Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

patio de luces

10 Comentarios
 
Patio de luces
31/03/2009 15:18
de antemano le doy las gracias y le cuento mi problema vivo en un2º piso mis vecinos de los primeros tienen acceso al patio comunitario una de ellas quiere hacer una construccion de madera de unos 30 o40 metrosjusto debajo de mi ventana a pedido permiso a la comunidad y la botacion fue 5 si 2 no y 1 abstencion .la asistencia fue 8 de 10vecinos y yo quiero saber si esa botacion es balida y si puede hacer la construccionsi el patio es comunitario. los becinos que no tenemos accaso al patio somos responsables de lo que pase en el
06/04/2009 13:47
Gracias por atenderme. Mi problema es el siguiente:vivo en una casa en el primer piso, mis vecinos de la planta baja tienen un patio (que es suyo, no común). Cuando mis padres compraron la planta primera en el año 1969 ,el dueño anterior les dio permiso para abrir tres ventanas (estan en el contrato de compra venta y en documento privado firmado por las dos partes). Segun mis vecinos cuando se vinieron a vivir ahí (hace unos 30 años)podian haber cerrado esas ventanas, hoy en día se que no puede .Mi duda es que si en esa fecha lo podrian haber hecho . Un saludo
06/04/2009 15:34
Vamos a ver, la construccion en patios interioresva contra la normativa municipal, ya no entrando en normativas, sino en la ley de propiedad horizontal, que es lo que regula las comunidades, esto es una modificacion de elemento comun, por lo que requiere la unanimidad de la propiedad, desde que uno vote que no, ya no se puede hacer,
salvo mejor opinión, ahi queda la mia.
06/04/2009 20:41
Para ifruba:
1º) Que votó usted en la Junta.
2º) ¿Estaba ese punto en el orden del día o se trató en Ruegos y Preguntas?.
3º) En que fecha fué la Junta.
07/04/2009 08:51
Acriton le pregunta esos datos por este motivo:

1) Si usted vvoto a favor de la obra , pues no podra impugnar, solo si voto en contra puede hacerlo.

2) Todo lo que se vote en una reunion tiene que estar en el orden del dia, porq si no está, no es legal votar nada.

3) la fecha de la junta viene por los tiempos de impugnación, que bajo mi criterio es de un año, a partir de la entrega del acta. art 18 de la LPH.
07/04/2009 16:06
Para Acriton:
Mi voto fue negativo y ademas le dije que se asegurara de que lo que se habia votado era legal y me dijo que se lo habia dicho su abogado que se podia aprobar por mayoria. Estaba en el orden del dia. La reunion fue el 18 de marzo del 2009. Tambien quisiera saber donde se puede impugnar el acta y si hay una ley que prohiba las construcciones en los patios de luces. Un saludo.
07/04/2009 18:05
Buenas tardes.
Le anticipo mi agradecimiento por su atención.
Mi situación es la siguiente, mis padres viven en un primero y hace unos años, el propietario del bajo les consulto exclusivamente a ellos de forma verval, y en ningún caso exponiendolo ante la Junta de Vecinos, si mis padres le permitian poner de forma temporal en el patio (con el objetivo según él, de obtener en verano un poco de sombra) unas uralitas. Mis padres, e insisto solo ellos, ya que el resto de vecinos no conoce la situación, de buena y de forma verval, accedieron a su petición.
En la actualidad, debido al foco de suciedad que constituye dicha uralita y al motivo de seguridad que supone su existencia, aumentado este al estar la casa alquilada a terceros, y no ser la persona propietaria la que habita la casa, mis padres le han propuesto, siempre y cuando acceda el resto de vecinos, sustituir esa uralita por una pequeña terraza de la misma superficie, ya que el resto de vecinos de los primeros lo han hecho con previo acuerdo de las dos partes y por supuesto del resto de vecinos que integran la comunidad, de esta forma esta persona obtendra como beneficio mantener la sombra del patio y mis padres disfrutar de una superficie añadida y más segura. El vecino del bajo se ha negado rotundamente, alegando que disminuira su lumonisidad, a pesar de que se le ha insitido en que la superficie de la terraza en ningún caso superara la limitada porla uralita. Ante su negativa se le ha solicitado que suprima las uralitas, pero se niega a ambas posiblidades. Además se ha permitido el lujo, sin comunicarselo a ningún vecino, de construir un baño bajo la uralita. Que podemos hacer?? Gracias Un Saludo
07/04/2009 21:46
¿Se puede acristalar (sin obra) parte de un patio interior del que tengo uso y disfute sin permiso de la Comunidad? ¿Y si están comtemplados en los estatutos que hemos aceptado al firmar las escrituras pero que no conocemos?
08/04/2009 18:09
Lep:

