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Pequeño consejo

11 Comentarios
 
Pequeño consejo
26/06/2014 15:03
Hola, soy un estudiante de 3 de Derecho.

Resulta que pese a haber estudiado las dos asignaturas de Penal, tengo una duda.
Un amigo me ha pedido ayuda y estoy un poco confuso.

Resulta que le han denunciado por propinar un puñetazo a un chico, que presenta un Hematoma labial con herida superficial y una leve inflamación. Y le han imputado un delito de lesiones.
Pensaba que al no necesitar tratamiento quirúrgico, tan solo se enfrentaba a una falta de lesiones, por eso estoy bastante confuso.

En caso de ser condenado como culpable a que se enfrentaría? ¿Qué gasto económico le ocasionaría?

Un saludo y gracias de antemano
26/06/2014 17:43
Piensa que los procesos suelen empezar por Diligencias previas, y una vez se observen que los hechos no son constitutivos de delito, el juzgado lo pasa a procedimiento de faltas.
Tu amigo posiblemente se encuentre en breve en un juicio de faltas. Pero eso siempre que los hechos se limiten a lo que has detallado, un puñetazo con las lesiones que has descrito.
26/06/2014 23:51
Gracias, la verdad es que me extrañaba eso de delito de faltas.
Ahora lo entiendo, es que yo he estudiado Derecho procesal civil, no penal...

En lo referente a la cuantía, podrías darme una estimación aproximada?

Muchas gracias, compañer@
27/06/2014 09:35
No te puedo decir, por que la Responsabilidad Civil se calcula a raiz del daño generado y de los informes medicos.
Luego esta la propia pena del tipo penal, art.617. O localizancion permanente o multa. Y eso es facultad del juez poner la q considere mejor.
De todos modos, aunque le pongan la multa y no puede asumirlo, puede solicitar la suspension o sustitucion en fase ejecucion.
27/06/2014 13:50
Vale. Muchas gracias por responder.

Para las diligencias previas necesita abogado, la cuestión es si puede acogerse a un abogado de oficio, ya que aunque su familia tiene dinero, mi conocido en cuestión no tiene ingresos y no quiere que se sepa.
Ya que posiblemente pase a procedimiento de faltas, la labor del abogado sería prácticamente testimonial, no?

Un saludo
27/06/2014 13:52
En juicio de faltas de necesita abogado alguno, así que no se lo asignaran ni aunque pudiera acogerse a la asistencia jurídica gratuita, que no es lo mismo que el turno de oficio.
27/06/2014 13:54
Preguntaba por el procedimiento de diligencias, ya que en principio está imputado por un delito de lesiones
27/06/2014 13:56
Si está imputado, cuando el juez le llame a declarar, si se persona sin abogado, conforme al 520 LeCrim el juez le designará una de oficio para que le preste asistencia en la diligencia de declaración.
27/06/2014 13:57
Si, pero yo tenía la duda de si podía solicitar previamente el abogado de oficio para "preparar" la declaración

Muchas gracias
27/06/2014 13:59
Lo han citado a declarar? No puedes anticipar eso. A lo mejor el juez de instrucción no ve indicios de infracción penal, y decreta el archivo. No os queda otra que esperar acontecimientos. Comprendes?
27/06/2014 14:05
A ver, el otro día le llegó carta certificada en la que se le citaba a fin de prestar declaración en calidad de imputado sobre delito de lesiones. También aparece en la carta el siguiente texto: "tiene el deber de comparecer asistido de abogado de su elección, y que si no lo hiciera o solicita con antelación, se le asignará abogado de oficio".

Mi duda surge a raíz de lo última, no se si al solicitarlo previamente te ponen en contacto unos días antes para preparar la declaración, o te asignan el abogado justo antes de declarar.

Un saludo
28/06/2014 06:51
Puede acudir al Colegio de Abogados con la citacion. Le asignaran un abogado rapidamente y podra preparar la declaracion.
Los criterios de justicia gratuita se plantearan con posterioridad, primero el colegio al acudir con una citacion y posteriormente estudiara si cumple los requisitos o no.
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26/06/2014 15:03
Hola, soy un estudiante de 3 de Derecho.

