Buenas tardes y muchas gracias. Me gustaria consultar una duda. El convenio colectivo establece como periodo minimo de solicitud de excedencia voluntaria 2 años y segun la reciente modificacion del estatuto del trabajador el minimo son cuatro meses. ¿Puedo entender como condicion mas beneficiosa para el trabajador la concesion a de excedenci voluntaria por 1 año, o debo respetar el minimo del convenio colectivo?