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Pasaporte venezolano a punto de caducar

3 Comentarios
 
Pasaporte venezolano a punto de caducar
18/08/2017 18:11
Buenas tardes, realizo las siguientes consultas con la esperanza de obtener una respuesta seria, por lo que felicito en primer lugar a Condedecartagena por su tiempo y competencia, pues he leído otras consultas y sus respuestas son excelentes. Gracias.

Mi pareja es de Venezuela (yo soy española) y su pasaporte caduca en enero del 2018. Ahora vive en Chile y le han indicado en la embajada de Santiago que la renovación de su pasaporte puede durar hasta un año. Es demasiado tiempo pues queremos hacernos pareja de hecho en España, y descartamos la opción de que tramite el pasaporte express en Venezuela por la situación actual y el precio disparado de los vuelos. Mis consultas son las siguientes:

- Si su pasaporte no es biométrico, ¿puede solicitar la prórroga de un año desde España para realizar los trámites con el pasaporte en vigor? Al encontrarnos en Madrid y teniendo en cuenta los tiempos de espera actuales, nos llegaría el momento en el que no podríamos avanzar al haber caducado.

- De no ser viable, ¿existe la posibilidad si viene en octubre (mes en el que formalizaríamos nuestra relación ante notario) de realizar el resto de trámites necesarios a partir de enero con el justificante de la solicitud de renovación en el SAIME?

- Varios abogados me han indicado que podemos tener problemas si entra en España con mi carta de invitación y luego nos hacemos pareja de hecho. ¿Qué modos de acceso al país sin billete de vuelta serían posibles teniendo en cuenta que nuestro noviazgo es desde enero y por ende creo que no podemos solicitar el visado de régimen comunitario de pareja estable? ¿Existe algún tipo de declaración de intenciones que pueda enviarle para evitar problemas en el filtro de extranjería del aeropuerto a su llegada?

- Otro abogado me dijo que una vez esté aquí, lo fundamental para que aprueben su legalización es que yo aporte un certificado de saldos bancario con determinados miles de euros, sin embargo he leído que se han establecido denuncias a las oficinas de extranjería que solicitaban este requisito. ¿Es incorrecta entonces la información del abogado?

Gracias infinitas de antemano.
18/08/2017 19:59
Kongarol
Hola:

1.-Las personas de nacionalidad venezolana no necesitan visa para ingresar en el espacio de Schengen, sólo pasaporte en vigor.

2.- Las renovaciones de pasaportes ha de solicitarse ante los consulados acreditados en España. Si se lo solicita, pero la expedición tarda, la legislación española admite, para trámites administrativos, que se aporte el pasaporte caducado junto con el certificado del consulado de que se ha solicitado la renovación y está en trámite.

3.- No es aconsejable que le envíe carta de invitación, porque se están dando casos en los que el Cuerpo Nacional de Policía incoa expediente administrativo sancionador a la persona que invitó si la persona invitada no se marcha de España en la fecha que se declaró que lo haría. Es mejor, por prudencia, evitar un problema de esta naturaleza. En su lugar, para probar que cuenta con alojamiento adecuado, podría hacer reserva de hotel. No tiene que ser un hotel de lujo ni caro, desde luego, bien puede ser un alojamiento económico, tipo hostal o pensión.

4.- Es recomendable que tenga billete de ida y vuelta, aunque no vaya a utilizar el de vuelta ( se supone que es un turista) y que tenga fechas concretas y precisas de entrada y salida del espacio de Schengen. Y si le preguntan, debe ser capaz de decir con precisión y sin dudar la fecha exacta en la que tiene previsto abandonar el espacio de Schengen, que será la misma del billete de vuelta.

5.- Debe llevar consigo dinero suficiente para permanecer en el espacio de Schengen por el tiempo en el que declara va a quedarse. Para el presente año 2017 son 70 euros por día. Y si le preguntan por su itinerario turístico, debe ser capaz de decir lo que tiene previsto hacer y visitar, con claridad y precisión.

