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Paternidad

5 Comentarios
 
Paternidad
17/05/2009 14:11
Hola, hace unos meses demandé al padre de mi hijo para que éste lo reconociera, ya que desde que el niño tiene cuatro meses, se desentendió de él.
El proceso empezo con medidas cautelares que me denegaron por haber indicios, pero no pruebas biologicas, lo recurrí y me pasó lo mismo.
En el juicio, presenté testigos, aunque el juez casi no deja declarar, fotos, cartas, recibos de bancos, etc..., de seis años de relación. Él nego que el niño fuera suyo y así como una relación sentimental conmigo. Dada la evidencia de las pruebas, dijo que eramos muy amigos y que habíamos mantenido relaciones pero exporádicamente. El juez ordenó que debía hacerse las pruebas de ADN, pero no se ha presentado ninguna de las tres veces que lo han citado. Ahora tenemos nuevo juicio para ver que dictamina el juez, y preguntarle porque no se ha presentado.
Me gustaría saber que va a pasar. Mi abogada dice que con las pruebas que tengo y su negativa es suficiente. Y si el juez no lo ve así?
La abogada de él, le dijo a la mía que sabía que era el padre del niño, pero no quería pagar ni un duro.
Un saludo
17/05/2009 14:18
En mi opinión, su abogada tiene razón, si a los indicios existentes, se une ahora la negativa del él a realizarse las pruebas de ADN, probablemente es suficiente.

Saludos
17/05/2009 14:37
Gracias, por tu opinión aceitunitas. Aunque me preocupa, que esto tenga depender de la opinión de un juez. Existe algo en el código civil, para estos casos, o depende sólo de lo que el juez opine?

Un saludo,
17/05/2009 16:06
Hola, Sanydie:

Hasta donde yo sé, las pruebas de ADN, perentorias en cualquier proceso de filiación contencioso, sientan algunas excepciones a nivel jurídico. Si bien nadie puede obligar a que el demandado se someta a dichas pruebas, el no sometimiento conduce, indefectiblemente, a que sea declarado padre del o de la menor. Por tanto, esto no queda a la posible subjetividad de un juez. Al no haberse presentado a dichos requerimientos para efectuarse las pruebas de ADN, se le declarara padre, sin más. Los aspectos doctrinales y la jurisprudencia son claros en estos casos.

Un cordial saludo
17/05/2009 17:58
Lo que está fatal, si es cierto lo que dice, es:
1º. Que la abogada contraria haya hecho ese supuesto comentario a la suya violando el secreto profesional que debe a su cliente.
2º. Que su abogada, haya a su vez vulnerado la regla estatutaria de mantener la reserva respecto a la supuesta conversación mantenida con su colega haciéndose eco de dichos comentarios con Vd.
Ambas, pudieran motivar una sanción colegial.

Si es cierto, qué vergüenza para la profesión.
Un saludo.
18/05/2009 10:22
SANYDIE, como le ha dicho emigrante, si el padre se niega a hacerse las pruebas de ADN, es declarado directamente padre del niñ@.
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17/05/2009 14:11
Hola, hace unos meses demandé al padre de mi hijo para que éste lo reconociera, ya que desde que el niño tiene cuatro meses, se desentendió de él.
El proceso empezo con medidas cautelares que me denegaron por haber indicios, pero no pruebas biologicas, lo recurrí y me pasó lo mismo.
En el juicio, presenté testigos, aunque el juez casi no deja declarar, fotos, cartas, recibos de bancos, etc..., de seis años de relación. Él nego que el niño fuera suyo y así como una relación sentimental conmigo. Dada la evidencia de las pruebas, dijo que eramos muy amigos y que habíamos mantenido relaciones pero exporádicamente. El juez ordenó que debía hacerse las pruebas de ADN, pero no se ha presentado ninguna de las tres veces que lo han citado. Ahora tenemos nuevo juicio para ver que dictamina el juez, y preguntarle porque no se ha presentado.
Me gustaría saber que va a pasar. Mi abogada dice que con las pruebas que tengo y su negativa es suficiente. Y si el juez no lo ve así?
La abogada de él, le dijo a la mía que sabía que era el padre del niño, pero no quería pagar ni un duro.
Un saludo
17/05/2009 14:18
En mi opinión, su abogada tiene razón, si a los indicios existentes, se une ahora la negativa del él a realizarse las pruebas de ADN, probablemente es suficiente.

Saludos
17/05/2009 14:37
Gracias, por tu opinión aceitunitas. Aunque me preocupa, que esto tenga depender de la opinión de un juez. Existe algo en el código civil, para estos casos, o depende sólo de lo que el juez opine?

Un saludo,
17/05/2009 16:06
Hola, Sanydie:

Hasta donde yo sé, las pruebas de ADN, perentorias en cualquier proceso de filiación contencioso, sientan algunas excepciones a nivel jurídico. Si bien nadie puede obligar a que el demandado se someta a dichas pruebas, el no sometimiento conduce, indefectiblemente, a que sea declarado padre del o de la menor. Por tanto, esto no queda a la posible subjetividad de un juez. Al no haberse presentado a dichos requerimientos para efectuarse las pruebas de ADN, se le declarara padre, sin más. Los aspectos doctrinales y la jurisprudencia son claros en estos casos.

Un cordial saludo
17/05/2009 17:58
Lo que está fatal, si es cierto lo que dice, es:
1º. Que la abogada contraria haya hecho ese supuesto comentario a la suya violando el secreto profesional que debe a su cliente.
2º. Que su abogada, haya a su vez vulnerado la regla estatutaria de mantener la reserva respecto a la supuesta conversación mantenida con su colega haciéndose eco de dichos comentarios con Vd.
Ambas, pudieran motivar una sanción colegial.

Si es cierto, qué vergüenza para la profesión.
Un saludo.
18/05/2009 10:22
SANYDIE, como le ha dicho emigrante, si el padre se niega a hacerse las pruebas de ADN, es declarado directamente padre del niñ@.