Hola buenas, me llamo Eduardo y explico mi situación, actualmente estoy en valladolid, en una habitación arrendada con contrato, el contrato finalizaria el 3 de agosto, pero por motivos personales debo abandonar el trabajo y volver a Madrid, de hecho mi último día de trabajo es mañana día 5 de junio. He avisado a la persona que gestiona mi arrendamiento hace más de 2 semanas, y me dice que lo ha consultado con su gestoría y la única penalización que tendria es que pierdo la fianza que di al entrar, 220 euros, aparte de eso tengo que abonar los gastos correspondientes al último mes. Mi duda era sobre la fianza, si yo dejo el piso en correcto estado igual que me lo encontré, ¿pierdo la fianza igualmente?
Pues depende de la fecha del contrato de alquiler. En principio usted incumple el contrato, ya que quien le alquiló la habitación tenía la legítima perspectiva de cobrar una renta hasta julio, y descubre que va a perderla.
En la regulación vigente hoy 5 de junio del 19, el arrendatario puede desistir del contrato siempre que hayan transcurrido seis meses y preavise con treinta días. Veo que ha cumplido el plazo del preaviso, ya sólo falta examinar la fecha del contrato y si han pasado los seis meses.
El contrato se firmó el 3 de febrero, por lo tanto supongo que no podría reclamar la fianza, siempre duele perder dinero, pero aún así, muchas gracias por la ayuda.