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pension compensatoria a favor mujer licenciada

3 Comentarios
 
Pension compensatoria a favor mujer licenciada
18/02/2005 11:59
que posibilidades existen en darle una pension compensatoia a la esposa si esta está trabajando (gana unos 750 € mes) es licenciada , no hay hijos el marido paga toda la hipoteca (1000 €) él gana 2000 € y ella siempre está de baja porque no tiene ganas de trabajar ...encima se ha empeñado en que laoperen del tobillo y ortanto estará de baja?. además ella tiene 4 millones de una herencia y un piso de propeidad (bueno u1/3 porcentage) compartido con su familia que está desocupado casi todo el año , es de 2º residencia.
¿Est mujer puede exigirle algo aunque esté de baja?
18/02/2005 12:32
El artículo 97 del CC establece:
"El cónyuge al que la separación o divorcio produzca desequilibrio económico en relación con la posición del otro, que implique un empeoramiento en su situación anterior en el matrimonio, tiene derecho a una pensión que se fijará en la resolución judicial, teniendo en cuenta, entre otras, las siguientes circunstancias:

Los acuerdos a que hubieren llegado los cónyuges.

La edad y estado de salud.

La cualificación profesional y las probabilidades de acceso a un empleo.

La dedicación pasada y futura a la familia.

La colaboración con su trabajo en las actividades mercantiles, industriales o profesionales del otro cónyuge.

La duración del matrimonio y de la convivencia conyugal.

La pérdida eventual de un derecho de pensión.

El caudal y medios económicos y las necesidades de uno y otro cónyuge.

En la resolución judicial se fijarán las bases para actualizar la pensión y las garantías para su efectividad"

Como puedes ver, si puede pedir pensión compensatoria, y será el juez el que, conforme a las circunstancias mencionadas establezca si procede o no.
A mi, personalmente, me parece que no procede dicha pensión compensatoria, ya que la esposa, según los datos que aportas (y que el esposos deberá probar en el juicio), no ha sufrido un desequilibrio importante con la separación. Además estar de baja laboral, no supone que deje de obtener ingresos.

Un saludo
18/02/2005 14:35
No mezcles las cosas.Si se opera o está de baja porque le da la gana no es cosa que afecte a la justicia en este caso sino a la Seguridad Social.
-Que es licenciada, un punto a tu favor.
-Que trabaja, un punto a tu favor.
-Que gana 750 Eu y tú no dices cuánto, no sé cuántos puntos a favor de quién.
-Que no hay hijos, otro punto a tu favor, y sobre todo al de los hijos en potencia.
-Que tú estás pagando la hipoteca sólo. ¿Está a nombre de los dos?. ¿Bienes gananciales?.
En mi opinión vas a salir bien parado.
18/02/2005 19:10
y encima tiene un piso (1/3) que está muerto de risa.... en todo caso si no puede pagar la mitad de la hipoteca... que se vaya allí... no le hace falta buscarse un alquiler...
pension compensatoria a favor mujer licenciada | PorticoLegal
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Pension compensatoria a favor mujer licenciada
18/02/2005 11:59
que posibilidades existen en darle una pension compensatoia a la esposa si esta está trabajando (gana unos 750 € mes) es licenciada , no hay hijos el marido paga toda la hipoteca (1000 €) él gana 2000 € y ella siempre está de baja porque no tiene ganas de trabajar ...encima se ha empeñado en que laoperen del tobillo y ortanto estará de baja?. además ella tiene 4 millones de una herencia y un piso de propeidad (bueno u1/3 porcentage) compartido con su familia que está desocupado casi todo el año , es de 2º residencia.
¿Est mujer puede exigirle algo aunque esté de baja?
18/02/2005 12:32
El artículo 97 del CC establece:
"El cónyuge al que la separación o divorcio produzca desequilibrio económico en relación con la posición del otro, que implique un empeoramiento en su situación anterior en el matrimonio, tiene derecho a una pensión que se fijará en la resolución judicial, teniendo en cuenta, entre otras, las siguientes circunstancias:

Los acuerdos a que hubieren llegado los cónyuges.

La edad y estado de salud.

La cualificación profesional y las probabilidades de acceso a un empleo.

La dedicación pasada y futura a la familia.

La colaboración con su trabajo en las actividades mercantiles, industriales o profesionales del otro cónyuge.

La duración del matrimonio y de la convivencia conyugal.

La pérdida eventual de un derecho de pensión.

El caudal y medios económicos y las necesidades de uno y otro cónyuge.

En la resolución judicial se fijarán las bases para actualizar la pensión y las garantías para su efectividad"

Como puedes ver, si puede pedir pensión compensatoria, y será el juez el que, conforme a las circunstancias mencionadas establezca si procede o no.
A mi, personalmente, me parece que no procede dicha pensión compensatoria, ya que la esposa, según los datos que aportas (y que el esposos deberá probar en el juicio), no ha sufrido un desequilibrio importante con la separación. Además estar de baja laboral, no supone que deje de obtener ingresos.

Un saludo
18/02/2005 14:35
No mezcles las cosas.Si se opera o está de baja porque le da la gana no es cosa que afecte a la justicia en este caso sino a la Seguridad Social.
-Que es licenciada, un punto a tu favor.
-Que trabaja, un punto a tu favor.
-Que gana 750 Eu y tú no dices cuánto, no sé cuántos puntos a favor de quién.
-Que no hay hijos, otro punto a tu favor, y sobre todo al de los hijos en potencia.
-Que tú estás pagando la hipoteca sólo. ¿Está a nombre de los dos?. ¿Bienes gananciales?.
En mi opinión vas a salir bien parado.
18/02/2005 19:10
y encima tiene un piso (1/3) que está muerto de risa.... en todo caso si no puede pagar la mitad de la hipoteca... que se vaya allí... no le hace falta buscarse un alquiler...