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Pérdida de nie, solicitud de duplicado y ruptura pareja

2 Comentarios
 
Pérdida de nie, solicitud de duplicado y ruptura pareja
08/11/2021 11:18
Buenos días y ante todo, gracias.
El caso es que en abril perdí mi Tie en un viaje a mi país. La denuncia se hizo en junio y hasta diciembre no podré pedir cita en extranjería para solicitar el duplicado.
Mientras tanto, he roto la relación con mi pareja española (mi nie era por matrimonio) y desde septiembre estamos empadronados en domicilios diferentes.
Como me van a pedir certificado de empadronamiento para el duplicado del tie, voy a tener algún problema?
Y por la demora en solicitar el duplicado?
Un saludo y muchas gracias.
15/11/2021 21:30
importante
No indicas si tu matrimonio es con un ciudadano europeo (y, por tanto tienes la tarjeta de familiar de ciudadano de la unión), o si no lo es (y por lo tanto fuiste reagrupado en régimen general). Tampoco comentas cuanto tiempo llevabáis casados y cuanto tiempo convivistéis en España.

En cualquier caso, no creo que Policía Nacional te vaya a pedir un certificado de empadronamiento colectivo para hacerte un duplicado por perdida de tu TIE (ojo, para un duplicado por perdida o deterioro de la tarjeta has de ir a Policía Nacional no a la Oficina de Extranjería). Otra cosa es que, aparte de la perdida del TIE, tocase renovar el permiso / tarjeta, porque estaba ya caducado, en ese caso deberías pasarte por la oficina de extranjería y que te dijesen que necesitas hacer.

PD: Recuerda, por la cuenta que te trae, que has de comunicar a la Oficina de Extranjería el cambio de tu situación personal en el plazo de tres meses, de lo contrario te puedes encontrar que cuando toque renovar el permiso, no puedas hacerlo.
18/11/2021 17:09
importante
Hola:

El volante de empadronamiento lo ha de aportar si ha cambiado de domicilio. Para la expedición de la tarjeta de identidad de extranjero, que es competencia del Cuerpo Nacional de Policía, es suficiente con el volante de empadronamiento, la fotografía, el pago de la tasa y la denuncia por robo o pérdida.

En caso de robos, extravíos o deterioros, el Cuerpo Nacional de Policía expide la tarjeta de identidad de extranjero con base en la resolución de la que tiene constancia y con la que expidió la tarjeta extraviada.

Si está casado con una persona de nacionalidad española, usted sigue estando sujeto a régimen comunitario hasta que la resolución judicial que acuerda el divorcio adquiera firmeza o desde la fecha de otorgamiento de la escritura pública si se divorcia por mutuo acuerdo ante notario.

Tras la firmeza de la resolución o la fecha de otorgamiento de la escritura pública, usted conservará el derecho de residencia en régimen comunitario siempre y cuando el matrimonio hubiera durado al menos tres años y de ellos, al menos uno ha transcurrido en España. También conservará el derecho de residencia en régimen comunitario si existen hijos menores de edad en común y a usted le ha sido concedida la custodia o reconocido el derecho de visita. Y también lo podrá conservar si ha pasado por circunstancias especialmente difíciles, tales como haber sido víctima del delito de violencia doméstica intrafamiliar o de la trata internacional de personas.

Si su tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión fuera permanente, usted en todo caso conservará el derecho de residencia.

Si no se hallara en ninguno de los casos anteriores usted tendrá un plazo de tres meses siguientes a la firmeza de la sentencia u otorgamiento de la escritura pública de divorcio para solicitar la modificación a régimen general.

Un cordial saludo.
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Pérdida de nie, solicitud de duplicado y ruptura pareja
08/11/2021 11:18
Buenos días y ante todo, gracias.
El caso es que en abril perdí mi Tie en un viaje a mi país. La denuncia se hizo en junio y hasta diciembre no podré pedir cita en extranjería para solicitar el duplicado.
Mientras tanto, he roto la relación con mi pareja española (mi nie era por matrimonio) y desde septiembre estamos empadronados en domicilios diferentes.
Como me van a pedir certificado de empadronamiento para el duplicado del tie, voy a tener algún problema?
Y por la demora en solicitar el duplicado?
Un saludo y muchas gracias.
15/11/2021 21:30
importante
No indicas si tu matrimonio es con un ciudadano europeo (y, por tanto tienes la tarjeta de familiar de ciudadano de la unión), o si no lo es (y por lo tanto fuiste reagrupado en régimen general). Tampoco comentas cuanto tiempo llevabáis casados y cuanto tiempo convivistéis en España.

En cualquier caso, no creo que Policía Nacional te vaya a pedir un certificado de empadronamiento colectivo para hacerte un duplicado por perdida de tu TIE (ojo, para un duplicado por perdida o deterioro de la tarjeta has de ir a Policía Nacional no a la Oficina de Extranjería). Otra cosa es que, aparte de la perdida del TIE, tocase renovar el permiso / tarjeta, porque estaba ya caducado, en ese caso deberías pasarte por la oficina de extranjería y que te dijesen que necesitas hacer.

PD: Recuerda, por la cuenta que te trae, que has de comunicar a la Oficina de Extranjería el cambio de tu situación personal en el plazo de tres meses, de lo contrario te puedes encontrar que cuando toque renovar el permiso, no puedas hacerlo.
18/11/2021 17:09
importante
Hola:

El volante de empadronamiento lo ha de aportar si ha cambiado de domicilio. Para la expedición de la tarjeta de identidad de extranjero, que es competencia del Cuerpo Nacional de Policía, es suficiente con el volante de empadronamiento, la fotografía, el pago de la tasa y la denuncia por robo o pérdida.

En caso de robos, extravíos o deterioros, el Cuerpo Nacional de Policía expide la tarjeta de identidad de extranjero con base en la resolución de la que tiene constancia y con la que expidió la tarjeta extraviada.

Si está casado con una persona de nacionalidad española, usted sigue estando sujeto a régimen comunitario hasta que la resolución judicial que acuerda el divorcio adquiera firmeza o desde la fecha de otorgamiento de la escritura pública si se divorcia por mutuo acuerdo ante notario.

Tras la firmeza de la resolución o la fecha de otorgamiento de la escritura pública, usted conservará el derecho de residencia en régimen comunitario siempre y cuando el matrimonio hubiera durado al menos tres años y de ellos, al menos uno ha transcurrido en España. También conservará el derecho de residencia en régimen comunitario si existen hijos menores de edad en común y a usted le ha sido concedida la custodia o reconocido el derecho de visita. Y también lo podrá conservar si ha pasado por circunstancias especialmente difíciles, tales como haber sido víctima del delito de violencia doméstica intrafamiliar o de la trata internacional de personas.

Si su tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión fuera permanente, usted en todo caso conservará el derecho de residencia.

Si no se hallara en ninguno de los casos anteriores usted tendrá un plazo de tres meses siguientes a la firmeza de la sentencia u otorgamiento de la escritura pública de divorcio para solicitar la modificación a régimen general.

Un cordial saludo.