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Perito en oposicion cambiaria

5 Comentarios
 
07/03/2009 12:19
Vamos a ver:

Hay que actuar con rigor, hasta cierto punto. Si se presenta el informe, es de cajón que el juez aceptará la ratificación en la vista y además el mismo perito y su parte, se arriesgan a ser interrogados por la otra parte, cosa que (el asumir el riesgo)aclara el pleito y da contundencia al informe. Muchas veces por cuestiones de tiempo, sólo se miran las conclusiones y poco más. Es la norma, los juzgados están hata la bandera de casos.

La eficacia del informe depende en mucho grado de la habilidad del perito, de su pericia para responder, de su cualificación y disposición a ser interrogado. Muchas veces yendo como testigo, se ha conseguido tanto o más que actuando a disposición del ministerio fiscal, por poner un ejemplo que no sea el ir de parte, eso depende del perito y del caso. Hay casos muy claros, otros son muy liosos y depende del criterio de SS.

Pero no es tan fácil como que para evitar cualquier problema, depende de cada caso y de la astucia del abogado, actuar por sorpresa ha abatido a muy buenos abogados...
07/03/2009 10:46
Entonces convienes conmigo que para evitar cualquier problema, la parte que ha presentado el informe debió anunciar cuando lo presentó su intención de que el perito compareciese en el juicio porque, se arriesga a que se rechaze que el perito ratifique el informe. Lo que ocurre, en este caso, es que el informe se aportó sin firmar ni tampoco contiene juramento o promesa. Por ello, como son circunstancias entiendo que subsanables, si no se permite la presencia del testigo porque no se pidió no se podría subsanar con lo cual la eficacía del informe decae pasando a ser un simple documento privado, susceptible de ser impugnado. Gracias por tus opiniones.
06/03/2009 22:06
el juez puede rechazarlo, pero si el abogado es hábil, no suele haber problema
06/03/2009 11:47
Si claro que puede pedirla pero, ¿el juez puede rechazarla porque no lo ha pedido conforme al 337.2 de la LEC?
06/03/2009 03:33
Si, si ha aportado informe puede pedirlo a s s en la propia vista
Perito en oposicion cambiaria
05/03/2009 20:24
Buenas tardes: En una oposición cambiaria se ha presentado por el demandado un informe pericial pero no se ha solicitado por el demandado que el perito acuda al acto de la vista. ¿Puede o no puede acudir el perito al juicio llevado por la parte que ha aportado el informe si no lo ha pedido en la propia oposición? De acuerdo con el art. 337.2 parece que no. ¿qué opinan?
Perito en oposicion cambiaria | PorticoLegal
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5 Comentarios
 
07/03/2009 12:19
Vamos a ver:

Hay que actuar con rigor, hasta cierto punto. Si se presenta el informe, es de cajón que el juez aceptará la ratificación en la vista y además el mismo perito y su parte, se arriesgan a ser interrogados por la otra parte, cosa que (el asumir el riesgo)aclara el pleito y da contundencia al informe. Muchas veces por cuestiones de tiempo, sólo se miran las conclusiones y poco más. Es la norma, los juzgados están hata la bandera de casos.

La eficacia del informe depende en mucho grado de la habilidad del perito, de su pericia para responder, de su cualificación y disposición a ser interrogado. Muchas veces yendo como testigo, se ha conseguido tanto o más que actuando a disposición del ministerio fiscal, por poner un ejemplo que no sea el ir de parte, eso depende del perito y del caso. Hay casos muy claros, otros son muy liosos y depende del criterio de SS.

Pero no es tan fácil como que para evitar cualquier problema, depende de cada caso y de la astucia del abogado, actuar por sorpresa ha abatido a muy buenos abogados...
07/03/2009 10:46
Entonces convienes conmigo que para evitar cualquier problema, la parte que ha presentado el informe debió anunciar cuando lo presentó su intención de que el perito compareciese en el juicio porque, se arriesga a que se rechaze que el perito ratifique el informe. Lo que ocurre, en este caso, es que el informe se aportó sin firmar ni tampoco contiene juramento o promesa. Por ello, como son circunstancias entiendo que subsanables, si no se permite la presencia del testigo porque no se pidió no se podría subsanar con lo cual la eficacía del informe decae pasando a ser un simple documento privado, susceptible de ser impugnado. Gracias por tus opiniones.
06/03/2009 22:06
el juez puede rechazarlo, pero si el abogado es hábil, no suele haber problema
06/03/2009 11:47
Si claro que puede pedirla pero, ¿el juez puede rechazarla porque no lo ha pedido conforme al 337.2 de la LEC?
06/03/2009 03:33
Si, si ha aportado informe puede pedirlo a s s en la propia vista
Perito en oposicion cambiaria
05/03/2009 20:24
Buenas tardes: En una oposición cambiaria se ha presentado por el demandado un informe pericial pero no se ha solicitado por el demandado que el perito acuda al acto de la vista. ¿Puede o no puede acudir el perito al juicio llevado por la parte que ha aportado el informe si no lo ha pedido en la propia oposición? De acuerdo con el art. 337.2 parece que no. ¿qué opinan?