6.- Si se van a formalizar como unión de hecho en el Registro de Uniones de Hecho de la Comunidad de Madrid, la Ley de Uniones de Hecho de la Comunidad de Madrid y su Reglamento de desarrollo exigen que al momento de solicitar la inscripción deben haber convivido durante al menos UN AÑO ( que se prueba mediante la declaración de dos testigos) y al menos uno de los miembros de la pareja debe estar empadronado en alguno de los municipios de la Comunidad de Madrid. En cambio, no es indispensable que la convivencia como pareja de un año que exige la normativa autonómica necesariamente haya tenido lugar en territorio de la Comunidad de Madrid, bien puede haber tenido lugar en otra Comunidad Autónoma o Ciudad Autónoma de España o fuera de España ( aunque en estos casos, puede requerirse como complemento pruebas documentales de tal convicencia fuera de la Comunidad de Madrid). Lo cierto es que la normativa de la Comunidad de Madrid exige comparecencia de ambos con los dos testigos ante el encargado de, Registro de Uniones de Hecho de la Comunidad de Madrid para formalizar la constitución de la unión de hecho y solicitar su inscripción. Lo que puede haberse pactado por escritura pública es el régimen económico o distribución del levantamiento de cargas del hogar común, siguiendo el principio de libertad de pactos, pero la formalización como tal, la normativa exige que se firme ante el encargado del Registro de Uniones de Hecho, al que se debe probar, desde luego, que se ha convivido durante al menos un año. También hay que probar el estado civil, los españoles con la fe de vida y estado del Registro Civil y los extranjeros con arreglo a su ley personal ( el art. 9.1 del Código Civil español establece que el estado civil de las personas se rige por su ley personal, que es la ley del país de nacionalidad). Y los documentos extranjeros deben venir legalizados en la forma que corresponda, sea Apostilla de La Haya o bien procedimiento ordinario.

7.- Los medios económicos serán necesarios a la hora de solicitar la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión. Si usted está trabajando, será suficiente con eso. Esto es materia de competencia de la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia.

Un cordial saludo.
18/08/2017 20:02
Kongarol
http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=CM_InfPractica_FA&cid=1114185874146&pagename=ComunidadMadrid/Estructura
18/08/2017 20:36
Condedecartagena
¡Muchísimas gracias Condedecartagena por tan pronta y detallada respuesta!

... Él va a instalarse en mi casa, ¿puede aportar pruebas que así lo ratifique o se aconseja la reserva de otro tipo de alojamientos?

...Si no podemos registrarnos como pareja de hecho ya que habría que esperar un año que ahora no cumplimos, ¿qué otras alternativas tenemos para legalizar su situación desde su llegada? Entiendo que casarnos sería una opción en la que no se encontraría el requisito de la convivencia.

Eternamente agradecida.
Pasaporte venezolano a punto de caducar | PorticoLegal
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3 Comentarios
 
Pasaporte venezolano a punto de caducar
18/08/2017 18:11
Buenas tardes, realizo las siguientes consultas con la esperanza de obtener una respuesta seria, por lo que felicito en primer lugar a Condedecartagena por su tiempo y competencia, pues he leído otras consultas y sus respuestas son excelentes. Gracias.

Mi pareja es de Venezuela (yo soy española) y su pasaporte caduca en enero del 2018. Ahora vive en Chile y le han indicado en la embajada de Santiago que la renovación de su pasaporte puede durar hasta un año. Es demasiado tiempo pues queremos hacernos pareja de hecho en España, y descartamos la opción de que tramite el pasaporte express en Venezuela por la situación actual y el precio disparado de los vuelos. Mis consultas son las siguientes:

- Si su pasaporte no es biométrico, ¿puede solicitar la prórroga de un año desde España para realizar los trámites con el pasaporte en vigor? Al encontrarnos en Madrid y teniendo en cuenta los tiempos de espera actuales, nos llegaría el momento en el que no podríamos avanzar al haber caducado.

- De no ser viable, ¿existe la posibilidad si viene en octubre (mes en el que formalizaríamos nuestra relación ante notario) de realizar el resto de trámites necesarios a partir de enero con el justificante de la solicitud de renovación en el SAIME?

- Varios abogados me han indicado que podemos tener problemas si entra en España con mi carta de invitación y luego nos hacemos pareja de hecho. ¿Qué modos de acceso al país sin billete de vuelta serían posibles teniendo en cuenta que nuestro noviazgo es desde enero y por ende creo que no podemos solicitar el visado de régimen comunitario de pareja estable? ¿Existe algún tipo de declaración de intenciones que pueda enviarle para evitar problemas en el filtro de extranjería del aeropuerto a su llegada?

- Otro abogado me dijo que una vez esté aquí, lo fundamental para que aprueben su legalización es que yo aporte un certificado de saldos bancario con determinados miles de euros, sin embargo he leído que se han establecido denuncias a las oficinas de extranjería que solicitaban este requisito. ¿Es incorrecta entonces la información del abogado?

