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Pasaporte italiano

1 Comentarios
 
Pasaporte italiano
20/02/2018 09:36
Muy buenas a todos, mi duda es la siguiente; es obligatorio que mi hijo menor de edad con nacionalidad italina tenga el pasaporte italiano si no tiene intención de viajar? Muchas gracias a todos de antemano.
21/02/2018 02:49
sachi
Hola:

1.- En general, cualquier extranjero que resida en España está obligado a mantener en vigor el documento de viaje (pasaporte) expedido por las autoridades competentes del país de su nacionalidad.

2.- En lo que respecta a los nacionales de Estados parte de la Unión Europea y los nacionales de Islandia, Noruega, Liechtenstein y Suiza que residan en España, están obligados a tener en vigor alguno de los siguientes documentos expedidos por las autoridades competentes del país de su nacionalidad :

- Pasaporte.

- Documento de identidad.

Por ello, debe concluirse que en el caso de cualquier ciudadano de la Unión o asimilado que resida en España, sea menor o mayor de edad, rige la obligación de tener en vigor el pasaporte o el documento de identidad. Y junto con ellos, siempre el certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros ( tarjeta verde de comunitarios), donde viene asignado el NIE y que es la prueba de que la persona ha ejercido su derecho de residencia en España.

Un cordial saludo.
Pasaporte italiano | PorticoLegal
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Pasaporte italiano
20/02/2018 09:36
Muy buenas a todos, mi duda es la siguiente; es obligatorio que mi hijo menor de edad con nacionalidad italina tenga el pasaporte italiano si no tiene intención de viajar? Muchas gracias a todos de antemano.
21/02/2018 02:49
sachi
Hola:

1.- En general, cualquier extranjero que resida en España está obligado a mantener en vigor el documento de viaje (pasaporte) expedido por las autoridades competentes del país de su nacionalidad.

2.- En lo que respecta a los nacionales de Estados parte de la Unión Europea y los nacionales de Islandia, Noruega, Liechtenstein y Suiza que residan en España, están obligados a tener en vigor alguno de los siguientes documentos expedidos por las autoridades competentes del país de su nacionalidad :

- Pasaporte.

- Documento de identidad.

Por ello, debe concluirse que en el caso de cualquier ciudadano de la Unión o asimilado que resida en España, sea menor o mayor de edad, rige la obligación de tener en vigor el pasaporte o el documento de identidad. Y junto con ellos, siempre el certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros ( tarjeta verde de comunitarios), donde viene asignado el NIE y que es la prueba de que la persona ha ejercido su derecho de residencia en España.

Un cordial saludo.