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Pasa de todo y no paga.

5 Comentarios
 
Pasa de todo y no paga.
13/02/2018 17:16
Llevo casi un año esperando juicio para divorcio. El pasa de todo. Tiene un bar y abre cuando quiere y cuando le apetece. Me han embargado la nómina por impagos suyos a la seguridad social y ya me han reclamado sus autónomos. Lleva un año sin pagar ivas y demás impuestos. Su parte de la hipoteca está pagándolo la avalista. La pensión de los niños su abuela paterna. Lleva más de 7 meses sin interesarse por los niños. Pero le encanta poner tonterías alusivas en Facebook. Suma y suman sus deudas que me están afectando a mi. Su familia le encubre porque no cogen los certificado que están mandado desde el juzgado. Su abogada le ha dejado. Si el no las recoge el proceso se retrasa??? Esto es deseperante
13/02/2018 17:37
Carolina82
Si el no recoge las notificaciones, el proceso continua adelante. Legalmente, si se demuestra varios intentos de contacto o si alguien ha recogido la notificación, es suficiente.

Las deudas contraidas durante la sociedad de gananciales son de caracter privativo al contrario que los bienes que si se consideran gananciales siempre. Salvo que existan estos casos, sus deudas no deberían repercutirse en usted:

1.ª El sostenimiento de la familia, la alimentación y educación de los hijos comunes y las atenciones de previsión acomodadas a los usos y a las circunstancias de la familia.

La alimentación y educación de los hijos de uno solo de los cónyuges correrá a cargo de la sociedad de gananciales cuando convivan en el hogar familiar. En caso contrario, los gastos derivados de estos conceptos serán sufragados por la sociedad de gananciales, pero darán lugar a reintegro en el momento de la liquidación.

2.ª La adquisición, tenencia y disfrute de los bienes comunes.

3.ª La administración ordinaria de los bienes privativos de cualquiera de los cónyuges.

4.ª La explotación regular de los negocios o el desempeño de la profesión, arte u oficio de cada cónyuge.

Lamentablemente hasta que no se dicte sentencia no se puede hacer nada.
13/02/2018 18:14
Wolframio85
El tiene alejamiento sobre mí de 150 metros por malos tratos. En juicio rápido la casa se la concedieron a mis hijos y yo tengo la guardia y custodia de los niños. Es una desgracia que hasta que no haya sentencia de divorcio una de las partes pueda arruinar a otra
13/02/2018 18:28
Carolina82
Lamentablemente eso no tiene vínculo con las deudas contraida. Hasta que no liquiden la sociedad de gananciales mediante sentencia no se puede separar las deudas de la sociedad
13/02/2018 22:13
Wolframio85
Me ha notificado mi abogada que le van a citar por un edicto ¿eso que es y que conlleva??
13/02/2018 23:30
Carolina82
Comunicarle la resolución judicial, entiendo que de la sentencia de divorcio.
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Pasa de todo y no paga.
13/02/2018 17:16
Llevo casi un año esperando juicio para divorcio. El pasa de todo. Tiene un bar y abre cuando quiere y cuando le apetece. Me han embargado la nómina por impagos suyos a la seguridad social y ya me han reclamado sus autónomos. Lleva un año sin pagar ivas y demás impuestos. Su parte de la hipoteca está pagándolo la avalista. La pensión de los niños su abuela paterna. Lleva más de 7 meses sin interesarse por los niños. Pero le encanta poner tonterías alusivas en Facebook. Suma y suman sus deudas que me están afectando a mi. Su familia le encubre porque no cogen los certificado que están mandado desde el juzgado. Su abogada le ha dejado. Si el no las recoge el proceso se retrasa??? Esto es deseperante
13/02/2018 17:37
Carolina82
Si el no recoge las notificaciones, el proceso continua adelante. Legalmente, si se demuestra varios intentos de contacto o si alguien ha recogido la notificación, es suficiente.

Las deudas contraidas durante la sociedad de gananciales son de caracter privativo al contrario que los bienes que si se consideran gananciales siempre. Salvo que existan estos casos, sus deudas no deberían repercutirse en usted:

1.ª El sostenimiento de la familia, la alimentación y educación de los hijos comunes y las atenciones de previsión acomodadas a los usos y a las circunstancias de la familia.

La alimentación y educación de los hijos de uno solo de los cónyuges correrá a cargo de la sociedad de gananciales cuando convivan en el hogar familiar. En caso contrario, los gastos derivados de estos conceptos serán sufragados por la sociedad de gananciales, pero darán lugar a reintegro en el momento de la liquidación.

2.ª La adquisición, tenencia y disfrute de los bienes comunes.

3.ª La administración ordinaria de los bienes privativos de cualquiera de los cónyuges.

4.ª La explotación regular de los negocios o el desempeño de la profesión, arte u oficio de cada cónyuge.

Lamentablemente hasta que no se dicte sentencia no se puede hacer nada.
13/02/2018 18:14
Wolframio85
El tiene alejamiento sobre mí de 150 metros por malos tratos. En juicio rápido la casa se la concedieron a mis hijos y yo tengo la guardia y custodia de los niños. Es una desgracia que hasta que no haya sentencia de divorcio una de las partes pueda arruinar a otra
13/02/2018 18:28
Carolina82
Lamentablemente eso no tiene vínculo con las deudas contraida. Hasta que no liquiden la sociedad de gananciales mediante sentencia no se puede separar las deudas de la sociedad
13/02/2018 22:13
Wolframio85
Me ha notificado mi abogada que le van a citar por un edicto ¿eso que es y que conlleva??
13/02/2018 23:30
Carolina82
Comunicarle la resolución judicial, entiendo que de la sentencia de divorcio.