Le voy a dar mi opinión, aunque le adelanto que no soy abogado. De todas formas me parece de sentido común:

1. Los acuerdos verbales son válidos, el problema realmente es probar la existencia del acuerdo, es por eso que se hacen por escrito. En todo caso, como supongo que el patio es comunitario el permiso de poner la uralita no corresponde darlo a sus padres sino a la comunidad de propietarios (que no lo ha dado). Además entiendo que esa uralita (máxime si ha hecho un baño) afecta a los elementos arquitectónicos de la finca y requiere, por tanto, de una mayoría que va más allá del total 1 de los votos (no recuerdo ahora si unanimidad o 3/5).

2. Por otro lado lo del baño, casi seguro que es completamente ilegal, porque aumenta la edificabilidad de la casa del vecino de sus padres. Imagino que no ha pedido permiso para ello al ayuntamiento (si es que es posible siquiera pedir ese permiso, que no lo sé) por eso le digo que con casi toda seguridad es ilegal... parece claro además que tampoco cuenta con permiso de la comunidad de vecinos, que sería el primer paso.
09/04/2009 10:29
Buenos Dias: Mi pregunta es la siguiente?. Hace tres años se monto en mi patio de luces un pequeño techo de uralita desmontable totalmente estetico y sin afectar en nada al resto de la comunidad. Al cabo de tres años el constructor saca la mocion de retirarlo como medida de presion para que yo pague la luz de obra que el quiere cobrar ilegalmente.
La proteccion de uralita esta colocada ahi porque forma parte de un jardin de invierno de mi negocio comunicado verbalmente a el el 15 de marzo de 2006 dando el su conformidad. ¿ Es posible que se pueda obligar a quitarlo habiendo hecho silencio todos los propietarios en este tiempo? Muchas gracias - espero respuesta.
09/04/2009 13:18
Para ifruba:
¿Ha recibido el Acta de la Junta de 18-03-2009?.
En caso afirmativo, ¿aparece reflejado su voto en contra en ese punto del orden del día?.
En caso afirmativo, tiene vía libre para impugnar ante el Juzgado.
Para ello debe ponerse en contacto con un abogado que le asesore y le de un presupuesto para fgormalizar la impugnación y la defensa jurídica.
patio de luces | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

patio de luces

10 Comentarios
 
Patio de luces
31/03/2009 15:18
de antemano le doy las gracias y le cuento mi problema vivo en un2º piso mis vecinos de los primeros tienen acceso al patio comunitario una de ellas quiere hacer una construccion de madera de unos 30 o40 metrosjusto debajo de mi ventana a pedido permiso a la comunidad y la botacion fue 5 si 2 no y 1 abstencion .la asistencia fue 8 de 10vecinos y yo quiero saber si esa botacion es balida y si puede hacer la construccionsi el patio es comunitario. los becinos que no tenemos accaso al patio somos responsables de lo que pase en el
06/04/2009 13:47
Gracias por atenderme. Mi problema es el siguiente:vivo en una casa en el primer piso, mis vecinos de la planta baja tienen un patio (que es suyo, no común). Cuando mis padres compraron la planta primera en el año 1969 ,el dueño anterior les dio permiso para abrir tres ventanas (estan en el contrato de compra venta y en documento privado firmado por las dos partes). Segun mis vecinos cuando se vinieron a vivir ahí (hace unos 30 años)podian haber cerrado esas ventanas, hoy en día se que no puede .Mi duda es que si en esa fecha lo podrian haber hecho . Un saludo
06/04/2009 15:34
Vamos a ver, la construccion en patios interioresva contra la normativa municipal, ya no entrando en normativas, sino en la ley de propiedad horizontal, que es lo que regula las comunidades, esto es una modificacion de elemento comun, por lo que requiere la unanimidad de la propiedad, desde que uno vote que no, ya no se puede hacer,
salvo mejor opinión, ahi queda la mia.
06/04/2009 20:41
Para ifruba:
1º) Que votó usted en la Junta.
2º) ¿Estaba ese punto en el orden del día o se trató en Ruegos y Preguntas?.
3º) En que fecha fué la Junta.
07/04/2009 08:51
Acriton le pregunta esos datos por este motivo:

1) Si usted vvoto a favor de la obra , pues no podra impugnar, solo si voto en contra puede hacerlo.

2) Todo lo que se vote en una reunion tiene que estar en el orden del dia, porq si no está, no es legal votar nada.

