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permiso de residencia

5 Comentarios
 
Permiso de residencia
20/05/2009 17:37
Hola y gracias por su atencion, mi nombre es Eduardo y soy mexicano, actualmente vivo con mi pareja que es Española, estoy empadronado en su domicilio, somos ya pareja de hecho en la comunidad de madrid,cuento tambien con los certificados de solteria, registro en mi consulado y el que da informacion de los edictos respectivos de mi pais, solo que no se donde poner la apostilla a mi partida de nacimiento aqui en España.
Mi Pareja esta apoyandome en todo lo que ella puede pero nos han informado hoy que para poder laborar , despues de Casarnos debo ESPERAR 1 Año para pedir permiso de trabajo y nacionalidad, no quiero dejar toda la responsabilidad a mi Mujer, hemos hecho todas las cosas como la Ley las Marca y no e laborado de Manera Ilegal aqui.

Que podemos hacer? Como puedo trabajar ? Es verdad que Casandome puedo pedir Permiso de Residencia Humanitaria? Puedo ingresar al Ejercito o Armada Española?

Disculpenme porfavor estamos muy desesperados y creo he abusado escribiendo mucho, porfavor ruego un consejo .
20/05/2009 17:43
Una vez casados podrás trabajar desde el momento en que solicites tu permiso. La información que te han dado no es correcta,

Un saludo.
20/05/2009 19:16
Gracias Señorita Ana pero acudimos al Juzgado Civil de Humanes de Madrid, y ahi nos canalizaron con el Abogado que da orientacion a Migrantes, el mismo fue quien nos dijo yo no podria trabajar hasta despues de 1 año. Que debo hacer despues de que nos casemos? a donde debo acudir para solicitar mi permiso?
20/05/2009 19:44
hola, pues ese abogado no tiene idea de nada tu no estaras reagrupado por ninguna extranjera al casarte con una española tienes la tarjeta comunitaria y con ella puedes trabajar desde el momento q te la entreguen, todos tus documentos tendran q estar con todos los sellos de tu pais una vez casados con la partida de matrimonio el dni de tu mujer y el empadronamiento de convivencia puedes solicitar la tarjeta comunitaria en extranjeria de tu provincia, es extranjeria quien te da la informacion y no asi el juzgado
25/05/2009 21:45
De acuerdo con sixtina, después de casarte, debes solicitar la Tarjeta de Familiar de Residente Comunitario, que se entrega con relativa rapidez, y con ella, puedes trabajar sin ningún problema.
28/05/2009 16:55
Muchisimas gracias por sus consejos.

Lo agradezco de corazon.