Mi comunidad tiene unos veinte años. En una de las primeras reuniones acordamos pagar todos la misma cantidad de forma lineal y lo hicimos figurar en acta.
Ahora un nuevo vecino propone el pago por coeficientes, pero el resto de los vecinos preferimos el acuerdo que teníamos. ¿Debemos cambiar el reparto lineal de gastos? ¿Afecta esto a todos los gastos de la comunidad o sólo a los servicios que son iguales para todos? Me explico, la limpieza del portal está contratada ¿debemos pagar unos más que otros por este servicio? El ascensor no llega hasta la planta de este vecino, ¿puede no pagar la parte que le correspondía hasta ahora por este asunto?
Además, este vecino se ha autoasignado una cuota menor que la que pagamos los demás. En Junta nos ha comunicado su decisión y se le ha requerido por parte de algunos vecinos para que pague como hasta ahora hasta que la Comunidad tome una decisión pero él no acepta nuestra propuesta. ¿Qué podemos hacer? ¿La parte de la cuota que deje sin pagar le hace deudor de la comunidad?
La Ley establece el reparto de gastos por coeficientes de propiedad. Esto es indiscutible, inempugnable e irrecurrible. Para establecer partes iguales se precisa un acuerdo "especial" , que precisa unanimidad de toda la COMUNIDAD, no bastando de la junta, y ese acuerdo ha de llevarse al Registro. Si no se cumplen esos requisitos resulta impugnable. Salvo mejro criterio
Si el acuerdo que tomaron hace años de repartos a partes iguales, no se registro en el Registro de la Propiedad, ahora si hay un nuevo propietario que exige el reparto por coeficientes, tendreis que hacerlo. Él está en su derecho de exigirlo.
Como ya le han dicho anteriormente, si aquel primer acuerdo que alcanzaron de pagar linealmente, no lo registraro en el registro de la propiedad, el nuevo propietario tiene derecho a pagar por coeficientes al estar contemplado en la ley. Si él interpone demnada ordinaria por el intento de cobrarles por un acuerdo alcanzado en su día sin estar registrado, él ganará el juicio con muchas opciones de que la comunidad en su conjunto (menos él) tengan que pagar los gastos procesales, un pico - 3.000€.