Si me cambio de empresa y si no supero el periodo de prueba y la empresa pone fin a mi contrato, tengo derecho a cobrar el paro (sabiendo que anteriormente he cotizado durante 4 años, tiempo que estuve trabajando) gracias
Si no superas el periodo de prueba dur ante tres meses como minimo o Si te cambias de empresa antes de los tres meses, no tendrás derecho a cobrar el paro. Por resolución de la relación laboral, durante el período de prueba, a instancia del empresario, siempre que la extinción de la relación laboral anterior se hubiera debido a alguno de los supuestos contemplados en este apartado, o haya transcurrido un plazo de tres meses desde dicha extinción.
Te voy a poner en cristiano lo que dice antonio1. Había mucho listo por ahí, que cansado de trabajar, se daba de baja voluntaria en una empresa y luego de alta en otra (esta última de un amiguete o familiar). En esta última no superaba el periodo de prueba (con lo que no hay líos de indemnización ni preaviso ni gaitas) y ¡hala! a cobrar el paro. En el Inem (o como se llame ahora) no son tontos y en la actualidad, a todo el que le pase algo parecido, aunque la segunda empresa no sea de ningún amiguete y se hayan ido pensando de verdad en mejorar laboralmente, ya presuponen fraude, con lo cual, deniegan la prestación si no han pasado, como mínimo, tres meses. Es lo que pasa por pasarse de listo, que ahora están pagando algunos (no muchos) justos por pecadores.
Efectivamente, es así. Al final seguro que pagan jusos por pecadores, pero es lo que hay.
Antonio, lo digo una vez más, esa costumbre tuya del "copia y pega" indiscriminado no acustumbra a llevar a ninguna parte. Es más, puede confundir, además de la perdida de tiempo que supone para algunos el leer toda la parrafada para ver que poco o nada tiene que ver.
Mosca cojonera, lo has querido poner tan cristiano, tan cristiano, que das lugar a confusiones. El articulo contempla:siempre que la extincion de la relación anterior sea debida algunos de los supuestos contemplados en este apartado, o hayan transcurrido tres meses desde dicha extinción. Donde pone, "en esta ultima no supera el periodo de prueba" Debería poner, "en esta ultima si supera el periodo de prueba o tres meses contratado. Saludos
Antonio, de verdad que mis sospechas que de puedas ser un troll se están de nuevo avivando.
MoscaCojonera ha puesto perfectamente "en cristiano" lo que tú has querido decir, por un lado con la curiosa afimarción "Si no superas el periodo de prueba dur ante tres meses como minimo o Si te cambias de empresa antes de los tres meses, no tendrás derecho a cobrar el paro" (¿mandeee?) y luego e,l copia y pega sin más explicaciones de un fragmento del art. 208.1 de la LGSS.
Y que luego seas tú el que digas que son los otros que generan confusiones...