Hola, tengo la siguiente duda: ¿una persona que esté cobrando la pensión por incapacidad total o permanente, puede residir en otro país fuera de la UE? Un familiar tiene un transtorno psicológico, está en trámites de solicitar dicha pensión, la cobraría en su cuenta corriente de España, pero para mejorar su situación mental lo vamos a llevar al país de sus padres que está fuera de Europa. ¿Si cobrara la pensión esa, es obligatorio que resida en España sí o sí? Agradecería la respuesta de un abogado, saludos y gracias.