Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Permiso de residencia de larga duración en otro estado UE

5 Comentarios
 
Permiso de residencia de larga duración en otro estado ue
04/04/2014 11:40
Hola, mi consulta es si el hecho de que un ciudadano extranjero (brasileño) posea permiso de residencia de larga duración en otro país de la UE (Italia), le da la posibilidad de tramitar algún permiso de residencia aquí en España.
Saludos.
08/04/2014 18:38
Hola.

Por supuesto que es posible. Tiene dos opciones:

1.- Ejercer el derecho de residencia en España y solicitar que España le reconozca como segundo Estado el estatuto de residente de larga duración-UE ya reconocido por Italia. Esto implica la pérdida del estatuto de residente de larga duración-UE en Italia. Así lo establece tanto la Directiva 109/2003/CE sobre el estatuto de nacionales de terceros países residentes de larga duración, transpuesta al ordenamiento jurídico español.

2.- Solicitar una autorización de residencia temporal en España, conservando el derecho de residencia de larga duración-UE en Italia (art. 32.3 de la Ley de Extranjería).

Dependiendo del interés de la persona se puede intentar una vía u otra.

Un cordial saludo.
08/04/2014 20:39
Todos los días se aprende algo.
Es un caso que no se me había dado todavía, aunque con el poco tiempo que llevo ejerciendo, esto me pasará muy a menudo. Voy a estudiar la ley al respecto.
¿sabe usted que modelo de solicitud habría que presentar y documentación para cada opción?
Muchas gracias y saludos.
21/04/2014 10:26
Hola de nuevo.
Estuve la semana pasada en la oficina de la subdelegación, y hablé tanto con información como con el funcionario de comunitarios.
Me dijo que tenía que pedir una tarjeta de comunitario nueva aquí en España, que el permiso de residencia de Italia no le valía, a no ser que pidiera un permiso de larga duración UE en Italia. Es eso cierto?? Gracias y saludos.
21/04/2014 10:59
Tal y como usted dice, la posibilidad la da el art 32.3 LO 4/2000:

3. Los extranjeros residentes de larga duración en otro Estado miembro de la Unión Europea podrán solicitar por sí mismos y obtener una autorización de residencia de larga duración en España cuando vayan a desarrollar una actividad por cuenta propia o ajena, o por otros fines, en las condiciones que se establezcan reglamentariamente. No obstante, en el supuesto de que los extranjeros residentes de larga duración en otro estado miembro de la Unión Europea deseen conservar el estatuto de residente de larga duración adquirido en el primer estado miembro, podrán solicitar y obtener una autorización de residencia temporal en España.




El problema es que en la subdelegación me dicen que no, que tendría que tramitar una tarjeta de comunitario inicial...
¿qué puedo hacer en este caso?
05/05/2014 15:08
Una subidita, a ver si aclaramos el asunto. Saludos a todos.
Permiso de residencia de larga duración en otro estado UE | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Permiso de residencia de larga duración en otro estado UE

5 Comentarios
 
Permiso de residencia de larga duración en otro estado ue
04/04/2014 11:40
Hola, mi consulta es si el hecho de que un ciudadano extranjero (brasileño) posea permiso de residencia de larga duración en otro país de la UE (Italia), le da la posibilidad de tramitar algún permiso de residencia aquí en España.
Saludos.
08/04/2014 18:38
Hola.

Por supuesto que es posible. Tiene dos opciones:

1.- Ejercer el derecho de residencia en España y solicitar que España le reconozca como segundo Estado el estatuto de residente de larga duración-UE ya reconocido por Italia. Esto implica la pérdida del estatuto de residente de larga duración-UE en Italia. Así lo establece tanto la Directiva 109/2003/CE sobre el estatuto de nacionales de terceros países residentes de larga duración, transpuesta al ordenamiento jurídico español.

2.- Solicitar una autorización de residencia temporal en España, conservando el derecho de residencia de larga duración-UE en Italia (art. 32.3 de la Ley de Extranjería).

Dependiendo del interés de la persona se puede intentar una vía u otra.

Un cordial saludo.
08/04/2014 20:39
Todos los días se aprende algo.
Es un caso que no se me había dado todavía, aunque con el poco tiempo que llevo ejerciendo, esto me pasará muy a menudo. Voy a estudiar la ley al respecto.
¿sabe usted que modelo de solicitud habría que presentar y documentación para cada opción?
Muchas gracias y saludos.
21/04/2014 10:26
Hola de nuevo.
Estuve la semana pasada en la oficina de la subdelegación, y hablé tanto con información como con el funcionario de comunitarios.
Me dijo que tenía que pedir una tarjeta de comunitario nueva aquí en España, que el permiso de residencia de Italia no le valía, a no ser que pidiera un permiso de larga duración UE en Italia. Es eso cierto?? Gracias y saludos.
21/04/2014 10:59
Tal y como usted dice, la posibilidad la da el art 32.3 LO 4/2000:

3. Los extranjeros residentes de larga duración en otro Estado miembro de la Unión Europea podrán solicitar por sí mismos y obtener una autorización de residencia de larga duración en España cuando vayan a desarrollar una actividad por cuenta propia o ajena, o por otros fines, en las condiciones que se establezcan reglamentariamente. No obstante, en el supuesto de que los extranjeros residentes de larga duración en otro estado miembro de la Unión Europea deseen conservar el estatuto de residente de larga duración adquirido en el primer estado miembro, podrán solicitar y obtener una autorización de residencia temporal en España.




El problema es que en la subdelegación me dicen que no, que tendría que tramitar una tarjeta de comunitario inicial...
¿qué puedo hacer en este caso?
05/05/2014 15:08
Una subidita, a ver si aclaramos el asunto. Saludos a todos.