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permiso de trabajo

1 Comentarios
 
Permiso de trabajo
04/05/2010 00:21
A la fecha de hoy mi pareja esta pasando por un problema con respecto a su permiso de trabajo, dicho permiso se obtuvo a travez de la vía de extranjeras victimas de violencia de genero, logrando así, la autorización de permiso de trabajo temporal. Con fecha 30/09/2009 nos llegó un oficio de la subdelegación indicandonos que como consecuencia de la modificación legislativa ( 04 /2000) del 11 de enero, modificada (02/2009) del 11 de diciembre. sobre derechos y libertades e extrangeros en españa y su integración social, establece en su articulo 31 bis, se le otorga efectos de AUTORIZACION PARA TRABAJAR POR CUENTA AJENA Y PROPIA, pero resulta que para la tesorería de la seguridad social, mi pareja no puede trabajar, ¿ alguien tiene conocimiento de, cual es el procedimiento a realizar despues de habernos llegado dicho documento, les agradecería de antemano, por si lo redacté de una manera muy compleja, lo podre explicar de otra manera, gracias
04/05/2010 12:14
Lo más fácil será que acudas a la oficina de extranjeros y allí te expliquen si tiene que hacer algún trámite para poder trabajar.

un saludo.
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Permiso de trabajo
04/05/2010 00:21
A la fecha de hoy mi pareja esta pasando por un problema con respecto a su permiso de trabajo, dicho permiso se obtuvo a travez de la vía de extranjeras victimas de violencia de genero, logrando así, la autorización de permiso de trabajo temporal. Con fecha 30/09/2009 nos llegó un oficio de la subdelegación indicandonos que como consecuencia de la modificación legislativa ( 04 /2000) del 11 de enero, modificada (02/2009) del 11 de diciembre. sobre derechos y libertades e extrangeros en españa y su integración social, establece en su articulo 31 bis, se le otorga efectos de AUTORIZACION PARA TRABAJAR POR CUENTA AJENA Y PROPIA, pero resulta que para la tesorería de la seguridad social, mi pareja no puede trabajar, ¿ alguien tiene conocimiento de, cual es el procedimiento a realizar despues de habernos llegado dicho documento, les agradecería de antemano, por si lo redacté de una manera muy compleja, lo podre explicar de otra manera, gracias
04/05/2010 12:14
Lo más fácil será que acudas a la oficina de extranjeros y allí te expliquen si tiene que hacer algún trámite para poder trabajar.

un saludo.