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pérdida de contrato

1 Comentarios
 
07/11/2003 22:55
Al ser un contrato de 1.994, si has extraviado el original, y el arrendatario no te quiere faclitar una copia o fotocopia, que para dar mayor validez, podrías advertir esa situación y fimarla la copia los dos nuevamente, pues no tienes nínguna solución; ahora bien si despositaste la fianza en el Organismo Público correspondiente podrás solicitar un certificado del deposito, en el que costará la fecha del contrato, importe de la fianza, finca etc. No se si lo que más te interesa es la duración o vigencia del mismo. En ese caso dependerá de la duración contractual pactada, pero que tu podrás recordar, supongo. Si trascurrido este tiempo inicial el arrendatario ha continuado, sin ningún tipo de oposición con la cosa arrendada, el contrato se prorrogará por un periodo de tres años. Trascurrido este periodo, entiendo que la prorroga será en función de la forma de pago.
Espero que te sirva de algo.
Saludos
Pérdida de contrato
06/11/2003 09:23
¿Cómo solventar, ante un desahucio por falta de pago de la renta, el extravío del original de un contrato de arrendamiento de local de negocio, posterior a 1.994, por parte del arrendador?
El ingreso de la renta se realiza por banco y en los recibos el arrendatario dice que corresponde al alquiler de citado local.
pérdida de contrato | PorticoLegal
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07/11/2003 22:55
Al ser un contrato de 1.994, si has extraviado el original, y el arrendatario no te quiere faclitar una copia o fotocopia, que para dar mayor validez, podrías advertir esa situación y fimarla la copia los dos nuevamente, pues no tienes nínguna solución; ahora bien si despositaste la fianza en el Organismo Público correspondiente podrás solicitar un certificado del deposito, en el que costará la fecha del contrato, importe de la fianza, finca etc. No se si lo que más te interesa es la duración o vigencia del mismo. En ese caso dependerá de la duración contractual pactada, pero que tu podrás recordar, supongo. Si trascurrido este tiempo inicial el arrendatario ha continuado, sin ningún tipo de oposición con la cosa arrendada, el contrato se prorrogará por un periodo de tres años. Trascurrido este periodo, entiendo que la prorroga será en función de la forma de pago.
Espero que te sirva de algo.
Saludos
Pérdida de contrato
06/11/2003 09:23
¿Cómo solventar, ante un desahucio por falta de pago de la renta, el extravío del original de un contrato de arrendamiento de local de negocio, posterior a 1.994, por parte del arrendador?
El ingreso de la renta se realiza por banco y en los recibos el arrendatario dice que corresponde al alquiler de citado local.