Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Pensión alimenticia y compensatoria

1 Comentarios
 
15/07/2003 12:31
Por los datos que mencionas no procede la pensión compensatoria, pues no parece que vaya a existir un desequilibrio económico significativo en favor o perjuicio de uno de los cónyuges (no obstante es una opinión, las decisiones judiciales pueden ser distintas).

Respecto a la pensión por alimentos, y teniendo en cuenta que últimamente y al contestar a ello, son muchos los post en este sentido, vuelvo a indicar que cualquier respuesta es meramente orientativa, pues no existen bases de cálculos exactos de las citadas pensiones. Se ha de analizar las circunstancias de cada caso y conforme a ello decidir.
Conforme a tablas estadísticas, y a efectos meramente orientativos podemos hablar de entre 250 y 275 €uros/mes por los dos hijos (Luego en un juicio contencioso, un Juez puede otorgar 200 €/mes, o 350 €./mes, p.ej.).

Un saludo,
emarbra@abogadosdeasturias.com
Pensión alimenticia y compensatoria
15/07/2003 04:44
Si el sueldo del padre son unos 950€ y el de la madre es de 1200€

Tenemos 2 hijos de 9 y 6 años, respectivamente, van a colegio privado, pero por trabajar la madre en él, solo deben pagar 65€ cada uno, más extras, ¿Qué pensión alimenticia le correspondería pasar al padre?

Además, y tras la separación, en el supuesto convenio, la madre se haría cargo de hipoteca de la casa, unos 600€, más todos los gastos que eso conlleva, al quedarse ella a vivir allí con los niños, y como compensación de unas acciones que tienen de gananciales.

Hay 2 préstamos personales entre los 2 conyuges, uno por 169€ y otro por 211€ que la madre propone pagar a medias.

¿Podría el padre pedir una pensión compensatoria a la madre?
Pensión alimenticia y compensatoria | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Pensión alimenticia y compensatoria

1 Comentarios
 
15/07/2003 12:31
Por los datos que mencionas no procede la pensión compensatoria, pues no parece que vaya a existir un desequilibrio económico significativo en favor o perjuicio de uno de los cónyuges (no obstante es una opinión, las decisiones judiciales pueden ser distintas).

Respecto a la pensión por alimentos, y teniendo en cuenta que últimamente y al contestar a ello, son muchos los post en este sentido, vuelvo a indicar que cualquier respuesta es meramente orientativa, pues no existen bases de cálculos exactos de las citadas pensiones. Se ha de analizar las circunstancias de cada caso y conforme a ello decidir.
Conforme a tablas estadísticas, y a efectos meramente orientativos podemos hablar de entre 250 y 275 €uros/mes por los dos hijos (Luego en un juicio contencioso, un Juez puede otorgar 200 €/mes, o 350 €./mes, p.ej.).

Un saludo,
emarbra@abogadosdeasturias.com
Pensión alimenticia y compensatoria
15/07/2003 04:44
Si el sueldo del padre son unos 950€ y el de la madre es de 1200€

Tenemos 2 hijos de 9 y 6 años, respectivamente, van a colegio privado, pero por trabajar la madre en él, solo deben pagar 65€ cada uno, más extras, ¿Qué pensión alimenticia le correspondería pasar al padre?

Además, y tras la separación, en el supuesto convenio, la madre se haría cargo de hipoteca de la casa, unos 600€, más todos los gastos que eso conlleva, al quedarse ella a vivir allí con los niños, y como compensación de unas acciones que tienen de gananciales.

Hay 2 préstamos personales entre los 2 conyuges, uno por 169€ y otro por 211€ que la madre propone pagar a medias.

¿Podría el padre pedir una pensión compensatoria a la madre?