Si le habeis hecho un contrato por obra y servicio determinado, y le habeis puesto una fecha de finalización, debeis tener en cuenta que en este tipo de contrato, la fecha es simplemente orientativa. Si la obra o servicio que especificasteis en el contrato, que es la que lo justifica, no ha terminado, yo le dejaría hasta que terminara, sin tener en cuenta la fecha de finalización. SALUDOS.
Un trabajador se le ha contratado del 1/7/2010 al 30/9/2010 por obras y servicios de duracion detrminada para este periodo, es necesario advertirle 15 dias antes de que va a terminar contrato? además la obra y servicio duraba hasta el 31/12/2010 para la cual se le iba a hacer un contrato desde el 1/10/2010 hasta el 31/12/2010 pero por si inaptitud para el puesto hemo decidido que no, ¿i demanda hay que abonarle los tres meses que no ha trabajado?ya que la obra y servicio dura hasta Diciembre? gracias