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Patentes

2 Comentarios
 
Patentes
16/05/2003 20:13
El derecho del inventor a ser mencionado como tal en la solicitud de patente ¿es transmisible?
23/03/2004 21:51
Hola, en respuesta a tu pregunta he de decirte que tan sólo es transmisible, por todos los medios reconocidos en derecho (cesión, compraventa, arrendamiento...) el derecho del titular sobre su patente, es decir, se pueden transmitir los derechos que concede la titularidad de una patente.
Espero haberte ayudado.
Un saludo.
Alicia Vaquero.
Abogada
24/03/2004 10:46
Hola de nuevo, a lo dicho añadir que no especifiqué bien lo que quería decirte. Son transmisibles por todos los medios que reconoce el derecho, incluso cabe la constitución de hipoteca, tanto sobre la solicitud de patente como la concesión de la patente misma. El problema es que, quizá la solicitud de una patente no tenga un contenido económico tan específico como la concesión de la misma en sí, puesto que, la mera solicitud no asegura en modo alguno que se vaya a conceder definitivamente la titularidad sobre la misma, si bien, la conveniencia de adquirir la solicitud de una patente ya compente al comprador de la misma y al riesgo que esté dispuesto a correr en la realización de dicha actividad de comercio.
También es cierto que, como sabrás, los derechos que el derecho concede al titular de la patente tienen efectos retroactivos.
Espero que esta aclaración te sea de más ayuda.
No obstante, mira la Ley de Patentes, que lo explica claramente.
De nuevo, un saludo
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16/05/2003 20:13
El derecho del inventor a ser mencionado como tal en la solicitud de patente ¿es transmisible?
23/03/2004 21:51
Hola, en respuesta a tu pregunta he de decirte que tan sólo es transmisible, por todos los medios reconocidos en derecho (cesión, compraventa, arrendamiento...) el derecho del titular sobre su patente, es decir, se pueden transmitir los derechos que concede la titularidad de una patente.
Espero haberte ayudado.
Un saludo.
Alicia Vaquero.
Abogada
24/03/2004 10:46
Hola de nuevo, a lo dicho añadir que no especifiqué bien lo que quería decirte. Son transmisibles por todos los medios que reconoce el derecho, incluso cabe la constitución de hipoteca, tanto sobre la solicitud de patente como la concesión de la patente misma. El problema es que, quizá la solicitud de una patente no tenga un contenido económico tan específico como la concesión de la misma en sí, puesto que, la mera solicitud no asegura en modo alguno que se vaya a conceder definitivamente la titularidad sobre la misma, si bien, la conveniencia de adquirir la solicitud de una patente ya compente al comprador de la misma y al riesgo que esté dispuesto a correr en la realización de dicha actividad de comercio.
También es cierto que, como sabrás, los derechos que el derecho concede al titular de la patente tienen efectos retroactivos.
Espero que esta aclaración te sea de más ayuda.
No obstante, mira la Ley de Patentes, que lo explica claramente.
De nuevo, un saludo