No acabo de entender bien los detalles pero parece que el úitlmo contrato es de marzo del 2009. En ese caso vuelvo a repetirle que su contrato se encuentra en tacita reconduccion mensual y por tanto el casero puede resolver el contrato cada mes, es decir, cuando quiera.
El primer contrato (01.03.2008) tuvo una duración de 12 meses con el pago mensual de la renta. Terminó el 28.02.2009 y dio la posibilidad de una extensión de 6 meses, si ambas partes están de acuerdo. El segundo contrato retroactivo de 2015 a 2009 es idéntico. No hubo renovación o terminación por escrito en todos los 10 años, de ahí el contrato es en tacita reconduccion.
Si no se da aviso, ¿por qué no se renueva por 6 meses? ¿Y cuándo debe ser despedido cuando el contrato finaliza el 28.02.2018? Por lo general, un mes antes o no?
He leído que los inquilinos están protegidos por la antigua ley de arrendamiento (contrato del 2008) y, a diferencia de un contrato, siempre se proporciona un plazo mínimo de 5 años, que se extiende en cada caso por un año, hasta otros 3 años (Ley antes del contrato). Pero vivimos aquí ahora 10 años y no puede ser que puedas ponernos dentro de un mes frente a la puerta?
Para respònder con total seguridad a su pregunta es imprescindible leer el contrato de arrendamiento, pero lo más probable es que su contrato se encuentre en tacita reconduccion mensual es decir que se esta renovando mes a mes. Por tanto el casero puede resolver el contrato de un mes para otro y ud. tendra que irse.
Periodo de aviso de un contrato de arrendamiento de 2009
Antes que nada, disculpen mi mal español, pero soy extranjera.
Mi pregunta:
Tengo un contrato de arrendamiento para 2008 por un año, que fue retroactivo en 2015 a 2009 (el propietario dijo entonces, él necesita un nuevo contrato retroactivo debido a la Hacienada porque porque él tenía una auditoría fiscal) con otro contrato de arrendamiento por un año y renovación por 6 meses cada uno.
Sin embargo, el hecho es que vivo en esta casa por casi 10 años. Ahora debería venderse y no sé cuándo el nuevo propietario puede cancelarnos y cuáles son las condiciones.
He leído que un período de alquiler de menos de un año o durante un año no es válido en absoluto, pero el período de alquiler es de 5 años con renovación y luego de un año cada uno. Si el propietario no cancela, ¿la renovación es automática?
Por el momento, veo que si nosotros, el propietario o el nuevo comprador, no anunciamos hasta el 31.01.2018, ¿podemos quedarnos un año más?