Gracias infinitas de antemano.
18/08/2017 19:59
Kongarol
Hola:

1.-Las personas de nacionalidad venezolana no necesitan visa para ingresar en el espacio de Schengen, sólo pasaporte en vigor.

2.- Las renovaciones de pasaportes ha de solicitarse ante los consulados acreditados en España. Si se lo solicita, pero la expedición tarda, la legislación española admite, para trámites administrativos, que se aporte el pasaporte caducado junto con el certificado del consulado de que se ha solicitado la renovación y está en trámite.

3.- No es aconsejable que le envíe carta de invitación, porque se están dando casos en los que el Cuerpo Nacional de Policía incoa expediente administrativo sancionador a la persona que invitó si la persona invitada no se marcha de España en la fecha que se declaró que lo haría. Es mejor, por prudencia, evitar un problema de esta naturaleza. En su lugar, para probar que cuenta con alojamiento adecuado, podría hacer reserva de hotel. No tiene que ser un hotel de lujo ni caro, desde luego, bien puede ser un alojamiento económico, tipo hostal o pensión.

4.- Es recomendable que tenga billete de ida y vuelta, aunque no vaya a utilizar el de vuelta ( se supone que es un turista) y que tenga fechas concretas y precisas de entrada y salida del espacio de Schengen. Y si le preguntan, debe ser capaz de decir con precisión y sin dudar la fecha exacta en la que tiene previsto abandonar el espacio de Schengen, que será la misma del billete de vuelta.

5.- Debe llevar consigo dinero suficiente para permanecer en el espacio de Schengen por el tiempo en el que declara va a quedarse. Para el presente año 2017 son 70 euros por día. Y si le preguntan por su itinerario turístico, debe ser capaz de decir lo que tiene previsto hacer y visitar, con claridad y precisión.

6.- Si se van a formalizar como unión de hecho en el Registro de Uniones de Hecho de la Comunidad de Madrid, la Ley de Uniones de Hecho de la Comunidad de Madrid y su Reglamento de desarrollo exigen que al momento de solicitar la inscripción deben haber convivido durante al menos UN AÑO ( que se prueba mediante la declaración de dos testigos) y al menos uno de los miembros de la pareja debe estar empadronado en alguno de los municipios de la Comunidad de Madrid. En cambio, no es indispensable que la convivencia como pareja de un año que exige la normativa autonómica necesariamente haya tenido lugar en territorio de la Comunidad de Madrid, bien puede haber tenido lugar en otra Comunidad Autónoma o Ciudad Autónoma de España o fuera de España ( aunque en estos casos, puede requerirse como complemento pruebas documentales de tal convicencia fuera de la Comunidad de Madrid). Lo cierto es que la normativa de la Comunidad de Madrid exige comparecencia de ambos con los dos testigos ante el encargado de, Registro de Uniones de Hecho de la Comunidad de Madrid para formalizar la constitución de la unión de hecho y solicitar su inscripción. Lo que puede haberse pactado por escritura pública es el régimen económico o distribución del levantamiento de cargas del hogar común, siguiendo el principio de libertad de pactos, pero la formalización como tal, la normativa exige que se firme ante el encargado del Registro de Uniones de Hecho, al que se debe probar, desde luego, que se ha convivido durante al menos un año. También hay que probar el estado civil, los españoles con la fe de vida y estado del Registro Civil y los extranjeros con arreglo a su ley personal ( el art. 9.1 del Código Civil español establece que el estado civil de las personas se rige por su ley personal, que es la ley del país de nacionalidad). Y los documentos extranjeros deben venir legalizados en la forma que corresponda, sea Apostilla de La Haya o bien procedimiento ordinario.

7.- Los medios económicos serán necesarios a la hora de solicitar la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión. Si usted está trabajando, será suficiente con eso. Esto es materia de competencia de la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia.

Un cordial saludo.
18/08/2017 20:02
Kongarol
http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=CM_InfPractica_FA&cid=1114185874146&pagename=ComunidadMadrid/Estructura
18/08/2017 20:36
Condedecartagena
¡Muchísimas gracias Condedecartagena por tan pronta y detallada respuesta!

... Él va a instalarse en mi casa, ¿puede aportar pruebas que así lo ratifique o se aconseja la reserva de otro tipo de alojamientos?

...Si no podemos registrarnos como pareja de hecho ya que habría que esperar un año que ahora no cumplimos, ¿qué otras alternativas tenemos para legalizar su situación desde su llegada? Entiendo que casarnos sería una opción en la que no se encontraría el requisito de la convivencia.

Eternamente agradecida.