¨-En cuanto a la pensión alimenticia que el padre debe abonar a su hijo menor, debe de señalarse la necesidad de encontrar un equilibrio entre la capacidad económica del padre y las necesidades del menor, ponderando asimismo la capacidad del progenitor que mantiene la custodia del hijo. Atendiendo a ello, se estima prudente acordar una pensión de 300 Euros mensuales a abonar por el padre y que deberá actualizarse atendiendo a las variaciones del IPC. Dicha cantidad se considera adecuada derivada de la situación económica del padre, ya que el mismo trabaja como militar percibiendo por ello un sueldo de 1.059’50 Euros, y no tener, además, ningún préstamo o hipoteca ni ninguna otra carga o responsabilidad que le pueda restar su sueldo base para sufragar la citada pensión de alimentos. En cambio, la parte demandada trabaja en el sector de la limpieza percibiendo mensualmente unos 600 Euros aproximadamente y viviendo en un piso de alquiler cuya renta es de 300 Euros mensuales. Por todo ello, se considera a priori que el importe de los 300 Euros mensuales en concepto de pensión de alimentos es adecuada para cubrir las necesidades del menor.
Por último, los gastos extraordinarios serán sufragados por mitad entre ambos progenitores, entendiendo por tales los que tengan carácter de excepcional y no sean previsibles, como los gastos de enfermedad, prótesis ópticas o dentales, o cualquier otro gasto sanitario no cubierto por el sistema público de salud por la Seguridad Social. Así como también, los gastos correspondientes a las matrículas escolares, al material escolar (libro y uniformes) que sea necesario y se establezca con carácter general en el centro donde curse los estudios el menor y los correspondientes a actividades extraescolares.¨
Hola... Arriba dejo el fragmento del auto donde especifica la pensión que el padre de mi hijo debe pagarle todos los meses. Ese auto es de Junio, que se hizo efectivo desde el mes de Julio (sobre la pensión), así, el padre (que es el progenitor NO CUSTODIO) hizo dos pagos (julio y agosto) de la manutención, pero en vez de abonar los 300€, abonó 200€, tanto en julio como en agosto. Yo creo que le puedo denunciar, pero no quiero que eso me perjudique, ya que él es militar y seria una denuncia por lo que creo que antes se llamaba ¨abandono de familia¨y eso haría que el perdiera su trabajo, consecuencia de ello, no tendría un sueldo y no podría abonar a mi hijo la manutención.
¿Que puedo hacer?
Otra cosa... El se niega a pagar el 50% de los materiales escolares y uniforme de nuestro hijo, alegando que es un gasto previsible y no extraordinario, pero en el Auto dice que ese gasto nos incumbe la mitad a cada uno.
El sueldo que especifica arriba de mil y poco que el cobra es falso, ya que presentó una nomina de un mes cual tenia muchas faltas y sin desglose, no sé exactamente lo que cobra, pero es más que eso y tiene un segundo y tercero trabajo (de masajista y portero de discoteca, donde en ambos cobra en negro). Yo hago limpiezas y mi sueldo es de 600€. Los gastos de mi hijo, solo entre comedor y extraescolares llegan casi a los 200€(ya que pagamos el máximo de comedor por cuenta del sueldo del padre).
¿Que puedo hacer?
Muchas gracias!!!!
Quería especificar que el padre paga los 200€ alegando en un escrito que no puede hacer frente al pago de 300€ pq tiene que ayudar en la casa donde vive con su madre (que no pagan alquiler ni hipoteca) con gastos de suministros y comida y que tiene dos prestamos (que él no presentó en su demanda contra mi para pedir la custodia de nuestro hijo), pero que doy fe que es cierto, pero que no superan los 200€ mensuales.
Ayer, las 22:30 estaba yo en la puerta de su casa pq no cumplió llevarme el niño como habíamos acordado y estaba en la calle con el niño de 4 años en vez de llevarme el niño a las 20:00 después de casi dos semanas que no pude ni hablar por teléfono con mi hijo... En esa espera hablé con su madre, que me dijo (y la grabé con el teléfono) que eso de que él ayuda en los gastos de la casa es mentira.
La grabación no creo que le sirva como prueba de nada puesto que no sé si será muy legal...y supongo que podría ser rechazada. Quizá solo le sirva para sacarle los colores al padre.
El gasto de material extraescolar es extraordinario si así lo han acordado. Por lo que pone en la legislación no debería serlo, pero cada uno hace el pacto que quiera en el convenio. En mi caso, también lo pactamos así, le pregunté tiempo después la abogada y es lo que me dijo.
En cuanto al incumplimiento del pago de la pensión yo lo veo como un incumplimiento de sentencia que podría denunciar, aunque claro, si se cubre las espaldas con las pruebas que comenta no sé en que quedaría eso.
Muchísima suerte con su caso y espero que le asesore alguien con mejor idea que yo.
Eso de ejecución de sentencia ¿es por via civil?
No quiero meterme en temas por lo penal, mas que nada pq no quiero (y no me conviene) que el padre de mi hijo se quede sin trabajo.
Hay alguna manera de que le embarguen todos los meses la cuenta? Para que así no haya sorpresas... Como si fuera una domiciliación bancaria o algo así...