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pensión en casi custodia compartida

5 Comentarios
 
Pensión en casi custodia compartida
11/09/2014 16:14
Buenas, es que tengo que firmar los papeles y tengo una duda. Mi situación es que tengo a mi ex a mi hijo en Málaga, cuando estoy aquí mi regimen de visitas es de Martes y Jueves por las tardes hasta el cole del día siguiente, y fines de semana alternos, es decir tengo al niño practicamente los mismos días que la madre.

Hoy por hoy estoy en Valencia viviendo, por lo que esto no puedo hacerlo y hemos acordado unos días y un pago de pensión de 260 € cuando estoy fuera ya que solo puedo ir a Malaga una semana al mes, y eso me parece correcto.

Mi duda es ¿Si cuando estoy en Malaga y tengo al niño los mismos días al mes, pero no es custodia compartida, si tengo que pagar los 200 € que hemos hablado de pensión?

Entendería dar una cantidad simbólica pero no 200 € cuando vamos a tener el mismo tiempo al niño, pero vamos si es así pues lo asumiré.

Gracias
12/09/2014 08:36
Buenos días,

yo tengo la custodia compartida por sentencia, con un pago de 400€ de pensión de alimentos (porque la mamá está en "paro").

Si te sirve de guía.
12/09/2014 09:23
sreal, la verdad es que no entiendo muy bien su consulta...

Efectivamente, aunque usted pase un tiempo casi equiparable o totalmente equiparable al tiempo que pasa la madre con el menor, hay ocasiones que el Juez estima la necesidad de una pensión de alimentos porque los ingresos de un progenitor y otro no son equitativos (uno de los dos gana más que el otro).

Por otra parte, no entiendo la pregunta de si usted debe pagar la pensión cuando está con su hijo:
1º Usted tiene un régimen de visitas, amplio, pero un régimen de visitas y NO una custodia compartida.
2º Aún con custodia compartida, como le he comentado, se puede imponer una pensión de alimentos.
3º Ahora mismo no puede cumplir, ni siquiera, con el régimen de visitas acordado.

Quedo a su disposición para lo que necesite,

AR.Abogada, Alicante
http://goo.gl/T6kHgM
12/09/2014 10:51
Buenas y gracias por las respuestas. Mi duda es esa, es si me merece la pena quizás pedir una custodia compartida si me quedo en Málaga en vez de ese regimen de visitas ampliado, que al fin y al cabo aunque no se llamen igual, es practicamente lo mismo, con la diferencia de que además tengo que pasar 200 € de pensíon compensatoria.

Ahora si teniendo custodia compartida también tendría que pasarla, ya no entiendo nada.
12/09/2014 11:12
Hola de nuevo,

ahora ya sí que he entendido la duda que tenía.

Bien, pues en cuanto a conseguir la custodia compartida, pues tendrá que demostrarse que no es perjudicial para el menor y también tendrá usted que probar que se ha hecho cargo de su hijo en las mismas condiciones que la madre, en el sentido de que haya pasado un tiempo equiparable.

Como le he dicho anteriormente, la custodia compartida no implica necesariamente la exención del pago de los alimentos y la razón es lógica. Si la madre, pongamos por ejemplo, gana 1000, y el padre 5000 hay un desequilibrio importante que se ha dado SIEMPRE. Por tanto, SIEMPRE ha habido uno de los dos que ha aportado mayor porcentaje en el sustento del menor, y eso se mantiene aunque la pareja rompa la relación.

12/09/2014 11:16
Ok. O sea que casi mejor que acepte estas condiciones, aunque economicamente no hay mucha diferencia entre nosotros, casi seguro que saldría perdiendo al final, gracias