Resulta que pese a haber estudiado las dos asignaturas de Penal, tengo una duda.
Un amigo me ha pedido ayuda y estoy un poco confuso.

Resulta que le han denunciado por propinar un puñetazo a un chico, que presenta un Hematoma labial con herida superficial y una leve inflamación. Y le han imputado un delito de lesiones.
Pensaba que al no necesitar tratamiento quirúrgico, tan solo se enfrentaba a una falta de lesiones, por eso estoy bastante confuso.

En caso de ser condenado como culpable a que se enfrentaría? ¿Qué gasto económico le ocasionaría?

Un saludo y gracias de antemano
26/06/2014 17:43
Piensa que los procesos suelen empezar por Diligencias previas, y una vez se observen que los hechos no son constitutivos de delito, el juzgado lo pasa a procedimiento de faltas.
Tu amigo posiblemente se encuentre en breve en un juicio de faltas. Pero eso siempre que los hechos se limiten a lo que has detallado, un puñetazo con las lesiones que has descrito.
26/06/2014 23:51
Gracias, la verdad es que me extrañaba eso de delito de faltas.
Ahora lo entiendo, es que yo he estudiado Derecho procesal civil, no penal...

En lo referente a la cuantía, podrías darme una estimación aproximada?

Muchas gracias, compañer@
27/06/2014 09:35
No te puedo decir, por que la Responsabilidad Civil se calcula a raiz del daño generado y de los informes medicos.
Luego esta la propia pena del tipo penal, art.617. O localizancion permanente o multa. Y eso es facultad del juez poner la q considere mejor.
De todos modos, aunque le pongan la multa y no puede asumirlo, puede solicitar la suspension o sustitucion en fase ejecucion.
27/06/2014 13:50
Vale. Muchas gracias por responder.

Para las diligencias previas necesita abogado, la cuestión es si puede acogerse a un abogado de oficio, ya que aunque su familia tiene dinero, mi conocido en cuestión no tiene ingresos y no quiere que se sepa.
Ya que posiblemente pase a procedimiento de faltas, la labor del abogado sería prácticamente testimonial, no?

Un saludo
27/06/2014 13:52
En juicio de faltas de necesita abogado alguno, así que no se lo asignaran ni aunque pudiera acogerse a la asistencia jurídica gratuita, que no es lo mismo que el turno de oficio.
27/06/2014 13:54
Preguntaba por el procedimiento de diligencias, ya que en principio está imputado por un delito de lesiones
27/06/2014 13:56
Si está imputado, cuando el juez le llame a declarar, si se persona sin abogado, conforme al 520 LeCrim el juez le designará una de oficio para que le preste asistencia en la diligencia de declaración.
27/06/2014 13:57
Si, pero yo tenía la duda de si podía solicitar previamente el abogado de oficio para "preparar" la declaración

Muchas gracias
27/06/2014 13:59
Lo han citado a declarar? No puedes anticipar eso. A lo mejor el juez de instrucción no ve indicios de infracción penal, y decreta el archivo. No os queda otra que esperar acontecimientos. Comprendes?
27/06/2014 14:05
A ver, el otro día le llegó carta certificada en la que se le citaba a fin de prestar declaración en calidad de imputado sobre delito de lesiones. También aparece en la carta el siguiente texto: "tiene el deber de comparecer asistido de abogado de su elección, y que si no lo hiciera o solicita con antelación, se le asignará abogado de oficio".

Mi duda surge a raíz de lo última, no se si al solicitarlo previamente te ponen en contacto unos días antes para preparar la declaración, o te asignan el abogado justo antes de declarar.

Un saludo
28/06/2014 06:51
Puede acudir al Colegio de Abogados con la citacion. Le asignaran un abogado rapidamente y podra preparar la declaracion.
Los criterios de justicia gratuita se plantearan con posterioridad, primero el colegio al acudir con una citacion y posteriormente estudiara si cumple los requisitos o no.