Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Peculiaridad en reagrupamiento familiar

0 Comentarios
 
Peculiaridad en reagrupamiento familiar
14/05/2012 21:40
Saludos a todos. Mi pregunta es la siguiente:
Una persona extracomunitaria residente desde hace 7 años ya legalmente en España quiere traer a su actual mujer e hija aquí. Es decir, lo que sería solicitar el reagrupamiento familiar. La peculiaridad es que este extranjero que reside aquí se ha casado hace años con la mujer que quiere traer, pero es que con POSTERIORIDAD se ha casado con otra persona (se lo permite su religión que creo que es la musulmana) de la que ya se ha divorciado. Tiene sentencia de divorcio ya firme y también certificado de matrimonio de su mujer actual (si bien es verdad que se casó con ésta y posteriormente con la mujer de la que ya está divorciado). En definitiva, en su día tuvo dos matrimonios simultaneos y VÁLIDOS. Ahora quiere traer a su actual mujer. Entiendo que, si tiene certificado de matrimonio de la actual mujer y sentencia de divorcio de la anterior por mucho que se solaparan dichos matrimonios y teniendo los demás requisitos y documentos que exigen, no ha de haber problemas a la hora de pedir el reagrupamiento o el hecho de haber tenido dos matrimonios válidos puede dar lugar a problemas y en definitiva a la no concesión del reagrupamiento. Un saludo, gracias y espero haberme explicado.
Peculiaridad en reagrupamiento familiar | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Peculiaridad en reagrupamiento familiar

0 Comentarios
 
Peculiaridad en reagrupamiento familiar
14/05/2012 21:40
Saludos a todos. Mi pregunta es la siguiente:
Una persona extracomunitaria residente desde hace 7 años ya legalmente en España quiere traer a su actual mujer e hija aquí. Es decir, lo que sería solicitar el reagrupamiento familiar. La peculiaridad es que este extranjero que reside aquí se ha casado hace años con la mujer que quiere traer, pero es que con POSTERIORIDAD se ha casado con otra persona (se lo permite su religión que creo que es la musulmana) de la que ya se ha divorciado. Tiene sentencia de divorcio ya firme y también certificado de matrimonio de su mujer actual (si bien es verdad que se casó con ésta y posteriormente con la mujer de la que ya está divorciado). En definitiva, en su día tuvo dos matrimonios simultaneos y VÁLIDOS. Ahora quiere traer a su actual mujer. Entiendo que, si tiene certificado de matrimonio de la actual mujer y sentencia de divorcio de la anterior por mucho que se solaparan dichos matrimonios y teniendo los demás requisitos y documentos que exigen, no ha de haber problemas a la hora de pedir el reagrupamiento o el hecho de haber tenido dos matrimonios válidos puede dar lugar a problemas y en definitiva a la no concesión del reagrupamiento. Un saludo, gracias y espero haberme explicado.