médicos son muy aficionados a dar estos "partes de reposo" que no sirven absolutamente para nada, si acaso para justificar ante la empresa que estabas de médicos, y no en la feria de Abril.


El documento que te han de dar si no estás en condiciones para trabajar es LA BAJA MEDICA. Ni partes de reposo ni partes de siesta.
01/10/2010 17:15
Pues si, tienen esa costumbre, ya ves tu, que mas les da hacer un parte de baja que de reposo. Ademas, es lo que deberian hacer, ya que aun siendo una contingencia comun hay convenios que establecen el abono por parte de la empresa de esos tres dias que al principio no se cobra prestacion, con lo cual, joroban al trabajador, que lo mismo puede tener derecho a cobrar por convenio y de esa forma lo pierden, aparte de que muchos no entienden que no se les abone. Como ya explica jordizr1 esos partes no valen "pa na" mas que para justificar la falta, pero no para cobrar.
01/10/2010 17:25
Ok, gracias.
Otra duda, ¿el día que vas al médico a que te den el alta se debe ir a trabajar o no?¿O se debe ir al siguiente?
01/10/2010 17:27
Ese dia es de baja todavia. Tendras que ir al dia siguiente. Y para la proxima vez ya lo sabes, si te dan un parte de esos, dile que no, que te hagan la baja.
01/10/2010 18:23
Muchas gracias Majoga por la información. Lo bueno del caso es que el médico no me hizo ninguno de los dos partes, ni el de reposo ni el de baja y tengo que ir con los justificantes a que me haga un parte por los dias que no fuí a trabajar. Me habían comentado que era mejor el de reposo cobraba integros esos días y si era baja 3 días no cobro y el 4º el 60%. Por ello pensaba que sería mejor el de reposo. Pero si no sirve para nada tendré que pedir el otro y perder el sueldo de 3 días.
Gracias.
01/10/2010 18:40
Pues el que te habia dicho esto no tenia ni idea. Si teniendo un parte de baja "como Dios manda" a no ser que el convenio disponga otra cosa, los 3 primeros dias no se tiene derecho a prestacion, imaginate que integro ibas a cobrar con un parte de reposo, un integro de 0 €, la unica finalidad de ese parte seria justificar tus faltas, porque sabreis que por faltas de asistencia injustificadas se puede sancionar al trabajador incluso con el despido, para eso tambien habria que mirar el regimen sancionador del convenio de aplicacion, pero sancion, puede haber.
02/10/2010 02:25
Hombre Majoga, e incluso con faltas justificadas, se podría dar un despido (art. 52.d ET), pero no creo que sea el caso, ni que sea necesario acojonar al personal, jejeje.
02/10/2010 11:05
El pago o no de los días de reposo depende de la empresa, por ejemplo en la mía pagamos hasta tres días al año.
Y ojo, no pierdes tres días de sueldo, es que no los has trabajado.
Pero, como dice Majoga, la acumulación de faltas injustificadas pueden llevar a sanciones, e incluso al despido.
SALUDOS.
02/10/2010 11:06
los medicos de urgencias no dan bajas con ese informe tienes que ir a tu medico de cabecera a por la baja
02/10/2010 11:11
"los medicos de urgencias no dan bajas con ese informe tienes que ir a tu medico de cabecera a por la baja"


Exactamente,hay esta el matiz.
02/10/2010 13:31
No lo sabia que los médicos e urgencias no daban bajas, pensaba que las daban si era necesario si no no.
Muchas gracias a todos por las aclaraciones.
Una duda que tengo.
Si yo un dia estoy en el trabajo y me encuentro mal y me voy a casa. ¿Es necesario que vaya al médico y me de una baja de un día para no tener problemas en la empresa?
O ese día como he asistido al trabajo aunque solo haya estado un par de horas cuenta como que he trabajado y lo cobro y ya está.
02/10/2010 14:42
Evidentemente, no.
SALUDOS.
02/10/2010 16:36
Por favor Vegas, podias indicarme cuál de las dos es evidente que no. No lo he entendido.

¿Qué ese día no es necesario que vaya al médico a que me dé la baja por 1 día?

¿O qué ese día no me cuenta como trabajado?

Gracias.
02/10/2010 18:00
Es necesario que vayas al médico para que justifique la enfermedad, y por tanto tu ausencia.
Por otra parte, la empresa no tiene porque pagarte las horas no trabajadas.
Hay que separar la justificación del pago, que a ti el médico te de un día de reposo justifica tu ausencia, pero no implica el pago.
Al final, la consecuencia de la baja y el reposo en los tres primeros días es la misma, está justificada tu falta, pero la empresa no tiene que pagartelo.
SALUDOS.
SALUDOS.
02/10/2010 18:40
Gracias Vegas, aclarada la duda.
03/10/2010 11:54
jajaj, vale, Shugart, pero es asi como digo o no? Es que mas vale acojonao en mano que "sopresa" volando, :p
03/10/2010 12:21
como experiencia personal diré que a mi me ha valido el justificante de urgencias , ese que te pone que has permanecido allí hasta tal hora y jamas me han descontado un euro por las horas de trabajo ke se encontraban fuera del justificante.
03/10/2010 23:08
Porque tu empresa será mjuy flexible o vuestro convenio tal vez disponga algó así, pero no podemos extrapolar esas situaciones, propias de una empresa o convenio en concreto a nivel general, porique generamos confusión en el resto de la gente.

