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Pensión de alimentos e independencia económica.

4 Comentarios
 
Pensión de alimentos e independencia económica.
13/11/2019 13:31
Buenos días, en el convenio regulador indica que la pensión se abonará hasta los 24 años de edad o hasta la independencia económica del hijo. Actualmente tiene 22 años y tras terminar el Grado Superior de electrónica, lleva dos meses trabajando en una empresa.
Mi pregunta es, ¿esta situación se puede considerar "independencia económica"?

Gracias
13/11/2019 13:40
seminar
No hay una regla exacta para determinarlo, habitualmente se toma como referencia el SMI, si el salario de su hijo es igual o superior se puede considerar independiente económicamente. De todas formas es algo que tiene que solicitar, no puede retirara la pensión unilateralmente.
13/11/2019 13:52
Johnwick
Gracias Johnwick. Soy consciente que no se puede hacer unilateralmente, pero ¿a quién hay que hacer la solicitud? ¿Lleva algún trámite legal? Por cierto, el salario del hijo, supera al del progenitor.
Un saludo
13/11/2019 14:04
seminar
Debe solicitar la modificación de medidas al juzgado que emitió la sentencia de la pensión original, si el proceso lo realizó mediante abogado, el puede presentar la solicitud.
14/11/2019 13:52
seminar
Buenos días

la independencia económica no se adquiere solo por estar trabajando y percibir un sueldo. Generalmente el Tribunal Supremo está exigiendo para considerar que se ha alcanzado la independencia económica, que el hijo que ha comenzado a trabajar lleve unos cuantos meses (no solo un par) trabajando, y que el contrato sea indefinido o que haya transcurrido el periodo de prueba como mínimo.

Para extinguir la pensión de alimentos tiene que pasar por un procedimiento de modificación de medidas, para lo cual necesita abogado y procurador. Puede hacerlo de común acuerdo con su ex, y si no lo están, entonces de forma contenciosa.

Un saludo.
Pensión de alimentos e independencia económica. | PorticoLegal
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Pensión de alimentos e independencia económica.

4 Comentarios
 
Pensión de alimentos e independencia económica.
13/11/2019 13:31
Buenos días, en el convenio regulador indica que la pensión se abonará hasta los 24 años de edad o hasta la independencia económica del hijo. Actualmente tiene 22 años y tras terminar el Grado Superior de electrónica, lleva dos meses trabajando en una empresa.
Mi pregunta es, ¿esta situación se puede considerar "independencia económica"?

Gracias
13/11/2019 13:40
seminar
No hay una regla exacta para determinarlo, habitualmente se toma como referencia el SMI, si el salario de su hijo es igual o superior se puede considerar independiente económicamente. De todas formas es algo que tiene que solicitar, no puede retirara la pensión unilateralmente.
13/11/2019 13:52
Johnwick
Gracias Johnwick. Soy consciente que no se puede hacer unilateralmente, pero ¿a quién hay que hacer la solicitud? ¿Lleva algún trámite legal? Por cierto, el salario del hijo, supera al del progenitor.
Un saludo
13/11/2019 14:04
seminar
Debe solicitar la modificación de medidas al juzgado que emitió la sentencia de la pensión original, si el proceso lo realizó mediante abogado, el puede presentar la solicitud.
14/11/2019 13:52
seminar
Buenos días

la independencia económica no se adquiere solo por estar trabajando y percibir un sueldo. Generalmente el Tribunal Supremo está exigiendo para considerar que se ha alcanzado la independencia económica, que el hijo que ha comenzado a trabajar lleve unos cuantos meses (no solo un par) trabajando, y que el contrato sea indefinido o que haya transcurrido el periodo de prueba como mínimo.

Para extinguir la pensión de alimentos tiene que pasar por un procedimiento de modificación de medidas, para lo cual necesita abogado y procurador. Puede hacerlo de común acuerdo con su ex, y si no lo están, entonces de forma contenciosa.

Un saludo.