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Particion herencia

3 Comentarios
 
22/06/2012 22:25
muchas gracias
22/06/2012 11:39
Los Bancos tienen obligación de guardar a disposición de sus clientes los últimos 4 años. Sin embargo, y por su propio interés, guardan hasta "los clavos de las puertas". Con los medios informaticos de hoy dia, te puedo garantizar que tienen documentación, como mínimo de los últimos 30 años (ya sea en microfilm, cinta,..). Cosa distinta es que sin una orden judicial quieran facilitartelo, pero acreditando tu condición de heredero no tienes porqué tener problemas (puede ser que te cobren algo por el servicio de busqueda de la información de mas de 4 años de antiguedad).
21/06/2012 03:05
Efectivamente los Bancos en la mayoría de los casos, solo disponen de los movimientos bancarios de los últimos cinco años, no es que prescriban, es que son destruídos. Se imagina Vd. que archivaran toda la documetanción de todos los clientes por un período superior a los cinco años ?. Sería algo inviable.

Saludos cordiales

Asesora de familia

reme1952@gmail.com
Particion herencia
21/06/2012 00:33
Una tía que ha fallecido a dejado en testamento el dinero a su hermano vivo, el resto de los bienes: casa y tierras 50%a su hermano y el resto a dividir en cuatro partes entre sus sobrinos ( 2 hijos de este hermano y 2 de un hermano fallecido). ¿Se puede pedir en el banco como herederos un certificado de las cuentas donde figure la fecha de apertura?, ya que este tìo figura como titular en una de las cuentas y tambíen sus hijos. Ella estaba incapacitada para desplazarse al banco, pero nos han dicho que si ha pasado más de 5 años ha prescrito. Gracias
Particion herencia | PorticoLegal
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22/06/2012 22:25
muchas gracias
22/06/2012 11:39
Los Bancos tienen obligación de guardar a disposición de sus clientes los últimos 4 años. Sin embargo, y por su propio interés, guardan hasta "los clavos de las puertas". Con los medios informaticos de hoy dia, te puedo garantizar que tienen documentación, como mínimo de los últimos 30 años (ya sea en microfilm, cinta,..). Cosa distinta es que sin una orden judicial quieran facilitartelo, pero acreditando tu condición de heredero no tienes porqué tener problemas (puede ser que te cobren algo por el servicio de busqueda de la información de mas de 4 años de antiguedad).
21/06/2012 03:05
Efectivamente los Bancos en la mayoría de los casos, solo disponen de los movimientos bancarios de los últimos cinco años, no es que prescriban, es que son destruídos. Se imagina Vd. que archivaran toda la documetanción de todos los clientes por un período superior a los cinco años ?. Sería algo inviable.

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reme1952@gmail.com
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21/06/2012 00:33
Una tía que ha fallecido a dejado en testamento el dinero a su hermano vivo, el resto de los bienes: casa y tierras 50%a su hermano y el resto a dividir en cuatro partes entre sus sobrinos ( 2 hijos de este hermano y 2 de un hermano fallecido). ¿Se puede pedir en el banco como herederos un certificado de las cuentas donde figure la fecha de apertura?, ya que este tìo figura como titular en una de las cuentas y tambíen sus hijos. Ella estaba incapacitada para desplazarse al banco, pero nos han dicho que si ha pasado más de 5 años ha prescrito. Gracias