Como ya se ha dicho, este tipo de justificantes sirven para eso, para "justificar" esa ausencia y/o reposo que nos hayan podido prescribir 8y, por tanto, para que, además de descontarnos el salario, no seamos sancionados por faltas injustificadas), pero no son una baja y no tienen el mismo tratamiento.

Como también se ha dicho, es cierto que los 3 primeros dias no se devenga la prestación de IT, y sin duda eso es lo que lleva a muchos medicos a limitarse a dar justificantes y/o "recomendaciones" de reposo (y me refiero a médicos de cabecera de la S.S. que son los únicos facultados para dar la baja), pero comot ambien alguine ha apuntado, son muchos los convenios y/o politicas de empresa que complementan esa situacion desde el primer día de baja, pero claro, el parte de baja como tal.
Para colmo, si la cosa se complica y al final la recuperacion es mas larga, no tendremos la baja desde el primer dia de ausencia (aunque a veces se emoten bajas con efecto retroactivo, pero no siempre).

Ah!, aprovecho para comentar un par más de leyendas urbanas del mundo del derecho laboral:

- "por menos de 3 días no tienes que pedir la baja"
- "el médico no puede dar bajas por menos de dos dias"

Evidentemente, como todas las leyendas urbanas, ambas con falsas.

Saludos
03/10/2010 23:09
perdón, quería decir "el médico no puede dar bajas por menos de TRES días"
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21 Comentarios
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01/10/2010 14:23
¡Hola!
Os escribo porque estuve enfermo la semana pasada y el martes asistí al trabajo pero a mitad mañana me tuve que ir porque no me encontraba bien, avisé pero no fui al médico a por ningún papel. Al dia siguiente miércoles intenté ir a trabajar pero como no me encontraba nada bien tampoco fui y no fui al médico. El jueves fuí a urgencias y me hicieron un papel donde se indicaba que debía estar 24h de reposo pero no era un parte de reposo exactamente. El viernes volví a urgencias porque estaba peor y volvieron a darme un justificante pero no era ni un parte de reposo ni la baja. Ahora en la empresa me dicen que aunque el martes fuí a trabajar necesitan que ese dia hubiese ido al médico y justifique, al igual que el miércoles. Que con los justificantes de urgencias no les vale, que solo indica que yo a esa hora estaba en urgencias y no se indica que no debia ir a trabajar.
Mi duda es : ¿necesito un parte de reposo desde el martes hasta el viernes? ¿o necesito la baja? ¿si tuviese el parte de reposo cobro los 4 dias?o no cobraré ninguno de los 4...¿mejor que me den la baja desde el martes hasta el viernes y así al menos cobro el 60% del viernes y de los demás días nada? ¿El dia que te dan el alta se supone que tienes que ir a trabajar o al siguiente?

Si me podeis aclarar todo esto os lo agradeceré, mi convenio es oficinas y despachos.
Luis.
01/10/2010 15:09
Los médicos son muy aficionados a dar estos "partes de reposo" que no sirven absolutamente para nada, si acaso para justificar ante la empresa que estabas de médicos, y no en la feria de Abril.


El documento que te han de dar si no estás en condiciones para trabajar es LA BAJA MEDICA. Ni partes de reposo ni partes de siesta.
01/10/2010 17:15
Pues si, tienen esa costumbre, ya ves tu, que mas les da hacer un parte de baja que de reposo. Ademas, es lo que deberian hacer, ya que aun siendo una contingencia comun hay convenios que establecen el abono por parte de la empresa de esos tres dias que al principio no se cobra prestacion, con lo cual, joroban al trabajador, que lo mismo puede tener derecho a cobrar por convenio y de esa forma lo pierden, aparte de que muchos no entienden que no se les abone. Como ya explica jordizr1 esos partes no valen "pa na" mas que para justificar la falta, pero no para cobrar.
01/10/2010 17:25
Ok, gracias.
Otra duda, ¿el día que vas al médico a que te den el alta se debe ir a trabajar o no?¿O se debe ir al siguiente?
01/10/2010 17:27
Ese dia es de baja todavia. Tendras que ir al dia siguiente. Y para la proxima vez ya lo sabes, si te dan un parte de esos, dile que no, que te hagan la baja.
01/10/2010 18:23
Muchas gracias Majoga por la información. Lo bueno del caso es que el médico no me hizo ninguno de los dos partes, ni el de reposo ni el de baja y tengo que ir con los justificantes a que me haga un parte por los dias que no fuí a trabajar. Me habían comentado que era mejor el de reposo cobraba integros esos días y si era baja 3 días no cobro y el 4º el 60%. Por ello pensaba que sería mejor el de reposo. Pero si no sirve para nada tendré que pedir el otro y perder el sueldo de 3 días.
Gracias.
01/10/2010 18:40
Pues el que te habia dicho esto no tenia ni idea. Si teniendo un parte de baja "como Dios manda" a no ser que el convenio disponga otra cosa, los 3 primeros dias no se tiene derecho a prestacion, imaginate que integro ibas a cobrar con un parte de reposo, un integro de 0 €, la unica finalidad de ese parte seria justificar tus faltas, porque sabreis que por faltas de asistencia injustificadas se puede sancionar al trabajador incluso con el despido, para eso tambien habria que mirar el regimen sancionador del convenio de aplicacion, pero sancion, puede haber.
02/10/2010 02:25
Hombre Majoga, e incluso con faltas justificadas, se podría dar un despido (art. 52.d ET), pero no creo que sea el caso, ni que sea necesario acojonar al personal, jejeje.
02/10/2010 11:05
El pago o no de los días de reposo depende de la empresa, por ejemplo en la mía pagamos hasta tres días al año.
Y ojo, no pierdes tres días de sueldo, es que no los has trabajado.
Pero, como dice Majoga, la acumulación de faltas injustificadas pueden llevar a sanciones, e incluso al despido.
SALUDOS.
02/10/2010 11:06
los medicos de urgencias no dan bajas con ese informe tienes que ir a tu medico de cabecera a por la baja
02/10/2010 11:11
"los medicos de urgencias no dan bajas con ese informe tienes que ir a tu medico de cabecera a por la baja"