3) la fecha de la junta viene por los tiempos de impugnación, que bajo mi criterio es de un año, a partir de la entrega del acta. art 18 de la LPH.
07/04/2009 16:06
Para Acriton:
Mi voto fue negativo y ademas le dije que se asegurara de que lo que se habia votado era legal y me dijo que se lo habia dicho su abogado que se podia aprobar por mayoria. Estaba en el orden del dia. La reunion fue el 18 de marzo del 2009. Tambien quisiera saber donde se puede impugnar el acta y si hay una ley que prohiba las construcciones en los patios de luces. Un saludo.
07/04/2009 18:05
Buenas tardes.
Le anticipo mi agradecimiento por su atención.
Mi situación es la siguiente, mis padres viven en un primero y hace unos años, el propietario del bajo les consulto exclusivamente a ellos de forma verval, y en ningún caso exponiendolo ante la Junta de Vecinos, si mis padres le permitian poner de forma temporal en el patio (con el objetivo según él, de obtener en verano un poco de sombra) unas uralitas. Mis padres, e insisto solo ellos, ya que el resto de vecinos no conoce la situación, de buena y de forma verval, accedieron a su petición.
En la actualidad, debido al foco de suciedad que constituye dicha uralita y al motivo de seguridad que supone su existencia, aumentado este al estar la casa alquilada a terceros, y no ser la persona propietaria la que habita la casa, mis padres le han propuesto, siempre y cuando acceda el resto de vecinos, sustituir esa uralita por una pequeña terraza de la misma superficie, ya que el resto de vecinos de los primeros lo han hecho con previo acuerdo de las dos partes y por supuesto del resto de vecinos que integran la comunidad, de esta forma esta persona obtendra como beneficio mantener la sombra del patio y mis padres disfrutar de una superficie añadida y más segura. El vecino del bajo se ha negado rotundamente, alegando que disminuira su lumonisidad, a pesar de que se le ha insitido en que la superficie de la terraza en ningún caso superara la limitada porla uralita. Ante su negativa se le ha solicitado que suprima las uralitas, pero se niega a ambas posiblidades. Además se ha permitido el lujo, sin comunicarselo a ningún vecino, de construir un baño bajo la uralita. Que podemos hacer?? Gracias Un Saludo
07/04/2009 21:46
¿Se puede acristalar (sin obra) parte de un patio interior del que tengo uso y disfute sin permiso de la Comunidad? ¿Y si están comtemplados en los estatutos que hemos aceptado al firmar las escrituras pero que no conocemos?
08/04/2009 18:09
Lep:

Le voy a dar mi opinión, aunque le adelanto que no soy abogado. De todas formas me parece de sentido común:

1. Los acuerdos verbales son válidos, el problema realmente es probar la existencia del acuerdo, es por eso que se hacen por escrito. En todo caso, como supongo que el patio es comunitario el permiso de poner la uralita no corresponde darlo a sus padres sino a la comunidad de propietarios (que no lo ha dado). Además entiendo que esa uralita (máxime si ha hecho un baño) afecta a los elementos arquitectónicos de la finca y requiere, por tanto, de una mayoría que va más allá del total 1 de los votos (no recuerdo ahora si unanimidad o 3/5).

2. Por otro lado lo del baño, casi seguro que es completamente ilegal, porque aumenta la edificabilidad de la casa del vecino de sus padres. Imagino que no ha pedido permiso para ello al ayuntamiento (si es que es posible siquiera pedir ese permiso, que no lo sé) por eso le digo que con casi toda seguridad es ilegal... parece claro además que tampoco cuenta con permiso de la comunidad de vecinos, que sería el primer paso.
09/04/2009 10:29
Buenos Dias: Mi pregunta es la siguiente?. Hace tres años se monto en mi patio de luces un pequeño techo de uralita desmontable totalmente estetico y sin afectar en nada al resto de la comunidad. Al cabo de tres años el constructor saca la mocion de retirarlo como medida de presion para que yo pague la luz de obra que el quiere cobrar ilegalmente.
La proteccion de uralita esta colocada ahi porque forma parte de un jardin de invierno de mi negocio comunicado verbalmente a el el 15 de marzo de 2006 dando el su conformidad. ¿ Es posible que se pueda obligar a quitarlo habiendo hecho silencio todos los propietarios en este tiempo? Muchas gracias - espero respuesta.
09/04/2009 13:18
Para ifruba:
¿Ha recibido el Acta de la Junta de 18-03-2009?.
En caso afirmativo, ¿aparece reflejado su voto en contra en ese punto del orden del día?.
En caso afirmativo, tiene vía libre para impugnar ante el Juzgado.
Para ello debe ponerse en contacto con un abogado que le asesore y le de un presupuesto para fgormalizar la impugnación y la defensa jurídica.