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Pensión viudedad

6 Comentarios
 
Pensión viudedad
17/11/2003 08:46
En caso de un matrimonio separado legalmente, divorciados y en el caso de la esposa casada nuevamente, en caso de fallecimiento del ex esposo, a esta ultima tendría derecho a percibir la pensión de viudedad.
17/11/2003 09:35
Si que tiene derecho a la pensión de viudedad, pero la cuantía será proporcional al tiempo vivido en matrimonio con el fallecido.

La proporcionalidad se determina tomando como módulo temporal de referencia el período transcurrido desde la fecha del primer matrimonio hasta el fallecimiento del causante.

Saludos.
17/11/2003 09:53
Pero de esa manera el modulo temporal de referencia es toda la vida ya que se dices, desde la fecha del primer matrimonio hasta el fallecimiento del causante, entiendo que es toda la vida, aunque lleven varios años ya separados.
Me gustaria jesusfer, que este extremo me lo matizaras.
Un saludo.
17/11/2003 18:28
Si la primera esposa ha contraido nuevas nupcias no tiene derecho a percibir pensión de viudedad por el fallecimiento de su primer marido. Ley General de la Seguridad Social art.174.2
17/11/2003 19:26
aúnque no le corresponda pesión a su ex esposa, si le hubiese corespondido habrá que hacer los sugiente:

Si entre el total del tiempo eque estuvo casado (con una y otra) fuesen en total 18 años. 18 sería el 100%.

si con la priemra estivo casadop 8 años haríamos la proporción siguiente:

si 18 es el 100%. 8 es X y ese es el porcentajoe que le correspondería a la primera. con la segunda lo mismo.

Saludos.
17/11/2003 20:54
Correcta la respuesta de Larios 10 Irene. En mi respuesta no tuve en cuenta que estaba casada nuevamente. Siendo así no tiene derecho, aunque Ninfa ha explicado muy bien la regla de tres de la proporción en cuanto al tiempo de matrimonio para el caso de que no se hubiese casado nuevamente. El art. 174.2 de la Ley General de la Seguridad Social está clarísimo. Y yo hoy estoy algo nublado. Gracias por vuestra corrección.

Saludos.
18/11/2003 08:51
De todax formas gracias a todos, y a JesusFer, se le disculpa del lapsus.

gracias a todos.

Manolo Blasco
Pensión viudedad | PorticoLegal
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Pensión viudedad
17/11/2003 08:46
En caso de un matrimonio separado legalmente, divorciados y en el caso de la esposa casada nuevamente, en caso de fallecimiento del ex esposo, a esta ultima tendría derecho a percibir la pensión de viudedad.
17/11/2003 09:35
Si que tiene derecho a la pensión de viudedad, pero la cuantía será proporcional al tiempo vivido en matrimonio con el fallecido.

La proporcionalidad se determina tomando como módulo temporal de referencia el período transcurrido desde la fecha del primer matrimonio hasta el fallecimiento del causante.

Saludos.
17/11/2003 09:53
Pero de esa manera el modulo temporal de referencia es toda la vida ya que se dices, desde la fecha del primer matrimonio hasta el fallecimiento del causante, entiendo que es toda la vida, aunque lleven varios años ya separados.
Me gustaria jesusfer, que este extremo me lo matizaras.
Un saludo.
17/11/2003 18:28
Si la primera esposa ha contraido nuevas nupcias no tiene derecho a percibir pensión de viudedad por el fallecimiento de su primer marido. Ley General de la Seguridad Social art.174.2
17/11/2003 19:26
aúnque no le corresponda pesión a su ex esposa, si le hubiese corespondido habrá que hacer los sugiente:

Si entre el total del tiempo eque estuvo casado (con una y otra) fuesen en total 18 años. 18 sería el 100%.

si con la priemra estivo casadop 8 años haríamos la proporción siguiente:

si 18 es el 100%. 8 es X y ese es el porcentajoe que le correspondería a la primera. con la segunda lo mismo.

Saludos.
17/11/2003 20:54
Correcta la respuesta de Larios 10 Irene. En mi respuesta no tuve en cuenta que estaba casada nuevamente. Siendo así no tiene derecho, aunque Ninfa ha explicado muy bien la regla de tres de la proporción en cuanto al tiempo de matrimonio para el caso de que no se hubiese casado nuevamente. El art. 174.2 de la Ley General de la Seguridad Social está clarísimo. Y yo hoy estoy algo nublado. Gracias por vuestra corrección.

Saludos.
18/11/2003 08:51
De todax formas gracias a todos, y a JesusFer, se le disculpa del lapsus.

gracias a todos.

Manolo Blasco