Exactamente,hay esta el matiz.
02/10/2010 13:31
No lo sabia que los médicos e urgencias no daban bajas, pensaba que las daban si era necesario si no no.
Muchas gracias a todos por las aclaraciones.
Una duda que tengo.
Si yo un dia estoy en el trabajo y me encuentro mal y me voy a casa. ¿Es necesario que vaya al médico y me de una baja de un día para no tener problemas en la empresa?
O ese día como he asistido al trabajo aunque solo haya estado un par de horas cuenta como que he trabajado y lo cobro y ya está.
02/10/2010 14:42
Evidentemente, no.
SALUDOS.
02/10/2010 16:36
Por favor Vegas, podias indicarme cuál de las dos es evidente que no. No lo he entendido.

¿Qué ese día no es necesario que vaya al médico a que me dé la baja por 1 día?

¿O qué ese día no me cuenta como trabajado?

Gracias.
02/10/2010 18:00
Es necesario que vayas al médico para que justifique la enfermedad, y por tanto tu ausencia.
Por otra parte, la empresa no tiene porque pagarte las horas no trabajadas.
Hay que separar la justificación del pago, que a ti el médico te de un día de reposo justifica tu ausencia, pero no implica el pago.
Al final, la consecuencia de la baja y el reposo en los tres primeros días es la misma, está justificada tu falta, pero la empresa no tiene que pagartelo.
SALUDOS.
SALUDOS.
02/10/2010 18:40
Gracias Vegas, aclarada la duda.
03/10/2010 11:54
jajaj, vale, Shugart, pero es asi como digo o no? Es que mas vale acojonao en mano que "sopresa" volando, :p
03/10/2010 12:21
como experiencia personal diré que a mi me ha valido el justificante de urgencias , ese que te pone que has permanecido allí hasta tal hora y jamas me han descontado un euro por las horas de trabajo ke se encontraban fuera del justificante.
03/10/2010 23:08
Porque tu empresa será mjuy flexible o vuestro convenio tal vez disponga algó así, pero no podemos extrapolar esas situaciones, propias de una empresa o convenio en concreto a nivel general, porique generamos confusión en el resto de la gente.

Como ya se ha dicho, este tipo de justificantes sirven para eso, para "justificar" esa ausencia y/o reposo que nos hayan podido prescribir 8y, por tanto, para que, además de descontarnos el salario, no seamos sancionados por faltas injustificadas), pero no son una baja y no tienen el mismo tratamiento.

Como también se ha dicho, es cierto que los 3 primeros dias no se devenga la prestación de IT, y sin duda eso es lo que lleva a muchos medicos a limitarse a dar justificantes y/o "recomendaciones" de reposo (y me refiero a médicos de cabecera de la S.S. que son los únicos facultados para dar la baja), pero comot ambien alguine ha apuntado, son muchos los convenios y/o politicas de empresa que complementan esa situacion desde el primer día de baja, pero claro, el parte de baja como tal.
Para colmo, si la cosa se complica y al final la recuperacion es mas larga, no tendremos la baja desde el primer dia de ausencia (aunque a veces se emoten bajas con efecto retroactivo, pero no siempre).

Ah!, aprovecho para comentar un par más de leyendas urbanas del mundo del derecho laboral:

- "por menos de 3 días no tienes que pedir la baja"
- "el médico no puede dar bajas por menos de dos dias"

Evidentemente, como todas las leyendas urbanas, ambas con falsas.

Saludos
03/10/2010 23:09
perdón, quería decir "el médico no puede dar bajas por menos de TRES días"