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perdida de actas

3 Comentarios
 
Perdida de actas
27/02/2009 11:20
En una comunidad sobre el año 2.000 se acordo la instalacion de un ascensor aunque posteriormente no se instalo en dicha reunion se acordo que el bajo no pagaba y asi creo recordar que figuraba en el acta.
El mes pasado se volvio a votar la instalacion y se acuerda que el bajo comercail pague. Yo pido el libro de actas para ver si tiene algun tipo de validez el pasado acuerdo y la respuesta es que se perdio el acta el año pasado. ¿Tendre alguna posibilidad si argumento al juez la perdida del acta donde no me incluian en el pago del ascensor?
Un saludo
27/02/2009 14:59
Además del libro de actas, del que es responsable el secretario de la comunidad (a veces ese cargo recae en el presidente o en el administrador), cada propietario ha de tener una copia de cada acta, que el secretario ha de enviarles unos días después de celebrada la reunión.

Es extraño que se haya perdido un acta, pues ha de estar en un libro, y si se pierde, se pierden todas. De cualquier forma, entiendo que es responsabilidad del secretario, y habría que pedírsela por su negligencia, y también entiendo, salvo mejor opinión, que esa supuesta pérdida se tenía que haber comunicado y procedido en consecuencia en su momento, no ahora, que perjudica a algunos y beneficia a otros.
02/03/2009 10:35
Dicen que se ha perdido el libro de actas de la comunidad en el 2.006. En esta comunidad de 5 vevinos y un bajo nunca se mandan las actas a los vecinos despues de cada reunion pero el presidente si las escribia.
02/03/2009 14:29
Es obligación del Secretario enviar las actas a todos los propietarios, dentro de un plazo prudencial desde la fecha de la Junta.
Parece mentira que esas cosas no la sepan los propietarios de comunidades, sino solo cuando surgen los problemas. El propietario del bajo debió en su momento hacerse con una copia, ya que le excusaba del pago.
perdida de actas | PorticoLegal
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Perdida de actas
27/02/2009 11:20
En una comunidad sobre el año 2.000 se acordo la instalacion de un ascensor aunque posteriormente no se instalo en dicha reunion se acordo que el bajo no pagaba y asi creo recordar que figuraba en el acta.
El mes pasado se volvio a votar la instalacion y se acuerda que el bajo comercail pague. Yo pido el libro de actas para ver si tiene algun tipo de validez el pasado acuerdo y la respuesta es que se perdio el acta el año pasado. ¿Tendre alguna posibilidad si argumento al juez la perdida del acta donde no me incluian en el pago del ascensor?
Un saludo
27/02/2009 14:59
Además del libro de actas, del que es responsable el secretario de la comunidad (a veces ese cargo recae en el presidente o en el administrador), cada propietario ha de tener una copia de cada acta, que el secretario ha de enviarles unos días después de celebrada la reunión.

Es extraño que se haya perdido un acta, pues ha de estar en un libro, y si se pierde, se pierden todas. De cualquier forma, entiendo que es responsabilidad del secretario, y habría que pedírsela por su negligencia, y también entiendo, salvo mejor opinión, que esa supuesta pérdida se tenía que haber comunicado y procedido en consecuencia en su momento, no ahora, que perjudica a algunos y beneficia a otros.
02/03/2009 10:35
Dicen que se ha perdido el libro de actas de la comunidad en el 2.006. En esta comunidad de 5 vevinos y un bajo nunca se mandan las actas a los vecinos despues de cada reunion pero el presidente si las escribia.
02/03/2009 14:29
Es obligación del Secretario enviar las actas a todos los propietarios, dentro de un plazo prudencial desde la fecha de la Junta.
Parece mentira que esas cosas no la sepan los propietarios de comunidades, sino solo cuando surgen los problemas. El propietario del bajo debió en su momento hacerse con una copia, ya que le excusaba del pago.